El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) formalizó la derogación de diez directivas emitidas por el OSCE entre 2019 y 2023, vinculadas a bases estándar, procedimientos de selección y adjudicación en las compras públicas.
La decisión responde a que dichas normas fueron aprobadas bajo marcos legales y regímenes especiales ya superados o con vigencia temporal, tras la entrada en vigor de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. No obstante, se precisó que los procedimientos convocados antes de la vigencia de esta ley continuarán rigiéndose por la normativa aplicable al momento de su convocatoria.
Formalizan derogación de Directivas de la OSCE sobre bases de procedimientos de selección y de adjudicación
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° D000028-2026-OECE-PRE
Jesús María, 5 de febrero del 2026
VISTOS:
El Informe N° D000082-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; el Informe N° D000288-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; el Memorando N° D001175-2025-OECE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; los Informes N° D000002-2026-OECE-OAJ y N° D000055-2026-OECE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 01-2026/OECE-CD del Consejo Directivo del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE); el Memorando N° D000120-2026-OECE-GG, y;
CONSIDERANDO:
Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica y financiera;
Que, el literal b) del artículo 10 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OECE, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000090-2025-OECE-PRE, establece dentro de las funciones y atribuciones del Consejo Directivo, la de aprobar las directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública;
Que, el literal o) del artículo 12 del Texto Integrado Actualizado del ROF del OECE, establece como una de las funciones de la Presidencia Ejecutiva la de proponer al Consejo Directivo los proyectos de directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación públicas;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86 y el literal c) del artículo 87 del Texto Integrado Actualizado del ROF del OECE, la Dirección Técnico Normativa es el órgano de línea, encargado de promover la generación de directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública, absolver consultas sobre el sentido o alcance de la normativa vigente; y, tiene entre sus funciones, el evaluar y proponer directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública, respectivamente;
Que, en mérito al Acuerdo N° 004-002-2019/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 002-2019/OSCE-CD – Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2019 del Consejo Directivo del Órgano Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), se formaliza con Resolución N° 013-2019-OSCE/PRE la aprobación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley N° 30225”;
Que, mediante Resolución N° 057-2019-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 001-003-2019/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 003-2019/OSCE-CD – Sesión Ordinaria, de fecha 28 de marzo de 2019 del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° 098-2019-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 003-005-2019/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 005-2019/OSCE-CD – Sesión Ordinaria de fecha 24 de mayo de 2019, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° 111-2019-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 001-006-2019/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 006-2019/OSCE-CD – Sesión Ordinaria de fecha 10 de junio de 2019, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° 185-2019-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 003-009-2019/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 009-2019/OSCE-CD – Sesión Ordinaria de fecha 18 de octubre de 2019, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° 235-2019-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 001-010-2019/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 010-2019/OSCE-CD – Sesión Ordinaria de fecha 27 de diciembre de 2019, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° 092-2020-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 001-009-2020/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 009-2020/OSCE-CD, el Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° 120-2020-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 001-012-2020/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 012-2020/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° 100-2021-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 001-008-2021/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 008-2021/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° 137-2021-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 001-009-2021/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 009-2021/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 193-2021-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 002-0011- 2021/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 011-2021/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° D000004-2022-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 003-001- 2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 001-2022/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° D000086-2022-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 001-004- 2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 004-2022/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° D000112-2022-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 001-007- 2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 007-2022/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° D000210-2022-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 001-011- 2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 011-2022/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, en mérito al Acuerdo N° 001-007-2020/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 007-2020/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con la Resolución N° 079-2020-OSCE-PRE la aprobación de la Directiva N° 007-2020-OSCE/CD “Bases Estándar para el procedimiento especial de selección a convocar en el marco del Decreto de Urgencia N° 070-2020”;
Que, mediante Resolución N° 093-2020-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 007-2020-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 002-009-2020/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 009-2020/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, en mérito al Acuerdo N° 001-013-2020/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 013-2020/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con Resolución N° 148-2020-OSCE/PRE la aprobación de la Directiva N° 010-2020-OSCE/CD “Bases y solicitud de expresión de interés estándar electrónicas para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley N° 30225”;
Que, mediante Resolución N° 045-2021-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 010-2020-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 001-004-2021/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 004-2021/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE;
Que, mediante Resolución N° 101-2021-OSCE/PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 010-2020-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 002-008-2021/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 008-2021/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, en mérito al Acuerdo N° 001-010-2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 010-2022/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con Resolución N° D000204-2022-OSCE-PRE la aprobación de la Directiva N° 002-2022-OSCE/CD, Bases Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley N° 31579, Ley que dicta medidas para gestionar las inversiones y otras actividades en el marco de la preparación y desarrollo de la “Copa Mundial de Fútbol Sub-17 – Perú 2023”;
Que, mediante Resolución N° D000211-2022-OSCE-PRE se formaliza la aprobación de la modificación de la Directiva N° 002-2022-OSCE/CD, en mérito al Acuerdo N° 002-011-2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 011-2022/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE;
Que, en mérito al Acuerdo N° 003-011-2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 011-2022/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con la Resolución N° D000212-2022-OSCE-PRE la aprobación de la Directiva N° 003-2022-OSCE/CD, “Bases Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Directiva N° 0001-2022-EF/63.01 – Directiva para la selección, desarrollo y acompañamiento de proyectos piloto utilizando BIM”;
Que, en mérito al Acuerdo N° 001-004-2023-OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 004-2023/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con la Resolución N° D000103-2023-OSCE-PRE la aprobación de la Directiva N° 001-2023-OSCE/CD, “Bases Estándar de Adjudicación Simplificada para la contratación de ejecución de obras a convocar en el marco de la Ley N° 31728 – Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y dicta otras medidas”;
Que, en mérito al Acuerdo N° 001-006-2023-OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 006-2023/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con la Resolución N° D000132-2023-OSCE-PRE la aprobación de la Directiva N° 002-2023-OSCE/CD, Bases estándar de adjudicación simplificada a convocar en el marco del Decreto de Urgencia N° 012-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la compra centralizada de equipamiento biomédico para el fortalecimiento del primer nivel de atención, así como para la capacidad diagnostica del cáncer y su tratamiento;
Que, en mérito al Acuerdo N° 001-007-2023-OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 007-2023/OSCE-CD, del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con la Resolución N° D000188-2023-OSCE-PRE la aprobación de la Directiva N° 003-2023-OSCE/CD, Bases estándar de adjudicación simplificada a convocar en el marco del Decreto de Urgencia N° 032-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de contrataciones del Estado para la ejecución de acciones de prevención debido al peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023 – 2024) y otros eventos asociados a la posible ocurrencia del Fenómeno El Niño;
Que, en mérito al Acuerdo N° 001-009-2023-OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 009-2023/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE se formaliza con la Resolución N° D000216-2023-OSCE-PRE la aprobación de la Directiva N° 004-2023-OSCE/CD – Bases Estándar de Adjudicación Simplificada a convocar en el marco del Decreto Legislativo N° 1577, Decreto Legislativo que dicta medidas para gestionar las inversiones y otras actividades en el marco de la preparación y desarrollo de los “Juegos Bolivarianos del Bicentenario 2024”;
Que, en mérito al Acuerdo N° 001-010-2023-OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 010-2023/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE se formaliza con la Resolución N° D000223-2023-OSCE-PRE la aprobación de la Directiva N° 005-2023-OSCE/CD-Bases Estándar de Adjudicación Simplificada a convocar en el marco del Decreto de Urgencia N° 034-2023, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias, en materia económica y financiera para fortalecer e implementar las unidades de flagrancia delictiva y dicta otras medidas;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 8.1.14 de la Directiva N° 003-2025-OECE/GG, Directiva para la Gestión de Documentos Normativos Institucionales, aprobada por Resolución de Gerencia General N° D000053-2025-OECE-GG, puede proponerse la derogación de documentos normativos institucionales de alcance interno, entre otros criterios, cuando el documento normativo contiene disposiciones que han sido superadas por nuevas normas o lineamientos vigentes;
Que, mediante Informe N° D000082-2025-OECE-DTN, la Dirección Técnico Normativa sustenta la propuesta de la derogación de las Directivas N° 001-2019-OSCE/CD, N° 007-2020-OSCE/CD, N° 010-2020-OSCE/CD, N° 002-2022-OSCE/CD, N° 003-2022-OSCE/CD, N° 001-2023-OSCE/CD, N° 002-2023-OSCE/CD, N° 003-2023- OSCE/CD, N° 004-2023-OSCE/CD y N° 005-2023-OSCE/CD, lo cual incluye sus respectivas modificaciones; informando que las directivas antes mencionadas fueron emitidas en el marco de la anterior normativa de contrataciones del Estado, así como la temporalidad de la vigencia y aplicación de las normas especiales, las cuales establecieron que dichas directivas eran de aplicación exclusiva para el contexto previsto en estas, por lo que recomienda la derogación expresa de las referidas directivas; sin perjuicio de lo cual refiere que la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32069 establece que los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la referida Ley se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria, por lo que la normativa de contrataciones públicas dispone que, aquellos procedimientos de selección que han sido convocados antes de la entrada en vigencia de la citada Ley, continúan rigiéndose por las normas vigentes al momento de su convocatoria, permitiéndose así, la aplicación ultractiva de la anterior normativa de contrataciones del Estado;
Que, mediante Memorando N° D001175-2025-OECE-OPPM, que adjunta el Informe N° D000288-2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización sustenta y emite opinión técnica favorable para la derogación de las Directivas N° 001-2019-OSCE/CD, N° 007-2020-OSCE/CD, N° 010-2020-OSCE/CD, N° 002-2022-OSCE/CD, N° 003-2022-OSCE/CD, N° 001-2023-OSCE/CD, N° 002-2023-OSCE/CD, N° 003-2023-OSCE/CD, N° 004-2023-OSCE/CD y N° 005-2023-OSCE/CD; incluyendo sus modificatorias; señalando que las Directivas precitadas carecen de sustento normativo para mantenerse vigente, por cuanto su marco habilitante ha sido derogado o estuvieron previstas dentro del plazo establecido en la norma habilitante, según el caso;
Que, mediante los Informe N° D000002-2026-OECE-OAJ y N° D000055-2026-OECE-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala, respectivamente, que es legalmente viable continuar con el trámite para la derogación de las Directivas N° 001-2019-OSCE/CD, N° 007-2020-OSCE/CD, N° 010-2020-OSCE/CD, N° 002-2022-OSCE/CD, N° 003-2022-OSCE/CD, N° 001-2023-OSCE/CD, N° 002-2023-OSCE/CD, N° 003-2023-OSCE/CD, N° 004-2023-OSCE/CD y N° 005-2023-OSCE/CD, incluida sus respectivas modificaciones, por cuanto las mismas se emitieron en el marco de una normativa de contrataciones públicas que no se encuentra vigente a la fecha. Asimismo, señala que es legalmente viable continuar con el trámite para formalizar, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva de la derogación de las Directivas citadas, incluida sus respectivas modificaciones, de conformidad con lo acordado por el Consejo Directivo;
Que, en la Sesión de Consejo Directivo N° 01-2026/OECE-CD, el Consejo Directivo del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) acordó, por unanimidad, aprobar la derogación de las Directivas N° 001-2019-OSCE/CD, N° 007-2020-OSCE/CD, N° 010-2020-OSCE/CD, N° 002-2022-OSCE/CD, N° 003-2022-OSCE/CD, N° 001-2023-OSCE/CD, N° 002-2023-OSCE/CD, N° 003-2023-OSCE/CD, N° 004-2023-OSCE/CD y N° 005-2023-OSCE/CD, incluida sus respectivas modificaciones; sin perjuicio de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32069 que dispone que los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la referida Ley se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria; así como, disponer la formalización de la derogación a través de la Presidencia Ejecutiva;
Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo;
Con las visaciones de la directora de la Dirección Técnico Normativa; del jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica; de la Gerenta General, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF; la Resolución de Gerencia General N° D000053-2025-OECE-GG, que aprueba la Directiva N° 003-2025-OECE-GG Directiva para la Gestión de Documentos Normativos Institucionales; y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000090-2025-OECE-PRE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley N° 30225”, cuya aprobación fue formalizada conforme a la Resolución N° 013-2019-OSCE/PRE, incluyendo sus modificatorias formalizadas por Resolución N° 057-2019-OSCE/PRE, Resolución N° 098-2019-OSCE/PRE, Resolución N° 111-2019-OSCE/PRE, Resolución N° 185-2019-OSCE/PRE, Resolución N° 235-2019-OSCE/PRE, Resolución N° 092-2020-OSCE/PRE, Resolución N° 120-2020-OSCE/PRE, Resolución N° 100-2021-OSCE/PRE, Resolución N° 137-2021-OSCE/PRE, Resolución N° 193-2021-OSCE/PRE, Resolución N° D000004-2022-OSCE/PRE, Resolución N° D000086-2022-OSCE/PRE, Resolución N° D000112-2022-OSCE/PRE y Resolución N° D000210-2022-OSCE/PRE.
Artículo 2.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 007-2020-OSCE/CD “Bases Estándar para el procedimiento especial de selección a convocar en el marco del Decreto de Urgencia N° 070-2020”, cuya aprobación fue formalizada con Resolución N° 079-2020-OSCE-PRE, incluyendo su modificatoria formalizada por Resolución N° 093-2020-OSCE/PRE.
Artículo 3.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 010-2020-OSCE/CD “Bases y solicitud de expresión de interés estándar electrónicas para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley N° 30225”, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución N° 148-2020-OSCE/PRE incluyendo sus modificatorias formalizas por Resolución N° 045-2021-OSCE/PRE y Resolución N° 101-2021-OSCE/PRE.
Artículo 4.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 002-2022-OSCE/CD, Bases Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley N° 31579, Ley que dicta medidas para gestionar las inversiones y otras actividades en el marco de la preparación y desarrollo de la “Copa Mundial de Fútbol Sub-17 – Perú 2023”, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución N° D000204-2022-OSCE-PRE, incluyendo su modificatoria formalizada por Resolución N° D000211-2022-OSCE-PRE.
Artículo 5.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 003-2022-OSCE/CD, “Bases Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Directiva N° 0001-2022-EF/63.01, Directiva para la selección, desarrollo y acompañamiento de proyectos piloto utilizando BIM”, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución N° D000212-2022-OSCE-PRE.
Artículo 6.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 001-2023-OSCE/CD, “Bases Estándar de Adjudicación Simplificada para la contratación de ejecución de obras a convocar en el marco de la Ley N° 31728 – Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y dicta otras medidas”, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución N° D000103-2023-OSCE-PRE.
Artículo 7.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 002-2023-OSCE/CD, Bases estándar de adjudicación simplificada a convocar en el marco del Decreto de Urgencia N° 012-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la compra centralizada de equipamiento biomédico para el fortalecimiento del primer nivel de atención, así como para la capacidad diagnostica del cáncer y su tratamiento, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución N° D000132-2023-OSCE-PRE.
Artículo 8.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 003-2023-OSCE/CD, Bases estándar de adjudicación simplificada a convocar en el marco del Decreto de Urgencia N° 032-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de contrataciones del Estado para la ejecución de acciones de prevención debido al peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023 – 2024) y otros eventos asociados a la posible ocurrencia del Fenómeno El Niño, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución N° D000188-2023-OSCE-PRE.
Artículo 9.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 004-2023-OSCE/CD – Bases Estándar de Adjudicación Simplificada a convocar en el marco del Decreto Legislativo N° 1577, Decreto Legislativo que dicta medidas para gestionar las inversiones y otras actividades en el marco de la preparación y desarrollo de los “Juegos Bolivarianos del Bicentenario 2024”, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución N° D000216-2023-OSCE-PRE.
Artículo 10.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 005-2023-OSCE/CD-Bases Estándar de Adjudicación Simplificada a convocar en el marco del Decreto de Urgencia N° 034-2023, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias, en materia económica y financiera para fortalecer e implementar las unidades de flagrancia delictiva y dicta otras medidas, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución N° D000223-2023-OSCE-PRE.
Artículo 11.- Precisar que, de conformidad con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32069, los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la referida Ley se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria.
Artículo 12.- Poner en conocimiento de la presente Resolución a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y a la Dirección Técnico Normativa para los fines correspondientes.
Artículo 13.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) (www.gob.pe/oece), y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KARLA ROMERO SANCHEZ
Presidenta Ejecutiva




![Trata de personas: No solo se sanciona la conducta que induce o coloca a la víctima en situación de ser explotado, sino también, cuando se despliegan actos destinados a sostener dicha situación [Casación 1414-2022, Madre de Dios, ff. jj. 3, 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/12/trata-de-personas-2-218x150.png)
![Dina Boluarte: Trabajadores de confianza pueden tener un periodo de prueba más extenso y no tienen derecho a indemnización vacacional [Casación 37905-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/RENIEC-DINA-BOLUARTE-LPDerecho-218x150.jpg)
![La prueba trasladada no recae sobre actos de investigación —diligencias para descubrir los hechos y obtener elementos de convicción—, sino sobre actos de prueba —medios actuados en juicio como resultado de la actividad probatoria—[Apelación 102-2025, Corte Suprema, ff. jj. 14-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque hubo retardo en la firma de la sentencia, si hubo deliberación tras el cierre del debate y adelanto de fallo con participación del juez que faltó firmar, no hay indefensión [Apelación 305-2024, Huancavelica, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Para acreditar la simulación absoluta no basta afirmar que las concesiones recíprocas de los simuladores son irrazonables al compensar una deuda tan alta con un monto menor, sin ningún medio probatorio (contradocumento) u otros hechos o elementos que valorados de forma conjunta y razonada lleguen a generar convicción [Casación 4958-2021, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Igualdad salarial: Defensor público «antiguo» que ganaba S/5000 logra homologación de su sueldo a S/7000 que gana defensora pública «nueva» [Exp. 00002-2025-0-2201-JR-LA-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Suprema confirma constitucionalidad de norma que prohíbe la extracción de mayor escala de recursos hidrobiológicos (pesca), ya sea marina o continental, en toda la extensión de las áreas naturales protegidas [Acción Popular 19816-2024, Lima, ff. jj. 4.9-4.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)


![ANC-PJ: modifican el Reglamento del procedimiento administrativo disciplinario y de las medidas de prevención [RA 000002-2026-JN-ANC-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![OECE: Directiva sobre la ficha única del proveedor (FUP) [Res. D000030-2026-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-218x150.jpg)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![Aprueban perfil del personal de serenazgo [Resolución Ministerial 0166-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/serenazgo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![MTC establece disposiciones excepcionales en el Reglamento de placa única nacional de rodaje [Decreto Supremo 005-2026-MTC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/placas-de-rodaje-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Dina Boluarte: Trabajadores de confianza pueden tener un periodo de prueba más extenso y no tienen derecho a indemnización vacacional [Casación 37905-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/RENIEC-DINA-BOLUARTE-LPDerecho-324x160.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Cesan por límite de edad a jueza suprema Mariem Vicky De La Rosa Bedriñana [RA 000016-2026-P-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Mariem-Vicky-de-la-Rosa-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![ANC-PJ: modifican el Reglamento del procedimiento administrativo disciplinario y de las medidas de prevención [RA 000002-2026-JN-ANC-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-2-LPDerecho-100x70.jpg)
![OECE: Directiva sobre la ficha única del proveedor (FUP) [Res. D000030-2026-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Dina Boluarte: Trabajadores de confianza pueden tener un periodo de prueba más extenso y no tienen derecho a indemnización vacacional [Casación 37905-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/RENIEC-DINA-BOLUARTE-LPDerecho-100x70.jpg)

![Descalifican a postulante por usar más de una cámara en evaluación virtual [Resolución 000011-2022-Servir/TSC] Teletrabajo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Teletrabajo-Trabajo-remoto-videollamada-virtual-LP-Derecho-324x160.png)