Modernización del Poder Judicial: el expediente judicial electrónico y el módulo corporativo laboral, por Héctor Enrique Lama More

Artículo publicado en la Revista Especializada en Nueva Ley Procesal del Trabajo, elaborado por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la NLPT, bajo la dirección del juez supremo Héctor Lama More. (N° 1, junio, 2019)

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RESUMEN

La modernización del Poder Judicial se ha hecho presente en el área laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, con la integración de dos elementos importantes: el de la tecnología electrónica, a través del Expediente Judicial Electrónico; y, el uso de la oralidad en el proceso laboral, que ha dado lugar a la instalación del Despacho Judicial del Módulo Corporativo Laboral. Esto se ha logrado gracias al esfuerzo de los funcionarios y trabajadores de las áreas de Informática, Servicios Judiciales, así como de los propios Jueces y auxiliares jurisdiccionales que pusieron su máximo esfuerzo; todo ello con el decidido respaldo institucional del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que está prestando singular atención e impulso a la modernización de este poder del Estado, con la mejora en el diseño y organización de los procesos judiciales y el uso de la tecnología.

ABSTRAC

The modernation of the Judicial Power has been present in the labor area of the Superior Court of Justice of Lima North, with the integration of two important elements: that of electronic technology, through the Electronic Judicial File; and, the use of orality in the labor process, wich has led to the installation of the Judicial Office of the Corporate Labor Module. This has been achieved thanks to the eorts the officials and workers in the areas of Information technology, Judicial Services, as well as the Judges and jurisdictional assistants who put their maximum eort; all this with the determined institutional support of the Executive Council of the Judicial Power of the State, with the improvement in the design and organization of judicial processes and the use of technology.

KEY WORDS:

Modernization, Digital Judicial Expedient, Electronic Judicial Expedient, computer application, corporate laboral module, electronic parts table, technology.

PALABRAS CLAVE:

Modernización, Expediente Judicial Digital, Expediente Judicial Electrónico, aplicativo informático, módulo corporativo laboral, mesa de partes electrónica, tecnología.


INTRODUCCIÓN

La modernización del Poder Judicial, tiene dos escenarios: uno de ellos es el uso la tecnología y el otro es el uso de la oralidad en el proceso judicial; con la oralidad viene también el Despacho Judicial Corporativo. En la CSJ de Lima Norte el expediente judicial ha migrado del Expediente Judicial Digital, al Expediente Judicial Electrónico; con ello se ha instalado en dicha Corte Superior un software mucho más eficiente y amigable, de fácil adecuación a los requerimientos de los usuarios, es decir de los jueces y auxiliares jurisdiccionales. Lima Norte tenía una tecnología que dio origen al Expediente Judicial Digital– EJD, pero esa tecnología, que creó un determinado tipo de expediente judicial, solo era conocida por las empresas y los técnicos que dieron originalmente su servicio para su instalación; el uso de dicha tecnología obligaba al Poder Judicial al pago de una importante suma de dinero, por concepto de licencias, que debía abonarse todos los años.

El aplicativo informático que contaba la CSJ de Lima Norte se inició en el año 2015 y ha funcionado hasta los primeros días del mes de marzo de este año. Tenía ciertas dificultades. Es así que, para atender los requerimientos permanentes que los jueces hacían para un mejor uso del sistema, o para su corrección o atención de las incidencias generadas en el uso del aplicativo, era necesaria la presencia personal de los técnicos que instalaron dicho software; esto representaba un costo signi­cativo pues había que traer a Perú, a dichos profesionales que residían en el extranjero, lo que ocasionaba que tales requerimientos no sean atendidas de modo oportuno, causando incomodidad y molestias a los usuarios.

LA TECNOLOGÍA ELECTRÓNICA EN LOS PROCESOS LABORALES.

El Expediente Judicial Electrónico se inicia en el año 2017 sólo en la Corte de Lima como piloto, para 67 órganos jurisdiccionales en tres especialidades: Comercial, contencioso administrativo en materia tributaria e Indecopi y Laboral.

En laboral viene funcionando al 100% de los órganos jurisdiccionales, es decir, Jueces de Paz Letrado Laborales, Jueces Especializados Laborales y cinco Salas Superiores Laborales, todos ellos incorporados al Expediente Judicial Electrónico desde diciembre del año 2017.

Durante el año 2018, se evidenció que el aplicativo informático creado por los propios funcionarios del Poder Judicial, es decir, por los propios ingenieros electrónicos o informáticos, desarrollares de estos aplicativos, tuvo éxito, es decir funcionó. En consecuencia, desarrolló sus actividades con relativa normalidad y podían atenderse de manera rápida las incidencias o los requerimientos tecnológicos que los jueces tenían en relación a las mejoras que podían darse al aplicativo y a la dinámica misma del proceso judicial.

Como se conoce, ningún producto electrónico o aplicativo informático es perfecto, nada es un producto acabado, cualquier creación del ser humano tiende a su desarrollo; por ello, cuando el Expediente Judicial Electrónico y su aplicativo informático originario del Poder Judicial empezó, tenía algunas dificultades.

Pese a dichas dificultades se cubrieron 200 requerimientos y cerca de 200 incidencias; estas fueron atendidas de inmediato, sin que signifique costo adicional al Poder Judicial. El desarrollo informático ha mejorado el aplicativo informático del PJ, se puede decir que han pulido las aristas que originalmente tenía este software de propiedad del Poder Judicial.

En realidad, la CSJ de Lima Norte ya tenía un expediente electrónico, pero con dificultades operativas, por ello, jueces y autoridades de dicha Corte, requirieron a la Comisión del Expediente Judicial Electrónico, la migración de éste aplicativo al Expediente Judicial Electrónico de la Corte Superior de Justicia de Lima. Se hicieron los estudios legales, económicos, técnicos de eficiencia, operatividad; y, se concluyó que era perfectamente atendible la solicitud, por ende, se puso en conocimiento del Consejo Ejecutivo y éste aprobó la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad laboral (NLPT), mediante la Resolución Administrativa N° 049-2019-CE-PJ.

El 11 de marzo, luego de una intensa labor técnica de los trabajadores de las áreas de Informática, Servicios Judiciales, y de los propios Jueces y trabajadores que pusieron su máximo esfuerzo, se presentó la primera demanda judicial bajo el cauce del Expediente Judicial Electrónico aplicado ahora a Lima Norte.

Entonces, tenemos nosotros un sistema informático, que es un gestor documental del proceso judicial en la vía electrónica, que permite atender a los justiciables con mayor eficiencia, superando las dificultades que se advertía en el software anterior. No podemos afirmar que el software anterior era totalmente equivocado o inservible. Sería un error decir ello. Lo que ­finalmente se verificó fue que para el Poder Judicial no era práctico y porque, además, sus creadores no reaccionaban de modo diligente e inmediato, es decir, y no se proporcionaba respuesta rápida ante cualquier requerimiento o incidencia alcanzada por los jueces; a la vez que le era costoso. Es decir, afectaba al Poder Judicial en economía y en tiempo, la reacción para la corrección de los requerimientos e incidencias del aplicativo, era muy largo y, como se ha indicado, se tenía que ­financiar la presencia del personal técnico.

Por otro lado, superados los errores que se presentaron originalmente en la CSJ de Lima Norte, esta recibió el software del Expediente Judicial Electrónico mejorado y pulido, es decir, se han superado las dificultades que los jueces y trabajadores detectaron en su momento; estas mejoras se evidenciaron el 11 de marzo, fecha de la inauguración del Expediente Judicial Electrónico, al verificarse públicamente el ingreso vía electrónica de la demanda laboral.

Efectivamente, ese día, no solo se presenció el uso efectivo de la Mesa de Partes Electrónica, sino además, el ingreso al EJE de una demanda por la mesa de partes física, la que fue escaneada e indexada en cinco minutos, al cabo del cual se produjo la devolución al justiciable de los cargos de recepción respectivos; acto seguido, una vez incorporada la referida demanda al sistema informático del PJ, se pudo verificar que el Juez de Paz Letrado la recibió y podía trabajarla en su pantalla directamente. Lo ideal es que todas las demandas lleguen al PJ por vía electrónica, pues de ese modo evitaríamos las colas que hoy se presentan en mesa de partes física.

Las o­ficinas del Estudio Jurídico que envió la demanda por vía electrónica, se encuentra ubicado en Surco. Imaginemos el desplazamiento físico del personal de ese Estudio Jurídico desde Surco a la Sede Lima Norte, con el tráfico vehicular en hora punta, el tiempo que se utilizaría sería de hasta dos horas. Asimismo, hay estudios jurídicos que mensualmente presentan entre 100 a 150 demandas de AFPs; lo que podrían hacer en adelante es el envío diario de un numero razonable de demandas (de 6 en 6), por la vía electrónica y con ello se evitarían trasladar personal a las sedes judiciales, evitando la recarga de papeles en el Poder Judicial.

Sin lugar a dudas, se mejora la atención de servicio al justiciable, se le da facilidades, se mejora la labor del juez porque no tiene que buscar entre expedientes físicos, del auxiliar jurisdiccional no tiene que perder el tiempo buscando en el anaquel el expediente porque ya lo tiene en su pantalla. Puede trabajar directamente la demanda o los escritos presentados conforme llegan a su pantalla, o programar su actividad en el día para atender de forma progresiva lo que va llegando a su bandeja virtual.

Entonces se evidencia claramente una mejora apoyada en la tecnología y creo que si es un hito importante en Lima Norte. Como bien indico el presidente de esta corte, el doctor Vicente Amador Pinedo Coa: “[…] Después de la Corte de Lima, Lima Norte es la primera corte en la que se desplaza el Expediente Judicial Electrónico en un área especí­fica, en este caso en el área laboral”. Ese es el escenario de la tecnología como hito de celebración, además de reflexión porque esto también nos trae nuevos retos, no solamente para los jueces y trabajadores, sino también al propio Poder Judicial.

MODELO DE DESPACHO JUDICIAL DEL MÓDULO CORPORATIVO LABORAL

El otro escenario es la modernización en los procesos, lo señalado líneas arriba, está referido al aplicativo que ha sido elaborado en el área laboral, el cual tiene una característica muy importante porque tiene que ver con la modernización, y es que se está aplicando a un proceso con dinámica moderna, que es la oralidad; este sistema procesal trae consigo un tratamiento distinto al proceso judicial, respecto del que se ha tenido anteriormente, el que era predominantemente escrito.

El diseño de la organización de los despachos es diferente, responde precisamente al uso de la oralidad; me refiero al Módulo Corporativo. Su dinámica está a la par con la labor que hace el juez en las audiencias. Entonces, vemos el otro lado, la otra cara de la moneda; la organización del Despacho y las nuevas funciones del personal asignado a estos órganos jurisdiccionales; se observa las personas y sus nuevos roles en la atención del proceso judicial.

La oralidad al igual que la tecnología nos trae transparencia, celeridad, organización de trabajo en equipo, reparto diferenciado de las funciones, se separan las funciones jurisdiccionales de las administrativas, dejamos que el juez se dedique solamente a realizar sus funciones jurisdiccionales, que es aquello para lo cual ha sido nombrado, es decir, atender directamente el proceso judicial, en las mismas audiencias públicas, y a resolver las causas, dando solución de­finitiva a las controversias. El Juez, en este sistema dedica la totalidad de su tiempo atendiendo el proceso judicial: entre que programa las audiencias, se prepara para estar personalmente en ellas y, dicta sentencia, en lo posible en las audiencias, se le va todo el día. No existe razón alguna, en este modelo, para que juez realice labores administrativas; dejemos que un especialista y profesional en Administración o en Sistemas lo haga; por ello el área administrativa que está a cargo de un administrador, ingeniero de sistemas o ingeniero industrial; mientras que el área jurisdiccional, como corresponde, se encuentra a cargo directamente del juez.

Esta dinámica distinta a la tradicional, también es modernidad, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, tiene presencia en esta área laboral y aprovecha al máximo esta tecnología para mejorar la atención de los procesos judiciales; la dinámica del proceso oral, que es un proceso por audiencias, calza casi como un engranaje con la nueva organización del Despacho Judicial, y el uso de la tecnología informática que nos trae el EJE; dicho en otras palabras, la tecnología con el expediente electrónico, oralidad con el módulo corporativo, es la coincidencia casi exacta para que se modernice todo el sistema de justicia, no solamente en la parte del software, en las redes con el internet o en los aplicativos desarrollados tecnológicamente, sino también en las personas que son precisamente quienes van a trabajar con este instrumento.

Sobre ello, merece felicitar a los jueces y trabajadores del Despacho Judicial del Módulo Corporativo Laboral, quienes desarrollan sus actividades de manera conjunta en un sólo ambiente trabajando de manera coordinada y en equipo.

El Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, estará atento a los requerimientos que se presenten para asegurar la buena marcha del Despacho judicial, y apoyará estos próximos meses con de capacitaciones al personal, en gestión del cambio y otras actividades propias de la dinámica del Proceso laboral.

Por otro lado, la presencia del presidente del Poder Judicial, el doctor José Luis Lecaros Cornejo, en la inauguración del evento que incorpora al área laboral de la CSJ de Lima Norte al EJE, es algo digno de resaltar, pues evidencia la importancia institucional que tiene este proyecto para el PJ; se ha puesto a la cabeza de él dando un impulso importante; con este proyecto se hace evidente que la modernización en este poder del estado, también es preocupación de sus más altas autoridades: mejora de los procesos judiciales y el uso de la tecnología; dos elementos que forman parte del nuevo diseño que se está construyendo en el PJ, con miras a una mejor atención a la ciudadanía.

Por ello es que también los jueces y el Consejo Ejecutivo del PJ, estamos pensando llevar la oralidad y el Despacho Judicial Corporativo al proceso civil. Hay todo un proyecto nacional para que se produzca la oralidad en esta área importante del PJ: el proceso civil, y tener los mismos éxitos que se tiene en el proceso laboral; asimismo, al igual que en el proceso laboral, el Expediente Judicial Electrónico (EJE) calzará, en este nuevo enfoque de la justicia civil, con mayor eficiencia que en el proceso escrito. Por todo ello, considero de relevante importancia el rol que el Consejo Ejecutivo y la Presidencia de este poder del Estado, está dando a este nuevo proyecto proporcionando el impulso y apoyo que corresponde; con ello se está mejorando el servicio que el Poder Judicial ofrece a nuestro sistema democrático.

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