A la fecha, un total de 210 sentenciados por omisión a la asistencia familiar de diversos establecimientos penitenciarios del país, fueron liberados tras pagar la deuda que tenían con sus alimentistas, informó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh).
Esta cifra se alcanzó en solo diez días de vigencia del Decreto Legislativo N° 1459, publicado el pasado 14 de abril, con el propósito de contribuir a reducir el hacinamiento en que se encuentra el sistema penitenciario nacional y evitar contagios de COVID-19.
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De acuerdo con el artículo 3 de la citada norma, una persona condenada por el delito de omisión de asistencia familiar puede convertir automáticamente su pena privativa de libertad efectiva por una pena alternativa, con la sola certificación del pago íntegro de la reparación civil y de la deuda alimenticia acumulada hasta el momento en que solicita la conversión. La certificación del pago se realiza ante el juez sin que sea necesario una audiencia.
Según cifras oficiales, de los 210 condenados que accedieron a este beneficio fueron 46 internos del penal de Ica, 34 de Chincha, 20 de Huacho, 15 de Arequipa, 12 de Huancayo, 12 de Cusco, 9 de Tacna, 8 de Ayacucho, 7 de Huánuco, 6 de Chimbote, 6 de Ancón, entre otros.
Es necesario resaltar que la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Minjudh ha dispuesto un pool de abogados especializados que viene brindando orientación a los sentenciados que solicitan información respecto a este decreto legislativo.
Como señaló el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Castañeda Portocarrero, esta medida busca mitigar el hacinamiento existente en los establecimientos penitenciarios del país, en el marco de la emergencia sanitaria por el nuevo coronavirus (covid-19); y que podría beneficiar a 2250 personas condenadas por este delito, según cifras del Instituto Nacional Penitenciario.
Fuente: Minjusdh



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