Liz Patricia Benavides Vargas asumirá desde hoy como Fiscal de la Nación por el periodo de tres años (2022-2025), según la resolución de la Junta de Fiscales Supremos publicada en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Refirió que en sesión extraordinaria de la Junta de Fiscales Supremos, llevada a cabo el 20 de junio de 2022, se procedió a las elección del Fiscal de la Nación, siendo elegida para dicho cargo la fiscal suprema titular, Liz Patricia Benavides Vargas.
El dispositivo legal hace de conocimiento de la resolución al Presidente Constitucional de la República, Presidenta del Congreso de la República, Presidenta del Poder Judicial, Ministro de Justicia y Derechos Humanos y Presidente de la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.
Cabe indicar que hoy se realizará la ceremonia de juramentación de Liz Patricia Benavides Vargas como Fiscal de la Nación y presidenta de la Junta de Fiscales Supremos para el periodo 2022- 2025.
El acto protocolar se desarrollará a las 9:30 horas en el Auditorio principal del Ministerio Público, en el Cercado de Lima.
Benavides reemplaza en el cargo al fiscal supremo Pablo Sánchez, quien ha dirigido de manera interina el Ministerio Público tras finalizar la gestión de Zoraida Ávalos.
Antes de ser elegida integrante de la Junta de Fiscales Supremos, se desempeñaba como fiscal suprema adjunta en el despacho de la Fiscalía de la Nación.
Fuente: Andina.
Mira la juramentación aquí:
Eligen Fiscal de la Nación por el periodo de tres (3) años, asumiendo sus funciones a partir del 1 de julio de 2022
RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 028-2022-MP-FN-JFS
Lima, 20 de junio de 2022
VISTO Y CONSIDERANDO:
Mediante Acuerdo Nº 6066, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos, en la Sesión Ordinaria del 17 de junio de 2022, se acordó por unanimidad que, en la siguiente sesión se elegirá al Fiscal de la Nación, para el periodo 2022-2025.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 513-2022-MP-FN de fecha 29 de marzo de 2022, se dispuso designar al doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Fiscal Supremo Titular, como Fiscal de la Nación Interino, a partir del 30 de marzo de 2022 y hasta la elección del nuevo Fiscal de la Nación.
El artículo 158 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 37 del Decreto legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, artículo modificado por la Ley Nº 27362, norman la elección del Fiscal de la Nación por la Junta de Fiscales Supremos.
En ese sentido, en Sesión Extraordinaria de la Junta de Fiscales Supremos, llevada a cabo el 20 de junio de 2022, bajo la presidencia del doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Fiscal de la Nación (i), y con la asistencia de los fiscales supremos titulares doctora Zoraida Ávalos Rivera, doctora Liz Patricia Benavides Vargas y doctor Juan Carlos Villena Campana, se procedió a la elección del Fiscal de la Nación.
Consecuentemente, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 6067, adoptado en la fecha, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, eligió por unanimidad a la doctora Liz Patricia Benavides Vargas, como Fiscal de la Nación por el periodo de tres (3) años, comprendido del 1 de julio 2022 al 1 de julio de 2025.
Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero. ELEGIR a la doctora LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS, Fiscal Suprema Titular, como Fiscal de la Nación por el periodo de tres (3) años, asumiendo sus funciones a partir del 1 de julio de 2022.
Artículo Segundo. Hacer de conocimiento la presente Resolución al Presidente Constitucional de la República, Presidenta del Congreso de la República, Presidenta del Poder Judicial, Ministro de Justicia y Derechos Humanos y Presidente de la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO WILFREDO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación (i)
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
Descargue la resolución aquí
[Nota original 20.6.2022]
Liz Benavides Vargas es la nueva fiscal de la Nación
En una sesión extraordinaria, la Junta de Fiscales Supremos eligió por unanimidad a Liz Patricia Benavides Vargas como nueva fiscal de la Nación.
Cuenta con más de 25 años de trayectoria en el Ministerio Público, donde se ha desempeñado como fiscal adjunta provincial provisional en Huancavelica e Ica, y fiscal adjunta superior provisional de la Tercera Fiscalía Superior Penal del Callao.
Asimismo, como fiscal provincial titular de Lima; fiscal adjunta suprema titular adscrita al despacho de la Fiscalía de la Nación; y fiscal suprema titular de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos.
Patricia Benavides Vargas obtuvo el primer lugar en el cuadro de méritos durante el proceso de elección de los nuevos fiscales supremos realizado por la Junta Nacional de Justicia.
TRAYECTORIA ACADÉMICA
La nueva fiscal de la Nación es abogada de la Universidad de Lima, doctora en Derecho, magíster en Derecho Penal Constitucional y magister en Derecho Civil y Comercial.
Tiene estudios de maestría en Derecho Penal, con postgrado en Garantías, Reforma y Defensa de la Constitución en la Universidad de Castilla La Mancha de Toledo-España, y postítulo en Asesoría Jurídica de la Empresa en la Universidad del Desarrollo de Chile.
Cabe destacar que, durante el proceso de elección de los nuevos Fiscales Supremos realizado por la Junta Nacional de Justicia, Patricia Benavides obtuvo el primer lugar en el cuadro de mérito.
— Ministerio Público (@FiscaliaPeru) June 20, 2022
Fuente: Ministerio Público

![Si no se acredita el vínculo entre los activos del acusado y el delito fuente (tráfico ilícito de drogas), es imposible establecer la relación o entramado criminal necesario para configurar el delito de lavado de activos [RN 975-2024, CSNJ Penal Especializada, f. j. 18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/archivar-investigacion-lavado-de-activos-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La concesión o denegación de un recurso impugnatorio debe manifestarse en un auto fundamentado y no por un decreto, pues este no constituye la forma procesal válida para dar respuesta a dicho recurso [Queja NCPP 909-2023, Lima, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-DINERO-SOBORNO-ABOGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Condena por lesiones culposas debido a que, al abrir la puerta del vehículo, impactó a ciclista [Exp. 5058-2021-35] Multas a ciclistas - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/05/Multas-a-ciclistas-LPDerecho-218x150.png)
![Corte IDH: Las «garantías judiciales» no se limitan a los recursos judiciales en sentido estricto sino a toda instancia procesal, por ello deben aplicarse no solo al ámbito penal sino mutatis mutandis en los procedimientos administrativos sancionatorios y penitenciarios [Lynn vs. Argentina, ff. jj. 90-94]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/GARANTIAS-JUDICIALES-MUTATIS-MUTANDIS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El JNE vulneró el derecho a ser elegido y el principio de resocialización al denegar la inscripción de candidato condenado por peculado doloso, pese a encontrarse rehabilitado, pues incluso la “inhabilitación perpetua” puede ser revisable y revertida por lo que dicha restricción no resulta razonable [Exp. 01648-2023-AA/TC, ff. jj. 16-22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/JNE-RESOCIALIZACION-CANDIDATO-CONDENADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Prescripción adquisitiva de dominio: pago de servicios públicos no acredita posesión [Casación 3357-2021, Sullana]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vivienda-casa-propiedad-posesion-divorcio-separacion-bienes-herencia-desalojo-civil-mazo-LPDerecho-218x150.jpg)




![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El privilegio deliberativo alcanza a los funcionarios de alta dirección y a las entidades del Estado con función jurisdiccional, otorgándoles un espacio reservado para discutir, debatir y formarse una opinión antes de tomar decisiones sobre materias de interés público (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022-PHD/TC, ff. jj. 41-43]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/PRIVILEGIO-DIRECCION-ENTIDADES-JURISDICCIONAL-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Establecen medidas para reforzar austeridad y control del gasto público [DU 008-2025] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Dinero-sueldo-soles-lavado-de-activos-penal-LPDerecho-1-218x150.png)
![Servir: protocolo para difundir información a nivel nacional sobre la denuncia y sanción del hostigamiento sexual laboral [Res. 000182-2025-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)







![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)


![El principio pro actione concreta el antiformalismo y la subsanabilidad de los defectos procesales: ningún requisito formal puede convertirse en un obstáculo que impida injustificadamente un pronunciamiento sobre el fondo; y, antes de rechazar el pedido, se debe procurar la subsanación o reparación del defecto [Casación 2511-2025, Apurímac, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-LEYES-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Los indicadores deben operar conjuntamente como indicios contingentes, plurales, concomitantes y convergentes, permitiendo inferir con suficiencia y certeza la responsabilidad penal por lavado de activos [RN 838-2023, Lima, f. j. 19] Lavado de activos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Lavado-de-activos-dinero-penal-LPDerecho-1-218x150.png)
![Modifican Reglamento de empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil [Decreto Supremo 013-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tenencia-ilegal-armas-fuego-LPDerecho-324x160.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Corte IDH: Las «garantías judiciales» no se limitan a los recursos judiciales en sentido estricto sino a toda instancia procesal, por ello deben aplicarse no solo al ámbito penal sino mutatis mutandis en los procedimientos administrativos sancionatorios y penitenciarios [Lynn vs. Argentina, ff. jj. 90-94]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/GARANTIAS-JUDICIALES-MUTATIS-MUTANDIS-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Si no se acredita el vínculo entre los activos del acusado y el delito fuente (tráfico ilícito de drogas), es imposible establecer la relación o entramado criminal necesario para configurar el delito de lavado de activos [RN 975-2024, CSNJ Penal Especializada, f. j. 18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/archivar-investigacion-lavado-de-activos-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Modifican Reglamento de empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil [Decreto Supremo 013-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tenencia-ilegal-armas-fuego-LPDerecho-100x70.png)

![¿Cambio de perito oficial genera renovación del plazo para que defensa designe nuevos peritos de parte? [Exp. 00029-2017-75]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/02/Expediente-29-2017-75-LP-324x160.png)