Ley 31847: establecen el 8 de agosto de cada año el «Día Nacional de la Accesibilidad»

Publicado en el diario oficial El Peruano el 27 de julio de 2023

Se ha publicado la Ley 31847, que establece que el 8 de agosto de cada año como «Día Nacional de la Accesibilidad».


LEY Nº 31847

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE ESTABLECE DÍA NACIONAL DE LA ACCESIBILIDAD EL 8 DE AGOSTO DE CADA AÑO

Artículo 1. Día Nacional de la Accesibilidad

Se declara Día Nacional de la Accesibilidad el 8 de agosto de cada año con la finalidad de visibilizar, reconocer, valorar y crear conciencia sobre el derecho de accesibilidad para todas las personas, especialmente para aquellas con discapacidad o con movilidad reducida.

Artículo 2. Entidades responsables

Los ministerios de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Economía y Finanzas; de Transportes y Comunicaciones y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales, articulan las acciones necesarias para la implementación de la presente ley e informan el primer trimestre de cada año al Congreso de la República sobre las acciones y actividades de promoción y difusión del Día Nacional de la Accesibilidad.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Declaración de interés nacional

Se declara de interés nacional el diseño y la implementación progresiva de ciudades accesibles para personas con discapacidad o movilidad reducida, entendiéndose por ciudades accesibles aquellas que garantizan el disfrute del derecho de acceder a todos los servicios, al entorno físico, al espacio público, a los medios de transporte, a la información y a las comunicaciones para todas las personas, sin discriminación, en igualdad de condiciones y de la manera más autónoma y segura posible.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los siete días del mes de julio de dos mil veintitrés.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA
Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros

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