La reposición en el sector público como consecuencia de un despido nulo [X Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional]

Corte Superior de Justicia de Lima organizó, el 19 de diciembre de 2022, el X Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional de la Corte Suprema de Justicia de Lima, en el cual participaron jueces superiores, especializados y de paz letrado.

Se abordaron tres temas, a saber:

1. Otorgamiento de pensión de viudez a favor de varón;

2. La reposición en el sector público como consecuencia de un despido nulo;

3. Las normas de remuneraciones máximas que aprueba el FONAFE como fuente normativa de la nivelación de remuneraciones;

4. El procedimiento disciplinario para sanciones distintas al despido.

A continuación compartimos las conclusiones del X Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional respecto del tema 2:

II. LA REPOSICIÓN EN EL SECTOR PÚBLICO COMO CONSECUENCIA DE UN DESPIDO NULO

El Pleno, por unanimidad, acordó lo siguiente:

ACUERDO: Los trabajadores del Estado que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del precedente vinculante Huatuco (STC n.º 5057-2013-AA/TC) sí tienen derecho a la reposición en los casos de despido nulo, pero de forma temporal o condicionada hasta que el empleador convoque dicha plaza a un – concurso público de méritos para un contrato de duración indeterminada. En caso de que el trabajador no se presente al concurso o no lo apruebe, su contrato se extinguirá automáticamente.

Descargue en PDF el acta del pleno

Descargue en PDF el informe del pleno

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