El Indecopi, el 9 de agosto de 2023, multó al Golf y Country Club de Trujillo por discriminar a una mujer dentro de sus instalaciones. Dicha situación, sancionada con un monto de S/92 862 (18.76 UIT), ocurrió cuando la ciudadana acompañaba a sus hijos a una competencia deportiva.
La mujer señaló que, el 17 de febrero de 2022, al encontrarse con un grupo de madres en en el segundo nivel del club, un trabajador se les acercó y les solicitó el carnet de socias. Al indicar que no poseían el referido documento, de manera «arbitraria y grosera» les pidieron que se retiraran. Ante ello, la ciudadana solicitó el libro de reclamaciones, pero César Pereira Bazán, director de Natación de la institución, se lo negó.
La mujer afirmó que Pereira Bazán la humilló cuando pretendía realizar su reclamo. Según sus alegatos, el directivo le dijo que no podía entregarle el libro de reclamaciones porque no era socia. Asimismo, la habría amenazado con llamar a la policía y cancelar la competencia.
Para corroborar ello, la ciudadana adjuntó un audio que contenía su conversación con el representante del centro deportivo:
Representante del club: Un favor, llama al entrenador Diego Sosa, que venga
inmediatamente acá, no comencemos ninguna competencia. […]
[…]Denunciante: Señor buenas tardes, disculpe ¿Qué le está sucediendo? O
sea, el señor está totalmente alterado y fuera.
Representante del club: Usted es invitada en mi Club, es invitada en un
club privado. Usted es invitada, usted no puede hacer ninguna queja acá.
Denunciante: ¿No puedo hacer ninguna queja? Señor usted sabe qué es
lo que ha pasado, me ha consultado qué es lo que ha pasado.
Dos días después, el 19 de febrero de 2022, la afectada le requirió a la institución una copia de los videos de las cámaras de seguridad, sin embargo, no recibió respuesta. Por ello, la madre de familia decidió interponer un reclamo ante el Indecopi. La entidad decidió incluir en el proceso no solo al club, sino también a su directivo Pereira Bazán.
La respuesta del Golf y Country Club
En sus descargos, Golf y Country Club de Trujillo admitió que le restringió el ingreso al segundo piso a la mujer. Sin embargo, argumentó que tomó la acción debido a que era invitada y no socia. «Todo trato diferente obedeció a causas objetivas y razonables», afirmó la institución.
En ese sentido, el club trujillano sostuvo que sus zonas exclusivas para los socios estaban señalizadas de manera visible. Además, destacó que, para ser miembro asociado, debía cancelarse una membresía. Según la entidad, a los no asociados los denominan «invitados».


Asimismo, negó cualquier acto de discriminación hacia la mujer y señaló que sus graderías del primer nivel de la piscina sí estuvieron habilitadas para los competidores y sus familiares (invitados).
El complejo deportivo reconoció su intento de llamar a la policía, pero afirmó que lo hizo porque la mujer no se identificó. Por otro lado, rechazó haber pretendido cancelar la competencia y oponerse a entregar el libro de reclamaciones.
Si bien la mujer pagó su ingreso a la competencia, este solo le permitía acceder a las escalinatas del primer nivel de la piscina y al restaurante, argumentó el club.
Por su parte, Pereira Bazán indicó que, desde que la señora «se acercó a las oficinas de Administración», se le entregó el libro de reclamaciones. En ese sentido, negó la discriminación a la ciudadana.
Además, adjuntó un audio en el cual se escucha que el directivo se dirige a hacía la mujer como invitada, mientras que ella se refiere a él como «malcriado».
Primera instancia
El Golf y Country Club de Trujillo fue multado con S/92 862 por cometer «actos humillantes y amenazantes» contra la madre de familia. Además, su directivo, César Pereira Bazán, recibió una multa de S/9900 (2 UIT) por «actos de discriminación».
El Indecopi confirmó que la mujer desconocía la exclusividad del segundo nivel para socios. Si bien el centro deportivo adjuntó fotografías en las que se visualizaba la señalización de las zonas para socios, no pudieron acreditar que estuvieron presentes cuando ocurrieron los hechos.
Por ello, la institución pública desestimó las pruebas presentadas por el club y determinó que el retiro de la mujer fue un acto de discriminación. La entidad concluyó que el complejo deportivo la humilló y amenazó cuando solicitó el libro de reclamaciones.
De acuerdo a un audio presentado por la mujer, la entidad corroboró que uno de los directivos la amenazó con llamar a la policía. «Ustedes deberían estar en la calle», le dijo el directivo a la mujer y a otros padres de familia.
Asimismo, el Indecopi determinó que el club nunca respondió a la solicitud realizada por la mujer para obtener las grabaciones de las cámaras de seguridad. Para la Comisión, todas las solicitudes de gestión de los consumidores deben ser atendidas.
El Indecopi estableció las multas al Golf y Country Club y a Pereira Bazán de la siguiente manera:
Segunda instancia
El Indecopi revocó las multas al Golf y Country Club al determinar que el retiro de la mujer sí fue justificado. El segundo nivel era para socios y la señora no lo era. Es decir, nunca existió discriminación.
Además, el club no le brindó las cámaras de videovigilancia a la señora, pues entre el establecimiento y ella nunca existió una relación de consumo, aseguró el Indecopi. La mujer nunca adquirió un servicio por parte del club.
Finalmente, la entidad confirmó que el «tono alterado» del directivo del Golf hacia la mujer no era discriminación. Por ello, la multa a su directivo también quedó desestimada.


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