La Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia (DLC) del Indecopi inició un procedimiento administrativo sancionador contra las seis empresas más representativas del sector construcción en el Perú, por presuntamente haberse repartido el mercado de contratación de personal calificado, durante los años 2011 a 2017.
Las empresas incluidas en el inicio de este procedimiento sancionador son: Cosapi S.A., JJC Contratistas Generales S.A. (JCC), Mota-Engil Perú S.A., Ingenieros Civiles y Contratistas Generales S.A. (ICCGSA), Cumbra Perú S.A. (antes, GyM S.A., en adelante, “GyM”) y Unna Transporte S.A.C. (antes, Concar S.A., en adelante “Concar”).
Cabe precisar que el personal afectado por el presunto acuerdo no solo fue aquel necesario para el desarrollo de las obras de construcción propias del giro de las empresas investigadas, sino también aquellos empleados que desempeñaban funciones de personal administrativo en las sedes centrales (oficinas) de los agentes investigados.
Según la evidencia obtenida por la DLC a través de declaraciones y correos electrónicos, entre los años 2011 a 2017 Cosapi, JJC, Mota-Engil, ICCGSA, GyM y Concar habrían implementado un pacto de no agresión, a través de una conducta de respeto del personal calificado o especializado de las demás empresas, que involucraba el compromiso activo de no contactar ni contratar a dicho personal que mantenía algún vínculo laboral con las demás empresas del pacto, e incluso a extrabajadores. Esta práctica fue llevada a cabo a través del personal encargado de reclutamiento y selección de sus áreas de recursos humanos.
Para implementar el presunto reparto y respeto de trabajadores, las empresas investigadas realizaron distintas acciones que se fueron adoptando a lo largo del periodo investigado, tales como consultas de disponibilidad, solicitudes de bloqueo y/o reclamos por las contrataciones finalizadas.
La implementación del pacto de no agresión habría tenido como efecto la restricción de la movilidad laboral del personal especializado de las empresas investigadas, quienes vieron limitadas sus opciones para cambiar de empleador de forma libre, habiéndose verificado situaciones en las que la contratación de un profesional dependía exclusivamente de la decisión del empleador o ex empleador.
La DLC también incluyó dentro del procedimiento administrativo sancionador a 4 funcionarios o ex funcionarios de Cosapi, JJC, Mota-Engil y GyM, ya que las evidencias indicarían que estas personas habrían participado en la planificación, realización y/o ejecución de la conducta investigada.
Cabe recordar que, en agosto del 2020, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CCL) publicó una Guía informativa sobre acuerdos anticompetitivos entre empresas en el ámbito laboral (https://bit.ly/3duAuww), en la que se destacó la importancia de la competencia en el mercado laboral, a fin de asegurar mejores condiciones a los trabajadores y se informó sobre aquellas conductas desarrolladas por las empresas reñidas contra la libre competencia.
Finalmente, es preciso indicar que cualquier persona con interés legítimo puede acudir a la DLC para apersonarse al procedimiento o aportar información que ayude a esta investigación. Los interesados pueden hacer sus consultas al teléfono 224-7800, anexo 3101, o al correo electrónico [email protected].
Fuente: Indecopi

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