La fiscal provincial titular, Janny Sanchez Porturas Ganoza de Curotto, de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, incluyó a Karem Roca y Mirian Morales en las diligencias preliminares que se siguen contra Richard Cisneros, conocido como «Richard Swing», por los audios difundidos en el Pleno del Congreso.

A continuación compartimos la disposición.


MINISTERIO PÚBLICO

Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima

CARPETA FISCAL N°: 506015505-2020-141-0
INVESTIGADOS: Richard J. Cisneros Carballido y otros
DELITO: Colusión Agravada y otro.

DISPOSICIÓN 13

Lima, 17 de setiembre del 2020

I. ASUNTO

1. Se trata de las diligencias preliminares seguida contra Richard Javier Cisneros Carballido, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública- Colusión Agravada y alternativamente Negociación Incompatible, en agravio del Estado; y,

II. ANTECEDENTES

2. Mediante Disposición N.° 1 de fecha 20 de mayo del 2020, se dispuso abrir diligencias preliminares en sede fiscal, por el plazo de sesenta (60) días, en contra de los que resulten responsables, por la presunta comisión de delitos contra la Administración Pública, en la modalidad de Corrupción de Funcionarios, en agravio del Estado; habiéndose dispuesto la realización de diversas diligencias.

3. Mediante la Disposición N°2, de fecha 27 de mayo del 2020, se dispuso la realización de diligencias como solicitar distinta información al Ministerio de Cultura, en relación a la contratación N° 1122-2020.

4. Mediante la Disposición N°3, de fecha 29 de mayo de 2020, se dispuso la ampliación de los hechos, respecto a otras contrataciones que habría tenido el proveedor Richard Cisneros Carballido desde los años 2018 al 2020, habiéndose dispuesto la realización de la diligencia de inspección, exhibición y recojo de documentación en las oficinas del Ministerio de Cultura y del Palacio de Gobierno, para el esclarecimiento de los hechos objeto de investigación.

5. A través de la Disposición N° 4, de fecha 2 de junio del 2020 se dispuso la ampliación de los hechos y la integración de investigados a la presente investigación; así como, las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos.

6. Mediante la Disposición N°5, de fecha 5 de junio de 2020, se dispuso ampliar, precisar e incorporar como hechos objeto de investigación que incriminarían a funcionarios y servidores públicos del Ministerio de Cultura, Aura Elisa Quiñones Li, Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos y otros; y en contra de Richard Javier Cisneros Carballido (extraneus), por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Colusión Agravada y alternativamente Negociación Incompatible, en agravio del Estado; ilícitos previstos en los artículos 384 y 399 del Código Penal.

7. Mediante la Disposición N°6, de fecha de 11 de junio del 2020, se dispuso la realización de diversas diligencias para el esclarecimiento del caso.

8. Mediante la Disposición N°7, de fecha de 18 de junio o del 2020, se dispuso declarar en secreto el Informe Pericial de Análisis Digital Forense N°137-2020 emitido por los Peritos del Ministerio Público; así como, la realización de diligencias para el esclarecimiento del caso.

9. Mediante la Disposición N°8, de fecha de 30 de junio o del 2020, se dispuso declarar en secreto la declaración de Karem Alexandra Roca Luque, a solicitud de parte, a fin de proporcionar al parecer información relevante.

10. Mediante la Disposición N°9, de fecha 8 de julio de 2020, se dispuso levantar el secreto del aludido documento pericial y declaración testimonial, así como poner en conocimiento de todos los sujetos procesales.

11. Mediante la Disposición N°10, de fecha 13 de julio del 2020, se disponen diversas diligencias a fin de esclarecer los hechos materia de investigación.

12. Mediante la Disposición N°ll, de fecha 20 de julio de 2020, se dispone declarar compleja la presente investigación y demás diligencias para el esclarecimiento del caso.

13. Mediante la Disposición N°12, de fecha 13 de agosto del 2020, se dispuso diversas diligencias a fin del esclarecimiento del caso.

III. ANÁLISIS

Competencia de este Ministerio Público

14. El Ministerio Público es el órgano encargado de la persecución del delito y titular de la acción penal, de conformidad con el artículo 159 de la Constitución Política del Perú; en esa misma línea, es el fiscal quien decide qué persona debe ser llevada ante los tribunales por la presunta comisión de un delito, tal como lo ha establecido el Tribunal Constitucional en la STC N.° 2725-2008-PHC/TC.

15. Asimismo, a través de la Ley N.° 29574, publicada el 17 de septiembre de 2010, modificada por Ley N.° 29648, publicada el 01 de enero de 2011, se pone en vigencia el Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Lima (Centro), sólo para los delitos comprendidos en los artículos del 382 al 401 del Código Penal, injustos penales que atentan contra la Administración Pública y delitos conexos a ellos.

16. Así, el Fiscal tiene la facultad de individualizar e identificar a los sujetos que habrían participado en el hecho delictivo materia de investigación, de conformidad con el artículo 330 Diligencias Preliminares, señala:

…Las Diligencias Preliminares tienen por finalidad inmediata realizar los actos urgentes o inaplazables destinados a determinar si han tenido lugar los hechos objeto de conocimiento y su delictuosidad, así como asegurar los elementos materiales de su comisión, individualizar a las personas involucradas en su comisión, incluyendo a los agraviados, y, dentro de los límites de la Ley, asegurarlas debidamente.

17. A partir de ahí individualizar y precisar las presuntas conductas que se atribuye a cada uno de los investigados, por principio de imputación necesaria, en el nivel de actos sospechosos con carácter delictivo, a fin de que éstos puedan ejercer correctamente su derecho de defensa.

Sobre la Competencia de la Fiscalía de la Nación

18. Los altos funcionarios son el Presidente de la República, Ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional entre otros, de conformidad con el artículo 99 de la Constitución del Estado, los cuales son acusados ante el Congreso por alguna infracción de la Constitución y por delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas. En ese sentido, gozan del privilegio constitucional de inmunidad, lo que implica que previamente requiere de un procedimiento de acusación constitucional (antejuicio) para analizar los indicios que permitan el inicio del proceso penal.

19. Según el artículo 449 del Código Procesal Penal, el proceso penal contra los altos funcionarios públicos taxativamente designados en el artículo 99 de la Constitución por delitos que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de haber cesado en él, se regirá por las reglas del proceso común.

20. La Ley Orgánica del Ministerio Público, en su artículo 66 inciso 2, establece que son atribuciones de la Fiscalía de la Nación ejercer ante la Sala de la Corte Suprema las

acciones civiles y penales a que hubiera lugar contra los altos funcionarios señalados en el artículo 99 de la Constitución Política del Estado, previa resolución acusatoria del Congreso; asimismo, el artículo 81 del citado cuerpo normativo, establece que la competencia de los Fiscales Supremos atender los asuntos penales.

21. Ante el conocimiento de hechos que revisten de connotación penal donde estaría implicado un alto funcionario público el Fiscal deberá poner en conocimiento mediante Informe al Fiscal de la Nación conforme al trámite respectivo, a fin de actuar conforme a sus funciones.

Respecto a la tesis preliminar, sobre presuntos “contactos previos”

22. Según se desprende de las diligencias preliminares, al parecer el proveedor Richard Javier Cisneros Carballido habría tenido “contactos previos” con funcionarios públicos a fin de llegar a “acuerdos subrepticios”, para ser presuntamente favorecido en las diversas contrataciones directas, mediante ordenes de servicio que tuviera en el Ministerio de Cultura desde el año 2018 al 2020, las cuales serían las siguientes:

Ordenes de servicios de Richard Javier Cisneros Carballido

23. Conforme al transcurso de las investigaciones se advierte que, el investigado Richard Javier Cisneros Carballido, se habría valido de la confianza, amistad o cercanía con el Jefe de Estado, Martín Alberto Vizcarra Cornejo, para que éste al parecer “recomiende” y/o “disponga u ordene” a otros altos funcionarios públicos, Ministros de Estado, como Patricia Jacquelyn Balbuena Palacios, Ex Ministra de Cultura, contrate al citado proveedor por servicios innecesarios, creando una necesidad de servicio, direccionando el perfil del proveedor a su Curriculum Vitae- CV, el cual habría sido entregado por Mirian M. Morales Córdova[1]; sin cumplir con la experiencia debida conforme al objeto contractual, por montos contractuales al parecer sobrevalorados y demás irregularidades materia de investigación.

24. Siendo que, el Jefe de Estado habría “coordinado y acordado” con Mirian Maribel Morales Córdova, Secretaria General del Despacho Presidencial, quien se encargaría de “contactar previamente” vía teléfono y directamente con los Ministros del Ministerio de Cultura y con el investigado Richard Javier Cisneros Carballido, para que dichos ministros valiéndose del alto cargo de confianza, viabilicen la contratación directa del citado investigado[2]. Ello a razón de la supuesta “amistad” que tendrían[3], conforme se aprecia del correo electrónico sobre registro de autorización de ingreso[4]:

  • Lunes 02 de Abril del 2018, se describe en el correo, que se adjunta la lista de invitados al nuevo Gabinete Ministerial, para la juramentación. Donde aparece que Richard Javier Cisneros Carballido estaría invitado por el SPR (Señor Presidente de la República), lo cual haría inferir la presunta vinculación de confianza entre ambos[5].

25. Además, el investigado Richard Javier Cisneros Carballido, se habría reunido previamente con el Jefe de Estado, Martín Alberto Vizcarra Cornejo (antes de su inscripción formal como proveedor en el RPN) en los ambientes del Palacio de Gobierno, a fin de realizar “tratativas” u “acuerdos subrepticios” por un puesto de trabajo en el Estado, luego de lo cual, el Jefe de Estado, procediera supuestamente a “recomendar” y “disponer y ordenar” a Ministros de Cultura, a través de Mirian Morales Córdova, Secretaria General del Despacho Presidencial. Tales reuniones se habrían dado conforme al siguiente detalle[6]:

26. Posteriormente, el investigado Richard Javier Cisneros Carballido, se habría reunido previamente con Mirian Maribel Morales Córdova, Secretaria General del Despacho Presidencial con quien habrían celebrado un “acuerdo subrepticio” para la contratación directa a su favor, siendo ésta la que se encargaría de “contactar” vía telefónica y directamente con los altos funcionarios públicos, como es el caso de Patricia Balbuena Palacios, Ex Ministra de Cultura, a fin de que la funcionaría supuestamente valiéndose del alto cargo de confianza disponga a su vez respectivamente con los funcionarios de la entidad, como Secretario General y funcionarios Directores y/o jefes de oficinas administrativas encargados de requerir y contratar al tercero interesado Richard Javier Cisneros Carballido[9].

27. Además, la supuesta “reunión previa” entre Mirian M. Morales Córdova, Secretaria General del Despacho Presidencial, con Richard Javier Cisneros Carballido, habría sido el 28 de junio del 2018 en las oficinas de la Secretaría General, para coordinar un puesto de trabajo para el Estado y las posteriores contrataciones directas mediante órdenes de servicios en el Ministerio de Cultura, en el periodo 2018 y 2020, conforme al siguiente detalle[10]:

  • El jueves 28 de junio del 2018[11], de cuya descripción se aprecia que Richard Javier Cisneros Carballido se habría reunido con Mirian Morales Córdova, Secretaria General del Despacho Presidencial, reunión que habría sido comunicada al señor Presidente de la República[12].

28. Ahora bien, luego de dichas “tratativas” y coordinaciones previas, los Ministros de Cultura, serían quienes coordinarían a su vez, con sus Secretarios Generales, como es el caso de Patricia Jacquelyne Balbuena Palacios Ex ministra de Cultura y Jorge Antonio Apoloni Quispe, Ex Secretario General, para que éstos a su vez, “coordinen y acuerden” con los funcionarios públicos; esto son, Directores, Administradores, Jefes de Oficinas y demás funcionarios del Ministerio de Cultura, para la factibilidad de la contratación directa[13], conforme al siguiente cuadro:

29. Es así, que el 12 de julio del 2018, el investigado Jorge Antonio Apoloni Quispe se habría reunido previamente con el investigado Richard Javier Cisneros Carballido, quien habría acudido por parte del presidente de la República, Martín Vizcarra[14], antes que éste se inscriba en el RNP, conforme al siguiente detalle[15]:

[Continúa…]

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[1]  Conforme a la declaración del testigo reservado con clave TR-01-2020-141, quien Indicó: “…Procediendo la ministra a entregarle el CV del señor Richard Cisneros Carballido que había sido entrenado oorla señora Miñan Morales Córdova mediante WhatsApp (…)”.

[2] Conforme a la declaración del testigo reservado con clave TR-01-2020-141, quien Indicó: “(…) la señora Patricia Balbuena fue contactada via personal v telefónicamente entre los meses de ¡unió y julio del 2018. por Miñan Morales Córdova, secretaria general del despacho presidencial por encargo del señor presidente Martin Vizcarra Cornejo quien manifestó que por orden y disposición del referido presidente, se le buscará un puesto de trabajo en el Ministerio de Cultura al señor Richard Cisneros Carballido(…)”

[3] Conforme la declaración del al aspirante a colaborador con clave CE-01-2020-141, quien refirió:

“(…) La solicitud de la contratación a favor del Richard Cisneros Carballido, se dio porque eran pedidos de la alta dirección a través de sus secretarios generales, quienes directamente o a través de sus asesores se comunicaban y coordinaban con los funcionarios directores a carao de las contrataciones para que requieran el servicio v contraten, toda vez que esto va venia con orden del Jefe de Estado. Secretaria General del Despacho Presidencial v Ministros de cultura respectivamente (…)”. Corroborada con la declaración del testigo reservado con clave TR-01-2020-141, quien indicó:

“…Patricia Balbuena Palacios, cuando era Ministra de Cultura, recibió llamadas y mensajes telefónicos y comunicaciones por WhatsApp de la señora Minan Morales Córdova por encargo del señor Presidente de la República Martin Vizcarra. para que se le diera una oportunidad laboral. es decir, se le contraté al señor Richard Cisneros Carballido en el Ministerio de Cultura (…)”.

[4] Informe Pericial de Análisis Digital Forense N.° 137-2020, emitido por los Peritos del Ministerio Público, de fecha 12 de junio del 2020.

[5]  Según declaración testimonial de Raúl Jesús Maravi Ayala, dijo:”… El hablo … hizo referencia que tenia amistad con el presidente de la república, tenia acercamientos con el presidente … si nos contó eso que tenía esa relación con el presidente….”

[6] Véase el Informe Pericial de Análisis Digital Forense N.° 137-2020, emitido por los Peritos del Ministerio Público, de fecha 12 de junio del 2020.

[7]  Según la declaración testimonial de Karem A. Roca Luque, indicó:

“… ¿Qué uso tiene la sala de embajadores? Recibimos a todas las personas que esperan previamente a ser atendidos por el Señor Presidente …¿En esa sala de embajadores, usted puede atender a persona? Personalmente no …la Secretaria General tampoco… La sala de embajadores es que como una salita de espera… sala de espera previa a una reunión con el señor Presidente…”. Ello corroborado con la declaración de Mirlan Morales, Indicó: “…Existe una sala de embajadores…. es una sala de recepción para las personas que pueden visitar al presidente, una de varias … Su función de esa sala de embajadores es una sala de espera… “.

[8]  Según, significado de SPR mencionado en la declaración testimonial de Miriam Morales y Karen Roca Luque, respectivamente.

[9] Conforme a la declaración del testigo reservado con clave TR-01 -2020-141, quien indicó:

“…Patricia Balbuena Palacios, cuando era Ministra de Cultura, recibió llamadas y mensajes telefónicos y comunicaciones por WhatsApp de la señora Mirian Morales Córdova por encamo del señor Presidente de la República Martin Vizcarra. para que se le diera una oportunidad laboral, es decir, se le contraté al señor Richard Cisneros Carballido en el Ministerio de Cultura (…)”.

[10] Según el Informe Pericial de Análisis Digital Forense N.° 137-2020, emitido por los Peritos del Ministerio Público.

[11] Conforme a las fotos de correo que se aprecia en la Pericia 137.2020, (Foto 18, Foto 19, Foto 20, Foto 21) autorización de ingreso solicitada y registrada por Angela Patricia Maridos Flores, secretaria de Mirian Morales Córdova.

[12] Según declaración de Mirian Morales Córdova, dijo:

“…El presidente pauta oara su agenda a guien va recibir, a quienes, lo comunican… me lo comenta a mi luego se lo comentó a ella para que quede consignado en el Outlook (Correo electrónico) pero también directamente a ella para que lo consigne. …es una sola agenda.. .si son terceros, ha llegado una solicitud, se consulta con el Presidente, …ya casi al final de la reunión…. en un momento lo concreta que quería formar parte de los asesores del presidente…. y después de eso me comenta sobre un tema de deportes sobre presuntos hechos de corrupción en el IPD…Yo ya lo encontré en mi sala de reuniones de la Secretaria General.. .Si le comenté al señor presidente… y la pretensión final del señor Richard…

[13] Conforme la declaración del aspirante a colaborador con clave CE-01 -2020-141, quien refirió: La solicitud de la contratación a favor del Richard Cisneros Carballido, se dio porque eran pedidos de la alta dirección a través de sus secretarios generales, quienes directamente o a través de sus asesores se comunicaban v coordinaban con los funcionarios directores a cargo de las contrataciones para que requieran el servicio y contraten, toda vez que esto va venía con orden del Jefe de Estado. Secretaria General del Despacho Presidencial v Ministros de cultura respectivamente Corroborada con la declaración del testigo reservado con clave TR-01-2020-141, quien Indicó:

“…Patricia Baibuena Palacios, cuando era Ministra de Cultura, recibió llamadas y mensajes telefónicos y comunicaciones por WhatsApp de la señora Mirian Morales Córdova por encargo del señor Presidente de la República Martin Vizcarra. para que se le diera una oportunidad laboral, es decir, se le contraté al señor Richard Cisneros Carballido en el Ministerio de Cultura(…)”

[14]  Conforme la declaración del aspirante a colaborador con clave CE-01-2020-141, quien refirió: “(…) 12 de julio del 2018, se dio la reunión entre el señor Jorge Antonio Apoloni Quispe y el señor Richard Javier Cisneros Carballido en las oficinas de la secretaria general del Ministerio de Cultura, (…) venia de parte del presidente de la república Martin Vizcarra (…)”. Corroborada con el.lnforme N°000027- 2020-OPM/MC, sobre registro de entrada a la entidad.

[15] Conforme al Informe N°000027-2020-OPM/MC, emitido por a la Oficina de Operaciones y mantenimiento hacia la Oficina General de Administración, sobre los ingresos a la Sede Central del Ministerio de Cultura del investigado Richard Cisneros Carballido, teniendo en cuenta que los primeros ingresos habrían sido el 12 y 16 de julio del 2018: fechas anteriores a la fecha de inscripción como proveedor: esto es, el 17 de julio del 2018. reporte de ingresos a la entidad.

[16] Conforme la declaración del aspirante a colaborador con clave CE-01-2020-141, quien refirió:

“(…) señaló sus pretensiones de querer ocupar un cargo de confianza con una remuneración de S/. 15.000 soles, tener una secretaria, una oficina propia, celular, viajar al interior del país, grabar un video musical y otras exigencias (…); corroborada con la declaración del testigo reservado con clave TR- 01-2020-141, quien indicó: “…Morales Córdova …ella le insistió a la Ministra que apoyará en ello: además, se le informó que el señor Richard Cisneros quería ser asesor y tener las prerrogativas del personal de confianza, ante lo cual, la señora Mirian Morales Córdova señaló que iba hablar con el señor Cisneros para que aceptará la propuesta que se le iba hacer: esto es, contrataciones de servicios por terceros, pues la contratación era importante para el Señor Presidente. Ante ello estando al pedido reiterado de la señora Mirian Morales por encargo del Presidente le reitero al Secretario General Jorge Apoloni Quispe que se buscará la forma de encontrar un puesto de trabajo (…)”.

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