El Ministerio Público ha advertido que la reciente modificación a la Ley de Extinción de Dominio representa un duro golpe a la lucha contra delitos como la corrupción, el crimen organizado y el lavado de activos. La norma, aprobada por el Ejecutivo sin observaciones, introduce cambios que podrían debilitar significativamente la recuperación de bienes ilícitos.
¿Qué cambió con la nueva ley?
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Ahora se exige sentencia penal firme para confiscar bienes vinculados a delitos graves.
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Se establece una prescripción de solo 5 años para iniciar acciones de extinción de dominio.
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Se prohíbe la subasta anticipada de bienes incautados.
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Incluso podrían devolverse bienes y dinero obtenidos de forma ilícita.
Casos emblemáticos en riesgo:
Odebrecht, Vladimir Cerrón, Alejandro Toledo, Luciana León, entre otros.
Graves consecuencias para el país:
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Perú podría violar tratados internacionales como las Convenciones de Mérida y Palermo.
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El GAFI podría incluir al país en la lista gris.
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Se debilitarían inversiones y préstamos internacionales.
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Perú perdería su liderazgo regional en recuperación de activos ilícitos.
¿Qué se había logrado con la ley anterior?
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Más de S/ 560 millones recuperados (2019–2024).
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1510 sentencias fundadas contra delitos como tráfico de drogas (685), lavado de activos (158), contrabando (253), minería ilegal (108) y corrupción (26).




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