Doce años de cárcel para funcionario por registrar matrimonio de un difunto

Doce años de cárcel para funcionario que registró matrimonio de una persona fallecida, cuando se desempeñaba como jefe del Registro Civil de la Municipalidad de San Román.

La Sala Penal de Apelaciones declaró infundado los recursos de apelación interpuesto por Wilfredo Coyla Yana y Noemy Herrera Challco; confirmando la sentencia condenatoria mediante la cual el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de San Román-Juliaca, a cargo del juez Walter Robert Paredes Lipa, falla declarar a los imputados en mención como coautores del delito contra la fe pública en su modalidad de falsificación de documentos en general, en su forma de falsificación de documento público, previsto en el primer párrafo del artículo 427 del Código Penal.

En consecuencia, la Sala Penal de Apelaciones de la provincia de San Román, que preside el magistrado Hernán Layme Yépez y que es integrado por los jueces superiores Jesús Gallegos Zanabria y Roger Istaña Ponce; imponen a Wilfredo Coila Yana, doce años y seis meses de pena privativa de la libertad efectiva, y a Noemy Herrera Challco, seis años de pena privativa de la libertad, que cumplirán en el establecimiento penitenciario que designe la autoridad del INPE.

De los hechos se tienen que, en junio de 2016, Noemy Herrera, acudió a la oficina de Wilfredo Coila, quien se desempeñaba como Jefe del Registro Civil de la Municipalidad Provincial de San Román, poniendo en conocimiento el fallecimiento de su conviviente Heriberto Tapia Hancco y le solicita registrar un matrimonio con el difunto, pedido que es aceptado por el funcionario, acordando que el documento se realice con fecha anterior al fallecimiento.

Para efectivizar este acto ilícito, Wilfredo Coila generó vía sistema el Acta de Matrimonio, donde insertó los datos de la solicitante y su pareja fallecida, y horas más tarde en su condición de Jefe de Registro Civil de la mencionad municipalidad, se constituye junto a Noemy Herrera al cementerio de Juliaca, llevando consigo varios documentos, donde luego de realizar las coordinaciones necesarias antes de enterrar a Heriberto Tapia, proceden a abrir el féretro insertando las impresiones dactilares del fallecido en los documentos.

Luego de ello, procedieron a firmar los documentos respectivos estampando los sellos de la municipalidad; días después, los familiares de Heriberto Tapia se dirigieron a la municipalidad a fin de reclamar a Wilfredo Coila por el matrimonio irregular que había celebrado con su hermano fallecido, motivo por el cual este procede a anular el acta.

Como reparación civil, la sentencia fija la suma de 20 mil soles que pagarán los sentenciados de forma solidaria a favor de los agraviados, Municipalidad Provincial de San Román y de Alexander Tapia Calcina (hermano de Heriberto Tapia), correspondiendo para el primero la suma de 15 mil soles y 5 mil soles para el segundo.

Corte Superior de Justicia de Puno
Puno, 30 de junio de 2022
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