El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la Directiva 011-2025-CE-PJ, denominada «Gestión del Proceso de Seguridad Interna en las Sedes del Poder Judicial», en su versión 002, con el objetivo de actualizar y fortalecer los mecanismos de seguridad interna en todas las dependencias judiciales del país.
La medida fue oficializada mediante la Resolución Administrativa N.º 000455-2025-CE-PJ, y responde a la necesidad de adecuar la normativa vigente a los procesos actuales de protección de instalaciones, magistrados, funcionarios y personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial.
Con esta decisión, se deja sin efecto la versión anterior de la directiva, aprobada en 2024, así como cualquier otra disposición que se oponga a la nueva normativa. La actualización incorpora mejoras orientadas a garantizar una gestión más eficiente, coherente y acorde con la estructura organizacional vigente, fortaleciendo la seguridad interna y la protección de jueces y juezas en el ejercicio de sus funciones.
Aprueban la Directiva N° 011-2025-CE-PJ denominada “Gestión del Proceso de Seguridad Interna en las Sedes del Poder Judicial” – versión 002 y dictan otras disposiciones
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000455-2025-CE-PJ
Lima, 22 de diciembre del 2025
VISTOS:
El Oficio N° 001362-2025-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe N° 001409-2025-GAJ-GG-PJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; los Memorandos Nros. 001108 y 001368-2025-GMPP-GG-PJ de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000204-2025-SM-GMP-GG-PJ de la Subgerencia de Modernización; y los Informes Nros. 000273 y 000363-2025-ETO-OSI-CS-PJ del Equipo de Operaciones de la Oficina de Seguridad Integral.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, la Oficina de Seguridad Integral es el órgano de apoyo de la Corte Suprema de Justicia de la República, encargado de programar, dirigir y ejecutar los planes, normas y directivas del Sistema de Seguridad Integral del Poder Judicial, conducentes a la protección interna de las instalaciones, la vigilancia y protección de magistrados, altos funcionarios y personal jurisdiccional y administrativo, al interior de las dependencias judiciales; el apoyo al sistema de traslado de magistrados; así como la custodia de los bienes y acervo documentario del Poder Judicial a nivel nacional; encontrándose entre sus funciones elaborar y proponer las políticas, normas, objetivos y planes de seguridad.
Segundo. En ejecución de sus funciones la Oficina de Seguridad Integral presentó a la Gerencia General del Poder Judicial el proyecto de directiva “Gestión de Proceso de Seguridad Interna en las Sedes del Poder Judicial” – versión 001, la misma que fue aprobada mediante la Resolución Administrativa N° 000711-2024-GG-PJ.
Tercero. A través de la Resolución Administrativa N° 000247-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la Directiva N° 004-2023-CE-PJ, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial” – versión 003, la misma que en su numeral 6.7, relacionado a la actualización de documentos normativos señala:
“Para determinar si es necesaria su actualización, los documentos normativos vigentes deben ser evaluados al menos una vez al año por la unidad de organización o funcional, respecto de:
a) Su contenido para que reflejen las funciones, documentos de gestión y procesos vigentes; así como, se encuentren adecuados a la estructura establecida en la presente Directiva.
b) Su nivel de logro de resultados esperados, para asegurar la mejora de los servicios del Poder Judicial”.
Cuarto. En el marco de las disposiciones antes señaladas, y considerando la normativa vigente, a través de los Informes Nros. 000273 y 000363-2025-ETO-OSI-CS-PJ el responsable del Equipo de Operaciones de la Oficina de Seguridad Integral se dirige a la jefatura de dicha Oficina, evidenciando la problemática generada como consecuencia de la desactualización de la normativa que regula los procesos vinculados a la seguridad interna del Poder Judicial; presentando el proyecto de actualización de la directiva: “Gestión del Proceso de Seguridad Interna en las Sedes del Poder Judicial” – Versión 001.
Quinto. Mediante el Informe N° 000204-2025-SM-GMPP-GG-PJ la Subgerencia de Modernización otorgó opinión técnica favorable al proyecto de actualización del documento normativo, recomendando su aprobación por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, considerando que: a) La Oficina de Seguridad Integral depende de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República según Resolución Administrativa N° 224-2022-CE-PJ (21 junio 2022)1; y b) El ámbito de aplicación de la directiva, la gestión de la seguridad interna comprende también la seguridad y protección de jueces y juezas. Asimismo, por Informe N° 001409-2025-GAJ-GG-PJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable al proyecto normativo indicando que es consistente con la normativa vigente.
Sexto. En ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N° 001362-2025-GG-PJ eleva la referida propuesta de directiva, para evaluación y aprobación correspondiente.
Séptimo. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1666-2025 de la quincuagésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de diciembre de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia, Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 011-2025-CE-PJ denominada “Gestión del Proceso de Seguridad Interna en las Sedes del Poder Judicial” – versión 002.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Directiva: “Gestión de Proceso de Seguridad Interna en las Sedes del Poder Judicial” – versión 001, aprobada por Resolución Administrativa N° 000711-2024-GG-PJ; así como cualquier disposición que se oponga a la directiva que por la presente resolución se aprueba.
Artículo Tercero.- Disponer a la Oficina de Seguridad Integral la atención de las consultas que pudieran presentarse, en torno a la aplicación de la directiva que se aprueba, en el ámbito de sus funciones.
Artículo Cuarto.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
Artículo Quinto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Oficina de Seguridad Integral; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Descargue la resolución aquí
[1] Incorporar la Oficina de Seguridad Integral en el artículo 5° como órgano de apoyo de la Corte Suprema de Justicia de la República, incorporando sus funciones como artículos 32°A y 32°B del acápite “Corte Suprema de Justicia de la República” del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Corte Suprema de Justicia de la República y Órganos de Gobierno y Control Nacionales, que comprende a la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia con menos de seis Salas Superiores; y al Centro de Investigaciones Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa N° 321-2021-CE-PJ.
![Impedimento de salida: El patrimonio que acumuló la investigada en su cargo de expresidenta, así como los viajes internacionales realizados en el ejercicio de sus funciones y que su hijo trabaje para la ONU en EE. UU., no constituyen factores determinantes de un peligro de fuga (caso Dina Boluarte) [Exp. 00171-2025-5, ff. jj. 7.2.24-7.2.25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No hay vulneración del debido proceso ni de la tutela procesal efectiva si la denuncia fue admitida, se realizaron diligencias y la recurrente participó e incluso interpuso recurso de elevación [Exp. 00436-2025-PA/TC, f. j. 18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Estafa: La preexistencia del bien patrimonial es un requisito indispensable para verificar el perjuicio patrimonial [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 9] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![Derecho de defensa: Cada vez que haya una modificación en la acusación —por devolución—, debe habilitarse nuevamente el plazo de 10 días para que la defensa la absuelva, aun cuando repita sus fundamentos [Exp. 01385-2019-6, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)

![Las boletas de pago de los servidores del Estado se encuentran exceptuados de difusión pública dado que, prima facie, contienen datos de la esfera privada; sin embargo, la remuneración global sí corresponde ser publicitada como parte de la transparencia de la entidades del Estado [Exp. 04880-2024-PHD/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![Elecciones generales 2026: diseño y especificaciones técnicas de las cédulas de sufragio [Resolución Jefatural 000199-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/Cedulas-de-sufragio-LPDerecho-218x150.png)
![Elecciones generales 2026: instrucciones de los sorteos de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio [Resolución Jefatural 00198-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/onpe-elecciones-votos-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican las medidas temporales para fortalecer la seguridad en la contratación del servicio público móvil [Resolución 000135-2025-CD/Osiptel] Osiptel](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Osiptel-Normas-legales-LPDerecho-218x150.png)
![Aprueban directiva «Cierre de oficio de las inversiones del Poder Judicial» (versión 001) [RA 000456-2025-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![A partir del 22 de abril del presente año (2025), fecha en que entró en vigencia la Ley 32069 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 009-2025-EF, no es posible aplicar el procedimiento que establecía el artículo 167 del anterior Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo 344-2018-EF, toda vez que al procedimiento establecido en el artículo 167 del anterior Reglamento no le alcanza la aplicación ultractiva de la anterior normativa de contrataciones del Estado [Opinión D000040-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-100x70.jpg)
![URGENTE: Suprema anula sentencia que absolvió a los Sánchez Paredes por lavado de activos y ordena nuevo juicio oral [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-aguila-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Elecciones generales 2026: diseño y especificaciones técnicas de las cédulas de sufragio [Resolución Jefatural 000199-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/Cedulas-de-sufragio-LPDerecho-324x160.png)


![Elecciones generales 2026: instrucciones de los sorteos de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio [Resolución Jefatural 00198-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/onpe-elecciones-votos-LPDerecho-100x70.png)
![Modifican las medidas temporales para fortalecer la seguridad en la contratación del servicio público móvil [Resolución 000135-2025-CD/Osiptel] Osiptel](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Osiptel-Normas-legales-LPDerecho-100x70.png)

![Elecciones generales 2026: diseño y especificaciones técnicas de las cédulas de sufragio [Resolución Jefatural 000199-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/Cedulas-de-sufragio-LPDerecho-100x70.png)
