El Poder Judicial dispone que el 10 de marzo de cada año sea declarado como el «Día Internacional de las Juezas» y se proceda con conmemoración en la Corte Suprema y las Cortes Superiores de Justicia del País.
Poder Judicial
Consejo Ejecutivo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000080-2022-CE-PJ
Lima, 08 de Marzo del 2022
VISTOS: El Oficio N° 000077-2022-GA-PJ y el Informe N° 00054-2022-GA-CS-PJ, cursados por la Jefa del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas, entre otros, reafirmando la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y que la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas contribuirán decisivamente al progreso en relación con todos los objetivos de desarrollo sostenible y metas; y que la incorporación sistemática de una perspectiva de género en la implementación de la Agenda 2030 es crucial; y, observando el número relativamente pequeño de mujeres que han sido juezas, en particular, en cargos directivos superiores de la judicatura, a todos los niveles, mediante Resolución N° 75/274, del 28 de abril de 2021, decidió proclamar el 10 de marzo de cada año “Día Internacional de las Juezas”.
Segundo. Que, la citada resolución invita a todos los Estados Miembros, a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, a otras organizaciones internacionales y regionales, y a la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, las instituciones académicas, las asociaciones de juezas donde existan y otras partes interesadas pertinentes, a que observen anualmente el Día Internacional de las Juezas del modo que cada uno de ellos considere más adecuado, entre otras cosas, mediante actividades de educación y sensibilización del público, a fin de promover la participación plena y en pie de igualdad de las mujeres en todos los niveles de la judicatura.
Tercero. Que, el Poder Judicial, en el marco de los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y Derechos de las Mujeres; así como en cumplimiento de las normas nacionales sobre dichas materias, como la Ley N° 29893, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, y la Política Nacional de Igualdad de Género, aprobada por Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP; implementa acciones para garantizar la participación de las mujeres en la carrera judicial, en condición de igualdad, lo que incluye acciones de sensibilización, visibilización y reconocimiento.
Cuarto. Que, el Poder Judicial viene desarrollando acciones encaminadas a promover la igualdad de género y no discriminación, siendo que, en el año 2016, creó la Comisión de Justicia de Género como instancia encargada de transversalizar el enfoque de género en todos los niveles de la administración de justicia del país. Asimismo, que, en el año 2018, el Poder Judicial aprobó los “Lineamientos Técnicos para la Transversalización del Enfoque de Género en la Gestión Institucional del Poder Judicial”, los mismos que vienen siendo implementados.
Quinto. Que, por primera vez, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República ha elegido a una Presidenta para este Poder del Estado y que las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República cuentan con una conformación con paridad de género, lo que pone de manifiesto la voluntad del Poder Judicial de revalidar la participación de las mujeres juezas en igualdad, demostrando que la paridad y la meritocracia son conceptos aplicables de manera simultánea.
Sexto. Que, la participación de juezas en el Poder Judicial del Estado Peruano ha sido un espacio ganado por su propio esfuerzo en una sociedad e institución que se había identificado como un espacio tradicionalmente masculinizado, reconociendo que las juezas han roto estereotipos y, para llegar a este espacio de toma de decisión, han cargado con el impacto social de la desigualdad, por ejemplo, en el acceso a la educación, al uso del tiempo, a la carga de los cuidados, entre otras responsabilidades que aún son asignadas a las mujeres por su condición de tales; por lo que resulta importante lograr la representación igualitaria de las juezas en todos los niveles de poder y decisión en la administración de justicia.
Sétimo. Que, invitados los Estados Miembros de las Naciones Unidas a que observen anualmente el Día Internacional de las Juezas, a fin de promover la participación plena y la igualdad de las mujeres en todos los niveles de la judicatura, resulta necesario y merecido conmemorar el día 10 de marzo de cada año, declarado como el “Día Internacional de la Jueza”, realizando diversas actividades en el Poder Judicial.
Octavo. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 215-2022 de la décima sesión extraordinaria del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 7 de marzo de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención de los señores Arias Lazarte y Álvarez Trujillo, por razones de salud y encontrarse de vacaciones, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que el 10 de marzo de cada año, declarado como “Día Internacional de las Juezas”, se proceda a su conmemoración en la Corte Suprema de Justicia de la República y en las Cortes Superiores de Justicia del país, realizándose actividades de educación y sensibilización del público, a fin de promover la participación plena y la igualdad de las mujeres en todos los niveles de la judicatura.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Documento firmado digitalmente
ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta Consejo Ejecutivo
Descargue la resolución aquí
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Que el fiscal acuse sin pronunciarse sobre las pruebas de parte aportadas en la investigación no viola debido proceso ni la tutela jurisdiccional efectiva, pues su admisión y actuación corresponde evaluar al juez en la etapa intermedia en audiencia preliminar [Casación 80-2010, Piura, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)


![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)

![[VIVO] Clase de trabajadores CAS a partir de la vigencia de la Ley 32563 (8 ABR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-GRATUITA-JOSE-MARIA-PACORI-CARI-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Cuántos representantes puede designar un sindicato en la negociación colectiva descentralizada? [Informe Técnico 00541-2026-Servir-GPGSC] Trabajo-negociación colectiva-sindicato-reunión-equipo-laboral-LP Derecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Trabajo-negociacion-colectiva-sindicato-reunion-equipo-laboral-LP-Derecho-218x150.png)

![Tercerización: Suprema declara ilegal prohibición de tercerizar actividades consideradas nucleo del negocio [Acción Popular 30989-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![De conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley, el mecanismo de la cancelación en los procedimientos no competitivos puede ser aplicado una vez que se haya configurado alguno de los supuestos para tales efectos, a partir de la aprobación del expediente de contratación y hasta antes de su adjudicación, que se da como efecto de la aprobación del procedimiento no competitivo [Opinión D000031-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Destituyen a jueza de paz por intervenir indebidamente en desalojo y exceder funciones notariales [Investigación Definitiva 4215-2022-Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Declaran el 10 de marzo de cada año como el «Día Internacional de las Juezas» [RA 000080-2022-CE-PJ] Declaran el 10 de marzo de cada año como el «Día Internacional de las Juezas» [RA 000080-2022-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Resolucion-Administrativa-000080-2022-CE-PJ-LP-Derecho-1068x561.png)

![Declaran ilegal que Sucamec exija contrato de trabajo previo para autorizar servicios de seguridad personal [Resolución 0110-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Modifican el TUPA del MINJUSDH [Decreto Supremo 004-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)

![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-100x70.jpg)


![Aprueban la sección primera del ROF de la Procuraduría General del Estado [DS 9-2020-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/07/Minjus-chaleco-norma-legal-LP-324x160.png)