LP, el portal jurídico más leído del país, en alianza con la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, lanza el Curso Derecho Laboral Público: Regímenes laborales 276, CAS, 728 y Ley 30057 que será dictado por los mejores especialistas.
Se busca que el alumno maneje los fundamentos de la relación laboral entre el Estado y sus trabajadores. Así, se espera que los alumnos integren conceptos, dispositivos legales, conozca y reconozca la naturaleza jurídica de cada uno de los regímenes laborales. De esta manera, se contribuye a las competencias del alumno para resolver problemas y afianza el correcto uso de conceptos para su aplicación práctica. El objetivo del curso es proporcionar las herramientas técnicas para el acceso al empleo público.
INICIO, 12 DE MARZO
1. Público
Abogados, jueces, inspectores de Sunafil, secretarios técnicos de procedimiento disciplinarios, profesores de derecho, funcionarios y servidores públicos (asistentes), gestores de recursos humanos, funcionarios públicos, estudiantes de derecho y público interesado.
2. Fechas del curso
El curso inicia el domingo, 12 de marzo de 2023 y finaliza el domingo, 30 de abril de 2023.
3. Duración del curso
El curso consta en total de 12 sesiones en vivo. Cada sesión dura tres horas. Las clases se llevarán a cabo los domingos Full Day de 8:00 a. m. a 11:00 a. m. y 11:30 a. m. a 2:30 p. m. Incluye dos clases de reforzamiento en vivo.
4. Modalidad virtual
Las clases serán transmitidas en vivo y en directo en calidad HD a través de nuestra plataforma virtual (virtual.lpderecho.pe) a la que podrá acceder mediante una clave proporcionada por LP. El participante podrá ver los vídeos nuevamente porque se quedarán grabados en la plataforma.
Asimismo, se podrán descargar en PDF los respectivos materiales de enseñanza (artículos académicos, diapositivas, jurisprudencia, etc.). El participante podrá acceder al aula virtual hasta cuatro meses después de finalizado el curso.
5. Expositores
- Kenny Díaz Roncal (Abogado y Magíster en Derecho del Trabajo por la PUCP. Máster en políticas públicas por University of Bristol. Profesor de la Facultad de Derecho de la PUCP).
- Gladys Gabriela Cusimayta Lobo ( y e)
- José Luis Jara Bautista (Abogado laboralista. Maestría en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos).
- José María Pacori Cari (Abogado administrativista y autor de libros de la especialidad)
- Ana Cecilia Crisanto Castañeda (Doctora en Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos, Madrid. Licenciada en Derecho por la Universidad de Piura)
- Gustavo Adolfo Rico Iberico (Abogado y asesor legal de la oficina de recursos humanos del Ministerio de economía y finanzas)
- Carmen Beltrán Vargas (Magíster en Finanzas y Derecho Corporativo por la Universidad ESAN -PERÚ; abogada graduada en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Especialización en materia de Gestión Pública, Compliance y Cooperación Internacional).
- Joel Cáceres Paredes (Abogado y profesor universitario de la Facultad de Ciencias Sociales de la UNMSM. Master en Política Social, Trabajo y Bienestar por la Universidad Autónoma de Barcelona).
INICIO, 12 DE MARZO
6. Bloque temático del curso Derecho laboral público
Sesión en vivo 1: Enfoques teóricos del derecho laboral en el sector público
Sesión en vivo 2: La legislación laboral peruana a la luz de las teorías sobre empleo público
Sesión magistral 1 en vivo: El sistema de gestión de RR.HH en el sector público
Sesión en vivo 3: Régimen laboral del Decreto Legislativo 276
Sesión en vivo 4: El Servicio Civil en la Ley 30057
Sesión en vivo 5: Contrato del decreto legislativo 1057 (CAS)
Sesión en vivo 6: Uso del Decreto Legislativo 728 en el sector público
Sesión en vivo 7: Régimen Disciplinario en el sector público
Sesión en vivo 8: Pronunciamientos de observancia obligatoria del Tribunal del Servicio Civil
Sesión en vivo 9: Derechos colectivos en el sector público (libertad sindical)
Sesión en vivo 10: Derecho de negociación colectiva y huelga en el sector público
Sesión magistral 2 en vivo: La reposición de los contratos laborales en el sector público
Sesión en vivo 11: Impugnación de actos administrativos
Sesión en vivo 12: Documentos de gestión institucional
7. Inversión
– Profesionales, bachilleres y egresados: 400 soles
– Estudiantes de pregrado: 370 soles (acreditar con carné universitario vigente u otro documento)
– Corporativo: 370 soles (a partir de tres personas)
– Alumnos LP: 350 soles (alumnos que se hayan matriculado en cursos o diplomados anteriores de LP, no incluye seminarios, cursos gratuitos ni congresos).
INICIO, 12 DE MARZO
8. Beneficios
- Acceso al aula virtual hasta cuatro meses después de terminado el curso.
- Fólder, block y lapicero.
- Dos videos educativos de Derecho Laboral Público.
IMPORTANTE: El envío de los beneficios y el certificado a cualquier parte del país tiene un costo de 35 soles y se realiza después de culminado el curso.
9. Medios de pago
Titular: Escuela de Derecho LP
-
- Ahorros BCP: 193-70642051-0-05
CCI 002-193-170642051005-10 - Ahorros BBVA: 0011-0184-0200722061
CCI 011-184-000200722061-95 - Corriente Interbank: 047-300404804-2
CCI 003-047-003004048042-85 - Yape: +51 933 997 679
- Tarjeta de crédito
- Ahorros BCP: 193-70642051-0-05
Titular: Elizabeth Rebeca Mayta Iquise
-
- Ahorros Banco de la Nación: 04-123-070432
- Ahorros Scotiabank: 035-7447671
CCI 00906020035744767151 - Plin: +51 958 733 225
IMPORTANTE: El alumno deberá enviar la foto o imagen del voucher al whatsapp 944515009 o al correo [email protected], indicando el nombre del diplomado, su nombre completo, DNI, celular, correo electrónico, dirección detallada (departamento, provincia y distrito) y comprobante de pago que prefiere (boleta o factura).
Este programa académico se encuentra sujeto a nuestro reglamento académico, revíselo AQUÍ.
Para más información puede dejar su whatsapp o enviar directamente un mensaje al whatsapp 948348314. También puede escribir al correo [email protected]
Inscríbete aquí Más información

![La cuestión prejudicial es el único medio de defensa que no puede promoverse en la etapa intermedia, sino únicamente durante la investigación preparatoria, pues, aunque el artículo 350 permite la interposición de excepciones e incluso de la cuestión previa en dicha etapa, no contempla tal posibilidad respecto de aquella [Casación 79-2020, Puno, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/05/POST-antinomia-LPderecho-218x150.png)
![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![La declaración de nulidad del traslado de la acusación suspende el inicio del control de acusación, pero no retrotrae el proceso a la etapa de investigación preparatoria (recurrente sustenta su solicitud de aclaración en la consideración de que, al disponerse la integración de la acusación, resultaba coherente también dejar sin efecto la acusación) [Apelación 102-2024, Corte Suprema, f. j. 4.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-DOCUMENTO-ESCRITORIO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)


![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase de trabajadores CAS a partir de la vigencia de la Ley 32563 (8 ABR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-GRATUITA-JOSE-MARIA-PACORI-CARI-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![Norma para el prevenir lavado de activos y financiamiento del terrorismo en casinos, tragamonedas y apuestas deportivas [Resolución SBS 01015-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/SBS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Actualizan política de subsidios del transporte urbano de pasajeros de Lima y Callao [Decreto Supremo 009-2026-MTC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/transporte-publico-trafico-embotellamiento-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento de la Ley de gestión integral de sustancias químicas [DS 005-2026-MINAM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/Sustancias-quimicas-LPDerecho-218x150.jpeg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)




















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)


![La cuestión prejudicial es el único medio de defensa que no puede promoverse en la etapa intermedia, sino únicamente durante la investigación preparatoria, pues, aunque el artículo 350 permite la interposición de excepciones e incluso de la cuestión previa en dicha etapa, no contempla tal posibilidad respecto de aquella [Casación 79-2020, Puno, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/05/POST-antinomia-LPderecho-100x70.png)
![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-100x70.png)
![Norma para el prevenir lavado de activos y financiamiento del terrorismo en casinos, tragamonedas y apuestas deportivas [Resolución SBS 01015-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/SBS-LPDerecho-100x70.jpg)


