Con el objetivo de precisar el correcto uso del lenguaje inclusivo, de acuerdo con los alcances de la Real Academia de la Lengua Española, a fin de evitar su desdoblamiento innecesario, para referirse a mujeres y hombres, el Pleno del Parlamento aprobó por mayoría una norma para este caso.
Durante el Pleno, se debatió el dictamen recaído en el proyecto de ley 3464/2022-CR, en virtud del cual se propone la ley que promueve el correcto uso del lenguaje inclusivo, evitando su desdoblamiento innecesario, para referirse a mujeres y hombres
El titular de la Comisión de Educación, José Balcázar Zelada (PB), sustentó el dictamen señalando que de lo que se trata es de facilitar la comunicación y el entendimiento del mensaje oral y escrito, en especial en personas con trastornos de aprendizaje específico, de conformidad con las reglas de la gramática y la lingüística.
“La presente iniciativa legislativa tiene por objeto modificar el artículo 4 de la Ley 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, con la finalidad de precisar el correcto uso del lenguaje inclusivo, de acuerdo con los alcances de la Real Academia de la Lengua Española, entre otros aspectos”, manifestó.
Se propone que el uso del lenguaje inclusivo no promueva su desdoblamiento innecesario para referirse a mujeres y hombres. Se entiende como desdoblamiento innecesario del lenguaje inclusivo la mención a ambos géneros en el mensaje cuando exista un término genérico que ya incluye a ambos, como en los casos: «Los niños y las niñas» o «los y las niñas», entre otros.
También se señala que las menciones hechas en el lenguaje oral o escrito utilizados en el sector público, referidas a personas, titulares de funciones y responsabilidades en el Estado, no hacen discriminación alguna entre mujeres y hombres, en concordancia con lo establecido en el numeral 3 del artículo 4 de la Ley 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
La legisladora María Jáuregui Martínez (RP), autora de la iniciativa de ley manifestó que algunos términos como “los”, “las” entre otros desdoblamientos, del lenguaje no ayuda a la formación de los niños y se estaría haciendo un mal uso del lenguaje inclusivo.
“Se consultó a la Academia Peruana de la Lengua, quienes hicieron llegar su opinión al respecto respaldando esta iniciativa, es necesario cuidar este espacio educativo», refirió.
Susel Paredes Piqué (CD-JP), planteó la necesidad de establecer mecanismos que permitan visibilizar a las mujeres en igualdad de condiciones y dijo apoyar la iniciativa de ley. Su colega Ruth Luque Ibarra (CD-JP), también coincidió con su antecesora y señaló la necesidad de reconocer el rol y espacio de las mujeres a través de los lenguajes inclusivos como una herramienta para visibilizar a diversos sectores sociales. Igual apoyó lo dio a conocer Sigrid Bazán Narro (CD-JP).
La legisladora Rosangella Barbarán Reyes (FP), dijo no compartir con la iniciativa de ley por diversos motivos porque sí, se da los espacios en igualdad de condiciones para hombres y mujeres.
Al finalizar la participación de los representantes, la iniciativa fue aprobada por 78 votos a favor, 21 en contra y 05 abstenciones.
#CongresoInforma | Con el objetivo de promover el uso adecuado del lenguaje inclusivo, el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley 3464.
Más información aquí ?️ https://t.co/tBu1pjK59x pic.twitter.com/N5u0nKS3C2
— Congreso del Perú ?? (@congresoperu) September 16, 2023
Fuente: Congreso de la República
![Para que opere la interrupción de la prescripción de la acción penal no se requiere que la persona haya sido formalmente incorporada como imputado; basta que en la investigación haya indicios que la vinculen con el hecho delictivo [Apelación 166-2023, Lima, ff. jj. 14, 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre excepción de improcedencia de acción. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-NOHELIA-MENGOA-mascara_LP-218x150.jpg)
![Conversión de pena en ejecución de sentencia en delito de omisión a la asistencia familiar [Exp. 5256-2022-90]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)
![El adelanto de fallo no constituye una sentencia ni produce efectos jurídicos, por lo que no puede usarse como fundamento para desistirse de un recurso [Casación 1027-2025, San Martín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![SINTRA-PROMPERÚ le gana a PromPerú pese a excusa de falta de presupuesto [Exp. 00175-2025-0-1864-SP-LA-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)



![Nombrar a alguien «gerente» no basta para considerarlo trabajador de confianza [Cas. Lab 33748-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/despido-por-liquidacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Declaran ilegal requisito exigido por la Municipalidad de Lima para obtener licencia de funcionamiento en el Centro Histórico [Resolución 0092-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/MUNICIPALIDAD-LIMA-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Sunafil designa a vocales de la Segunda Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral [Resolución Suprema 007-2026-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Multan a Claro por enviar 22 mensajes de texto con publicidad sin consentimiento del cliente [Res. 4246-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Para que opere la interrupción de la prescripción de la acción penal no se requiere que la persona haya sido formalmente incorporada como imputado; basta que en la investigación haya indicios que la vinculen con el hecho delictivo [Apelación 166-2023, Lima, ff. jj. 14, 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Declaran ilegal requisito exigido por la Municipalidad de Lima para obtener licencia de funcionamiento en el Centro Histórico [Resolución 0092-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/MUNICIPALIDAD-LIMA-LPDERECHO-100x70.jpg)




![Para que opere la interrupción de la prescripción de la acción penal no se requiere que la persona haya sido formalmente incorporada como imputado; basta que en la investigación haya indicios que la vinculen con el hecho delictivo [Apelación 166-2023, Lima, ff. jj. 14, 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Destituyen a juez por pedir favores sexuales y 6000 soles a esposa de sentenciado [Resolución 124-2021-JNJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/jnj-3-324x160.jpg)