Cómo contratar trabajadores. Bien explicado por César Puntriano

Esta vez hablaremos de la contratación laboral, es decir, cómo contratar trabajadores, cuándo un trabajador tiene que estar incorporado en planilla.

Para eso lo primero que debemos tener en cuenta es que nuestro sistema legal presume que ante una relación de servicios personales, es decir, a cargo de una persona natural, remunerados y subordinados, esta persona debe ir incorporada en planilla.

Esta presunción apunta a que este tipo de labores son dependientes, son subordinadas y dan origen a una relación laboral de carácter indeterminado. Esto significa que no es necesario suscribir un contrato y basta con darle de alta al trabajador en el T-Registro.


T-Registro

Es el Registro de Información Laboral de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación – modalidad formativa laboral y otros (practicantes), personal de terceros y derechohabientes. Comprende información laboral, de seguridad social y otros datos sobre el tipo de ingresos de los sujetos registrados.

Para acceder al T-Registro se debe ingresar a través de la CLAVE SOL, a la opción RUC Y OTROS REGISTROS, donde se encontrarán las opciones de ALTA, MODIFICACIÓN Y BAJA, como se muestra a continuación:

A continuación el vídeo completo de Apuntes Laborales, la videocolumna del laboralista César Puntriano.


 

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