¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita a través de Facebook sobre título supletorio. La clase estará a cargo del reconocido especialista Fort Ninamancco Córdova.
El profesor Fort Ninamancco Córdova es abogado y magíster en Derecho con mención en Derecho Civil y Comercial por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Especialista en derecho civil y arbitrajes.
No se pueden perder esta clase llena de consejos prácticos y útiles, algo que —estamos seguros— no encontrarán en otro lugar.
Asimismo, informarles que el profesor Fort Ninamancco Córdova, formará parte de nuestro panel de expositores en nuestro Diplomado de Derecho inmobiliario, registral y notarial, que inicia el 9 de enero de 2024. Si te matriculas hasta el 3 de enero puede llevarse dos libros gratis.
DOS LIBROS GRATIS HASTA EL 3 DE ENERO

Ver más: Diplomado de Derecho inmobiliario, registral y notarial
Nuestro diplomado está dirigido a abogados, jueces, procuradores, servidores públicos, estudiantes de derecho, docentes, registradores, consultores, asesores, agentes inmobiliarios, gerentes o trabajadores que tengan cargos de responsabilidad en la dirección de empres as inmobiliarias o de construcción y público interesado.
Asimismo, contamos con una selecta plana docente, entre los cuales se encuentran: Yessenia Campos Salazar, Rolando Acosta Sánchez, Juan José Garazatua Nuñovero, Sonia Campos Fernández, Miguel Cavero Velaochaga, Martha Silva Díaz, Carlos Alberto Sánchez Coronado, Moisés Arata Solís, Jorge Gonzales Loli, Fort Ninamancco Córdova, entre otros.
La clase gratuita sobre título supletorio se desarrollará este jueves 4 de enero a las 3:00 p. m. Si desean recibir las diapositivas pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.
LA CLASE SE RETRANSMITIRÁ POR FACEBOOK A LA HORA INDICADA
![Aunque es posible el levantamiento del desalojo preventivo, se requiere prueba complementaria, incluso pericial, para acreditar que el predio usurpado se encontraba bajo su posesión, máxime si el proceso ya está en juicio [Casación 3406-2023, Piura, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Si bien no hubo una privación de la libertad física, no corresponde rechazar liminarmente el hábeas corpus si se alega una restricción del derecho a ser asistido por un abogado defensor (hábeas corpus conexo): Fiscal pretendió realizar la declaración del imputado a solas, prohibiendo el ingreso de su abogado a la sala de interrogatorio [Exp. 00121-2026-0, pp. 4-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Falsedad ideológica: No se puede descartar la condición de instrumento público de las hojas de control de asistencia de los jueces por la sola falta de sellos, pues se trata de documentos de carácter oficial, dado que fueron autorizados por la Presidencia de la Corte Superior y sirven para acreditar el cumplimiento de la jornada laboral y generar el pago de las remuneraciones [Apelación 220-2023, Junín, ff. jj. 6.9-6.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La suspensión del plazo de la prescripción del delito del art. 339 del CPP es una norma sustantiva o material, por lo que se aplica a los delitos ocurridos tras su entrada en vigor [Casación 1114-2022, Ucayali, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-218x150.jpg)
![No corresponde realizar un nuevo juicio de apelación con otros jueces si la anulación fue dispuesta por la jurisdicción constitucional [Casación 2289-2025, Tacna, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)






![Cachetear a compañero de trabajo en las instalaciones de la empresa justifica despido (mujer golpeó a su expareja aduciendo que era hostigada sexualmente por él) [Casación 10034-2023, Lima, ff. jj. 15-18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Tres elementos para la configuración de la competencia desleal como falta grave [Casación 7377-2023, Junín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)


![Los criterios de apreciación de la prueba ante un tribunal internacional de DD.HH tienen mayor amplitud, pues la determinación de la responsabilidad internacional de un Estado permite mayor flexibilidad en la valoración de la prueba, de acuerdo con las reglas de la lógica y experiencia [“La Última Tentación de Cristo” (Olmedo Bustos y otros) vs. Chile , ff. jj. 50-51]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)


![Código de Ética y Conducta del Tribunal Constitucional [RA 027-2024-P/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)

![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)












![[Balotario notarial] Todo sobre el poder notarial, sus clases y formalidades](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PODER-NOTARIAL-CONCEPTO-LPDERECHO-218x150.jpg)






![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![No corresponde realizar un nuevo juicio de apelación con otros jueces si la anulación fue dispuesta por la jurisdicción constitucional [Casación 2289-2025, Tacna, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aunque es posible el levantamiento del desalojo preventivo, se requiere prueba complementaria, incluso pericial, para acreditar que el predio usurpado se encontraba bajo su posesión, máxime si el proceso ya está en juicio [Casación 3406-2023, Piura, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Si bien no hubo una privación de la libertad física, no corresponde rechazar liminarmente el hábeas corpus si se alega una restricción del derecho a ser asistido por un abogado defensor (hábeas corpus conexo): Fiscal pretendió realizar la declaración del imputado a solas, prohibiendo el ingreso de su abogado a la sala de interrogatorio [Exp. 00121-2026-0, pp. 4-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Falsedad ideológica: No se puede descartar la condición de instrumento público de las hojas de control de asistencia de los jueces por la sola falta de sellos, pues se trata de documentos de carácter oficial, dado que fueron autorizados por la Presidencia de la Corte Superior y sirven para acreditar el cumplimiento de la jornada laboral y generar el pago de las remuneraciones [Apelación 220-2023, Junín, ff. jj. 6.9-6.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-100x70.jpg)


