¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita sobre introducción al derecho sucesorio. La clase estará a cargo de la especialista Juan Carlos Del Aguila Llanos.
El docente Juan Carlos Del Aguila Llanos es abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Socio fundador del estudio jurídico Del Aguila Llanos Abogados. Abogado litigante especialista en derecho de familia y sucesiones. Escritor de artículos y libros dedicados al derecho de familia. Y profesor exclusivo de LP – Pasión por el derecho.
No puedes perderte esta clase gratuita, útil y práctica, que estamos seguros, no podrán encontrar en otro lugar.
Asimismo, es grato comunicarles que el profesor Juan Carlos Del Aguila Llanos formará parte de nuestra plana docente en el Curso Derecho de sucesiones (testamentos y herencias).

LIBRO «Mi primer juicio de familia. ¿Qué le digo al juez?» GRATIS HASTA EL 26 DE MARZO
Vale precisar que, este curso está dirigido a abogados, jueces, fiscales, profesores de derecho, funcionarios y servidores públicos (asistentes), estudiantes de derecho y a todo el público interesado.
Además, recordarles que en nuestro Curso Derecho de sucesiones (testamentos y herencias), se abordarán temas acerca del fenómeno jurídico sucesorio, apertura de la sucesión, herencia yacente, petición de herencia, indignidad sucesoria, renuncia de la herencia, formalidades del testamento, sustitución de herederos y legatarios, entre otros temas de amplia relevancia en materia de sucesiones.
La clase gratuita sobre introducción al derecho sucesorio se desarrollará este lunes, 25 de marzo a las 11:30 a. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.
Finalmente, recuerda aprovechar la oportunidad y matricularte a nuestro Curso Derecho de sucesiones (testamentos y herencias). y acceder a nuestros beneficios.
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![[VIVO] Clase magistral sobre los problemas del control de acusación (17 marzo)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-MAGISTRAL-CONTROL-DE-ACUSACION-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A través de la excepción de la improcedencia de la acción no es posible pretender el archivo del proceso, al determinarse que la disposición de formalización no vulneró el derecho de defensa y no constituye cosa decidida [Apelación 168-2025, Lima Este, f. j. 8.13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Que el art. 279-G (que tipifica expresamente, entre otros, el uso, porte o tenencia de armas) haya sido incorporado recién en 2016, no significa que antes de esa fecha la posesión era atípica, pues el art. 279 ya reprimía la tenencia sin autorización [Casación 693-2025, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/Sicariato-arma-LPDerecho-218x150.jpg)
![El derecho administrativo sancionador no se rige por el principio de lesividad, sino por criterios de afectación general; de suerte que la sanción administrativa no requiere la verificación de lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos y generalmente opera como respuesta ante conductas formales o de simple desobediencia a reglas de ordenación [RN 2090-2005, Lambayeque, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






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