El juicio oral del Caso Cócteles fue anulado y el proceso ha retrocedido a la etapa intermedia, como consecuencia de una sentencia de amparo emitida por el Tribunal Constitucional (TC).
Según el TC, la acusación fiscal vulneró derechos fundamentales al haber sido sorpresiva, lo que afectó el derecho a la defensa y el debido proceso. Como ocurre con los amparos, la decisión tiene un efecto retroactivo: se retrocede hasta el momento previo a la vulneración del derecho, anulando todo lo actuado desde entonces.
Primero se anuló el juicio del Caso Cócteles y el proceso volvió a la etapa intermedia. Meses después, el fiscal José Domingo Pérez es suspendido de manera preventiva. La coincidencia no pasa desapercibida: el caso pierde dirección justo cuando retrocede, advierten quienes cuestionan el momento en que se ejecutó la suspensión.
En declaraciones para LP, el fiscal aclaró que el proceso para su eventual suspensión llevaba meses tramitándose y que la decisión se produjo luego de que circularan transcripciones de un supuesto audio que revelaría una conspiración para sacarlo de la carrera fiscal. Para Pérez, la coincidencia no es menor y debería ser tomada en cuenta.
Si bien no hay evidencia concluyente sobre la existencia del supuesto audio, lo cierto es que hoy con la salida de José Domingo Pérez, un nuevo fiscal deberá asumir el liderazgo del Caso Cócteles en etapa intermedia.
Las decisiones del nuevo fiscal
En esta etapa, el proceso ofrece varias salidas: el archivo definitivo mediante sobreseimiento/desistimiento, una nueva acusación —esta vez sin el vicio de sorpresa—. Incluso, para Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, jurídicamente, el nuevo fiscal podría optar por una acusación mixta, es decir, acusar por algunos cargos y desistirse de otros.
Si el nuevo fiscal precisa detalles en la acusación, el juez deberá verificar que no incurra nuevamente en el vicio de ser sorpresiva, es decir, que no incluya hechos ni cargos que no hayan sido debatidos previamente en la etapa intermedia del proceso.
Si la acusación prospera y se inicia un nuevo juicio oral, frente a esta situación sui generis, podrían ser los mismos jueces que conocieron el caso quienes asuman su juzgamiento. Quienes tendrían que ser recusados en virtud al artículo 53 de nuestro Código Procesal Penal: ningún magistrado juzgará una causa que ya conoció con anterioridad.
Artículo 53: Código Procesal Penal
d) Cuando hubieren intervenido anteriormente como Juez o Fiscal en el proceso, o como perito, testigo o abogado de alguna de las partes o de la víctima.
Por otro lado, si el nuevo fiscal reconstruye la acusación formulada por José Domingo Pérez y excluye a ciertos investigados o retira algunos delitos, esa nueva acusación también deberá pasar por el tamiz de un juez, quien actúa como filtro antes de dar paso al juicio oral.
Si, en cambio, se opta por el sobreseimiento, la Procuraduría podría interponer recurso de impugnación, dado su interés en la determinación y cobro de la reparación civil. Cualquiera sea el escenario, se avecinan desafíos procesales que definirán la agenda del Caso Cócteles en las próximas semanas.
Revertir la suspensión no garantiza su retorno
A la fecha, aunque José Domingo Pérez busque revertir su suspensión con una impugnación, el camino de su eventual retorno sigue siendo incierto. Según Jorge Zúñiga Escalante, incluso si se anula la sanción, no necesariamente retornaría al Equipo Lava Jato, pues su posición en el equipo es un cargo de confianza asignado por la Fiscal de la Nación, quien podría quitarle la confianza y retornarlo a otra fiscalía.
Salvando las distancias, un antecedente comparable se dio bajo la administración del exfiscal de la Nación, Pedro Chávarry, quien buscó relevar a José Domingo Pérez y Rafael Vela Barba, al tratarse de cargos sujetos a la confianza del fiscal de turno. Aunque dichos cambios no se concretaron, lo cierto es que, desde el punto de vista jurídico, las decisiones sobre los cargos de confianza recaen sobre el Fiscal de la Nación.
Por lo pronto, el nuevo fiscal del Equipo Especial Lava Jato será clave, ya que en etapa intermedia aún es posible cerrar el caso por completo sin llegar a juicio oral. El futuro del proceso ya no depende de Domingo Pérez, sino de quien asuma la dirección. Más allá del fondo del caso, lo que se desconoce ahora es quién tendrá el control y cómo lo ejercerá.