[Actualizado 3.4.2020]
ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
COMUNICADO
Estimados colegas agremiados, reciban el afectuoso saludo de nuestra Junta Directiva, en estos momentos de emergencia que como gremio y sociedad nos toca vivir; el motivo de la presente es para detallar los pasos y requisitos a seguir para el cobro de los beneficios descritos en el comunicado publicado el día, 02 de abril del arto en curso:
1.- Para acceder al beneficio de la devolución del 20% de los aportes provisionales, son los siguientes:
a.- Tener la condición de agremiado/a activo/a y no haber recibido la prestación de Retiro y/o Invalidez.
b.- Solicitud (formulario) dirigida a la Presidenta del Comité de Administración de la CPSA, debidamente firmado y escaneado, el cual deberá ser enviado al siguiente correo: [email protected]
c.- El formulario se encuentra publicado en el siguiente LINK: https://www.cal.org.pe/wp-content/uploads/2020/04/PLANILLA-DE-PRESTACIONES-2020-fondo-mutual.docx
d.- Las solicitudes (formulario) se recibirán para su evaluación hasta el jueves, 30 de abril del año en curso, plazo máximo para su envió al correo electrónico antes señalado.
e.- La respuesta de su solicitud de devolución será comunicado al correo electrónico señalado por el solicitante en el formulario acotado.
2.- Para acceder al beneficio de la prestación retiro y/o invalidez, son los siguientes:
a.- Tener la condición de agremiado/a activó, contar con 30 años de aportación al Colegio de Abogados de Lima y contar con 60 años de edad como mínimo y no haber recibido anteriormente prestación de retiro o invalidez (Artículos 22 y 23 del Reglamento General de la CPSA).
b.- Llenar el Certificado de Pondo Mutual con letra legible, debidamente firmado y escaneado, el cual deberá ser enviado al siguiente correo: [email protected]
c.- El Certificado de fondo mutual (Formulario denominado Prestación de Fondo Mutual del Abogado) se encuentra publicado en el siguiente LINK: https://www.cal.org.pe/v1/wp-content/uploads/2020/04/CERTIFICADO-FONDO-MUTUAL.pdf
3.- Para acceder al beneficio de atención a los agremiados de comprobada necesidad y que no estén comprendidos en la devolución del 20% de los aportes provisionales, son los siguientes:
a.- No estar comprendido como beneficiario en la devolución del 20% de los aportes provisionales correspondientes a la prestación de retiro y/o invalidez.
b.- Solicitud (formulario) dirigida a la Decana del CAL, con atención la Dirección de Bienestar Social, al siguiente correo: [email protected]
c.- El formulario que se encuentra publicado en el siguiente LINK: https://www.cal.org.pe/v1/wp-content/uploads/2020/04/PLANTILLA-DE-PRESTACIONES-2020-fondo-mutual.docx
d.- La respuesta de su solicitud de devolución será comunicado al correo electrónico señalado por el solicitante en el formulario acotado.
En sentido, es oportuno indicar y reiterar que la evaluación sobre su procedencia y el cálculo de los montos otorgados a los beneficiarios agremiados, serán realizadas por las áreas administrativas correspondientes y aprobados por el Comité de la Caja de Previsión Social del Abogado y la Junta Directiva, respectivamente.
Atentamente,
La Junta Directiva
Descargue aquí el formulario auxilio abogados.
Descargue aquí el formulario devolución aportes.
Descargue aquí el formulario de Prestaciones de Fondo Mutuo.
[Nota original]
Compartimos el comunicado que publicó hoy el Colegio de Abogados de Lima. La institución saluda a los abogados por su día, y además informa que se ha dispuesto suspender el pago de las cuotas de los meses de marzo y abril, así como la devolución del 20% de los aportes previsionales de cada abogado que ostente la condición de activo.
Estimados colegas, por el Día del Abogado reciban nuestro saludo y reconocimiento por el papel fundamental que cumple esta noble profesión en la sociedad, ante la búsqueda de la justicia y la paz social.
Estas fechas que suelen ser de gran festividad y acercamiento para nosotros, nos sorprende en momentos difíciles a consecuencia de la pandemia (COVID-19), circunstancias que toca la fibra más sensible del ser humano “el amor a la vida”, y protección a la familia, viviendo actualmente un aislamiento social necesario que nos llama a la reflexión, no sólo sobre nuestro rol como abogados ante esta crisis, sino como ciudadanos haciendo una lucha frontal contra este enemigo invisible que ataca de manera silenciosa al mundo entero, en esta época difícil la unidad, fortaleza y esperanza deben ser la bandera que flamea en nuestros corazones.
Nuestra Bicentenaria institución, caracterizada a través de su historia por enfrentar diversas vicisitudes en defensa del orden constitucional, el lisiado de derecho, combatiendo la injusticia, fiel a su legado histórico se suma en defensa de la sociedad. Sin embargo, somos conscientes de la afectación económica, sobretodo de los colegas que ejercen la profesión de manera independiente y de los agremiados adultos mayores, ante ello, es nuestra obligación contribuir a aliviar esta difícil situación, adoptando acciones inmediatas, respetando nuestro ordenamiento interno que no ponga en riesgo los recursos de todos los abogados contenidos en la Caja de Previsión Social.
Por lo expuesto, se ha dispuesto las siguientes acciones:
1.- Suspender el pago de las cuotas correspondientes a los meses de marzo y abril 2020.
2.- Exonerar del pago por concepto de derecho a trámite para acceder al formulario de prestación del retiro o invalidez.
3.- Implementación del expediente virtual para los trámites de prestación de retiro e invalidez a quienes lo requieran, y cumplan con los requisitos señalados en el Reglamento de la CPSA, cuyas solicitudes deben ser remitidas al correo electrónico: [email protected].
4.- Disponer a solicitud del abogado, la devolución del 20% de los aportes previsionales de cada abogado que ostente la condición de activo, cuyo cálculo de devolución se tomará en cuenta desde su primer aporte provisional (CPSA) posterior a su incorporación al CAL. hasta la fecha de su solicitud, El mismo se descontará de la prestación de retiro y/o invalidez que lo solicite en su momento. Adjuntar formulario – Página Web), al correo [email protected]
5.- Disponer del presupuesto asignado al día del abogado ascendente a S/. 30 000,00 soles, para la atención de los agremiados de comprobada necesidad, que no se encuentren comprendidos en el supuesto señalado en el párrafo precedente, previa calificación y aprobación de la Junta Directiva.
El detalle de los mecanismos, así como los formularios antes mencionados para hacer viable las acciones serán publicados a través de la página web CAL.
Invocamos a todos los abogados su comprensión y colaboración, estamos seguros que saldremos adelante como gremio y país, la historia así lo ha demostrado, los abogados tenemos un rol fundamental en la resolución de la crisis nacionales y esta no es la excepción, la circunstancia así lo exigen, que la memoria y el ejemplo de los grandes maestros del Derecho que nos antecedieron en la dirección de nuestra orden nos guíen y que Dios proteja a todos y cada uno de ustedes.
Miraflores, 2 de Abril de 2020
La Junta Directiva
![Sujeto que declara sus ingresos por explotación de imagen, pero no los tributa al interpretar erróneamente que dicha obligación correspondía a su empleador, evidencia la ausencia de ánimo defraudatorio (caso Xabi Alonso) [STSJ CAT 4320/2023, f. j. 5.4.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Si bien las discordancias en parte del testimonio de la denunciante de violación afectan su fiabilidad, ello no determina su exclusión, pero sí impone un deber reforzado de contraste y corroboración (caso Dani Alves) (España) [STSJ CAT 879/2025, f. j. 6.10.5. ii.ii)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-ESPOSAS-DINERO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La «tenencia momentánea» puede ser típica: Encontrar un arma, manipularla y tratar de ocultarla, revela conocimiento, disponibilidad y control suficiente para configurar el delito de tenencia ilegal de arma [Casación 250-2024, Tacna, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Elementos típicos del actual delito de organización criminal según la Ley 32108: grupo con estructura compleja y desarrollada, con capacidad operativa; tres o más integrantes; estable o permanente; distribución de roles concertado y jerarquizado; orientación a cometer delitos graves (pena mayores a 6 años); finalidad de controlar una economía o mercado ilegal, buscando beneficio económico [Casación 54-2022, Madre de Dios, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-LEYES-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala otorga tenencia a padre conocido por protestar cantando en frontis de juzgado [Expediente 02892-2021-0-2001-JR-FT-04]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PADRE-CANTANDO-PROTESTA-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png)
![Suprema fija plazo de 20 días para impugnar laudos económicos que resuelven una negociación colectiva bajo la Ley 31188 [Apelacion 2510-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Varias organizaciones sindicales pueden negociar en conjunto si ninguna alcanza el cincuenta por ciento más uno de afiliados? [Informe Técnico 1269-2025-Servir-GPGSC] sindicato licencia sindical](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/sindicato-licencia-sindical-LPDerecho-218x150.png)



![La prueba trasladada no lesiona el derecho de defensa si abogado tuvo la posibilidad de efectuar sus observaciones y realizar un contrainterrogatorio [Exp. 01570-2024-PHC/TC, f. j. 23] Recurso de elevación de actuados](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-fachada-tc-peru-LPDerecho-218x150.png)
![Indecopi declara ilegales restricciones de Migraciones que impedían la participación de apoderados en trámites administrativos [Res. 0363-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Indecopi declara ilegales restricciones de Migraciones que impedían la participación de apoderados en trámites administrativos [Res. 0363-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Indecopi declara ilegal que municipio limite venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado hasta las 11 p. m. [Res. 0382-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/BODEGA-ALCOHOL-DOCUMENTO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Sujeto que declara sus ingresos por explotación de imagen, pero no los tributa al interpretar erróneamente que dicha obligación correspondía a su empleador, evidencia la ausencia de ánimo defraudatorio (caso Xabi Alonso) [STSJ CAT 4320/2023, f. j. 5.4.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Si bien las discordancias en parte del testimonio de la denunciante de violación afectan su fiabilidad, ello no determina su exclusión, pero sí impone un deber reforzado de contraste y corroboración (caso Dani Alves) (España) [STSJ CAT 879/2025, f. j. 6.10.5. ii.ii)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-ESPOSAS-DINERO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![La «tenencia momentánea» puede ser típica: Encontrar un arma, manipularla y tratar de ocultarla, revela conocimiento, disponibilidad y control suficiente para configurar el delito de tenencia ilegal de arma [Casación 250-2024, Tacna, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Elementos típicos del actual delito de organización criminal según la Ley 32108: grupo con estructura compleja y desarrollada, con capacidad operativa; tres o más integrantes; estable o permanente; distribución de roles concertado y jerarquizado; orientación a cometer delitos graves (pena mayores a 6 años); finalidad de controlar una economía o mercado ilegal, buscando beneficio económico [Casación 54-2022, Madre de Dios, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-LEYES-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Indecopi declara ilegales restricciones de Migraciones que impedían la participación de apoderados en trámites administrativos [Res. 0363-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Sujeto que declara sus ingresos por explotación de imagen, pero no los tributa al interpretar erróneamente que dicha obligación correspondía a su empleador, evidencia la ausencia de ánimo defraudatorio (caso Xabi Alonso) [STSJ CAT 4320/2023, f. j. 5.4.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
