Acciones a considerar previo al regreso y/o reincorporación de los servidores civiles a las entidades públicas:
• Clasificar los puestos de acuerdo al riesgo de exposición, tomando en cuenta para ello: riesgo bajo, riesgo mediano, riesgo alto y riesgo muy alto, para que se tomen las medidas sanitarias correspondientes, de acuerdo a dicha clasificación.
• Identificar los servidores que se encuentran dentro del grupo de riesgo.
• Aprobar el «Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo», de acuerdo a la RM 239-2020-MINSA, sus modificatorias y normas complementarias.
Lea también: Servir publica guía con medidas de seguridad para el retorno de las labores
OFICIO MULTIPLE 10-2020-SERVIR-GDSRH
Lima, 18 de mayo de 2020
Señor(a):
GERENTES GENERALES / SECRETARIOS GENERALES Presente.-
Asunto: Cumplimiento de recomendaciones en el marco del proceso de Seguridad y Salud en el Trabajo – SST.
Tengo el agrado de dirigirme a usted con relación al proceso de Seguridad y Salud en el Trabajo – SST del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH) del cual la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, es el ente rector. En ese marco, es importante recordar que desde el 16 de marzo del presente año a la fecha, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM del 15 de marzo del 2020, y modificatorias, se declaró el estado de emergencia nacional, disponiéndose el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del covid-19. Del mismo modo, es importante recordar que a la fecha sigue vigente la declaratoria de emergencia sanitaria producida por la covid-19 en el Perú, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA.
Ante esta situación, las entidades públicas deben cumplir con lo estipulado en la Resolución Ministerial 239-2020-MINSA, sus modificatorias y normas complementarias, respecto a las acciones a considerar previo al retorno o reingreso de los servidores civiles a las entidades públicas, para lo cual deben realizar lo siguiente:
Clasificar los puestos de acuerdo al riesgo de exposición, tomando en cuenta para ello: riesgo bajo, riesgo mediano, riesgo alto y riesgo muy alto.
Lea también: Servir: medidas y condiciones de seguridad y salud para realizar trabajo remoto
Identificar los servidores que se encuentran dentro del grupo de riesgo , los cuales hasta la fecha son:
-
- Personas mayores a 65 años
- Hipertensión no controlada
- Enfermedades cardiovasculares graves
- Cáncer
- Diabetes Mellitus
- Asma moderada o grave
- Enfermedad pulmonar crónica
- Insuficiencia modular crónica con hemodiálisis
- Enfermedad o tratamiento inmunosupresor
- Obesidad IMC igual o mayor a 40
Elaborar el «Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo» para que sea aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, previo al reinicio de labores.
De igual forma, es importante señalar que con la finalidad de resguardar la seguridad y salud de los servidores, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 030-2020-SERVIR/PE, SERVIR aprobó la primera versión de la Guía Operativa de Gestión de Recursos Humanos durante la declaratoria de la Emergencia Sanitaria producida por el covid-19, la guía tiene como objetivo poner a disposición de las entidades recomendaciones que le permitan priorizar la seguridad y salud de los servidores y de los ciudadanos sin que ello implique dejar de prestar los bienes y servicios a los ciudadanos.
Finalmente, es importante señalar que SERVIR en el marco de sus atribuciones establecidas en el artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1023 y en el literal e) del artículo 2 del Reglamento General de la Ley N° 30057 aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, puede dar inicio a las acciones de supervisión pertinentes ante el incumplimiento de las políticas y normas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos por parte de las entidades de la administración pública.
De tener dudas o consultas puede escribirnos a [email protected] o contactarnos al (01) 2063370 anexo 2510, que gustosamente lo atenderemos y absolveremos sus consultas.
Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y estima.
Atentamente,
DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE MAGALI ELLA MEZA MUNDACA
GERENTA DE DESARROLLO DEL SISTEMA DE RECURSOS HUMANOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Fuente: Servir

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![La apología al terrorismo no tiene como fin provocar nuevas acciones delictivas; su daño está en alabar, destacar y resaltar el terrorismo o a sus autores con condena firme, contribuyendo a legitimar las acciones de fuerzas contrarias al orden constitucional y sus valores [Exp. 00005-2020-AI/TC, f. j. 45]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
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