Jurisprudencia del artículo 423 del Código Penal.- Negativa al cumplimiento de obligaciones de notario y auxiliares jurisdiccionales

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Artículo 423.-Negativa al cumplimiento de obligaciones de notario y auxiliares jurisdiccionales
El notario o secretario de juzgado o fiscalía o cualquier otro auxiliar de justicia que se niega a cumplir las obligaciones que legalmente le corresponde, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año, o con treinta a sesenta días-multa.


Concordancias

C: art. 139; CP: arts. 12, 29, 41-44, 46A, 57-68, 92, 93, 425, 426; NCPP: arts. 286, 287.


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