Artículo 362.- Ostentación de distintivos de función o cargos que no ejerce
El que, públicamente, ostenta insignias o distintivos de una función o cargo que no ejerce o se arroga grado académico, título profesional u honores que no le corresponden, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año o con prestación de servicio comunitario de diez a veinte jornadas.
Concordancias
C: arts. 20, 39, 40, 46; CP: arts. 12, 29, 34, 52, 57-68, 92, 93, 361; NCPP: art. 286.
Jurisprudencia del artículo 362 del Código Penal
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Corte Suprema
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- El Estado es el único quien puede otorgar distintivos o insignias que representen a la autoridad pública [Casación 843-2019, Apurímac]. Link: bit.ly/400KDua
- Objeto de protección en el delito de ostentación de distintivos de función o cargos que no ejerce [Casación 843-2019, Apurímac]. Link: bit.ly/3Jq4XOk
- Desarrollo de dos modalidades delictivas en el delito de ostentación de distintivos de función o cargos que no ejerce [Casación 843-2019, Apurímac]. Link: bit.ly/3LDwwql
- Desarrollo del elemento subjetivo en el delito de ostentación de distintivos de función o cargos que no ejerce [Casación 843-2019, Apurímac]. Link: bit.ly/3JrA8ZB
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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