Artículo 337.- Apreciación judicial de sevicia, injuria y conducta deshonrosa
La sevicia, la injuria grave y la conducta deshonrosa son apreciadas por el Juez teniendo en cuenta la educación, costumbre y conducta de ambos cónyuges.
Concordancias
CC: arts. 333.2, 333.4, 333.6, 345A, 349, 353, 724, 735.
Jurisprudencia del artículo 337 del Código Civil
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Corte Suprema
- Que exesposo haya acusado de infiel a excónyuge denota ánimo injurioso al haberla deshonrado e imposibilita vida en común [Casación 34-2000, Lima]. Link: lpd.pe/kOmvz
- Se constituye en injuria grave las constantes llamadas realizadas por exesposa a agraviado al ser de magnitud ofensiva [Casación 2239-2001, Lima]. Link: lpd.pe/kdQQZ
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