Jurisprudencia del artículo 146 del Código Procesal Penal.- Subsidiariedad (los plazos)

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Procesal Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Artículo 146.- Subsidiariedad
El Fiscal o el Juez podrán fijar plazos a falta de previsión legal o por autorización de ésta.


Concordancias

NCPP: arts. 192, 194; CPC: arts. 141, 144.


Jurisprudencia del artículo 146 del Código Procesal Penal

  • Corte Suprema 

    1. Juez establece que las diligencias preliminares en procesos complejos deben durar ocho meses como máximo (doctrina jurisprudencial) [Casación 144-2012, Áncash]. Link: bit.ly/3PJn0jO
  • Corte Superior

    1. Juez otorga 30 días de plazo para que la defensa se preparare con tiempo y observe la acusación que tiene 14 120 págs. [Exp. 01431-2018-346]. Link: bit.ly/3R6RlJY

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