Artículo 139.- Principios de la Administración de Justicia*
Son principios y derechos de la función jurisdiccional:
[…]
3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.
Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación.
[…]
* Artículo modificado por la Ley 31988, publicada el 20 de marzo de 2024. Modificó el segundo párrafo del numeral 2.
Concordancias
C: arts. 2.23, 93, 97, 118.9, 139.8, 143, 146, 149, 173, 205; DUDH: arts. 8, 10; PIDCP: arts. 2.3.b, 14.1, 14.3; DADDH: arts. XVIII, XXVI; CADH: arts. 8.1, 25; NCPC: arts. 9, 33.12, 33.14, 33.22.
Jurisprudencia del artículo 139.3 de la Constitución
Debido proceso y tutela jurisdiccional efectiva
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Tribunal Constitucional
- El derecho al debido proceso y los derechos que posee como contenido son invocables no solo en el ámbito del proceso judicial, sino también en otros espacios como el procedimiento administrativo [Exp. 08495-2006-AA/TC, f. j. 32]. Link: lpd.pe/yxWGw
- Creación de juzgados y salas especializadas no es materia reservada a la ley orgánica y busca optimizar la administración de justicia así como garantizar la tutela jurisdiccional [Exp. 1276-2005-HC/TC, ff. jj. 1-3]. Link: lpd.pe/yJLRd
- Sancionar en un procedimiento disciplinario basándose en una norma no publicada vulnera el derecho al debido proceso [Exp. 3901-2007-PA/TC, ff. jj. 6-7]. Link: lpd.pe/z4Qg7
- Consignar dirección incorrecta en un proceso judicial puede considerarse una «anomalía procesal», pero no implica que el proceso sea irregular [Exp. 763-2005-PA/TC, f. j. 4]. Link: lpd.pe/NDn4B
- Expulsión de asociado mediante carta notarial vulnera debido proceso al no evidenciarse una investigación formal sobre los cargos [Exp. 733-2005-PA/TC, ff. jj. 4-7]. Link: lpd.pe/NVLgJ
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Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Seis características que deben cumplir los recursos judiciales para cumplir las garantías procesales mínimas: a) recurso ordinario, b) accesible y c) eficaz, d) que permita un examen o revisión integral del fallo recurrido, e) esté al alcance de toda persona condenada y f) respete las garantías procesales mínimas [Norín Catrimán y otros vs. Chile, ff. jj. 269-270]. Link: lpd.pe/N962K
- La destitución de magistrados mediante resolución dictada por órgano incompetente y sin la oportunidad de ser oídos vulnera el debido proceso [Quintana Coello y otros vs. Ecuador, f. j. 180]. Link: lpd.pe/zRL6Y
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Tribunal Europeo de Derechos Humanos
- Derecho a un tribunal garantiza no solo que la persona pueda reclamar sus derechos sino también que decisiones definitivas no queden inoperantes [Hornsby vs. Grecia, f. j. 40]. Link: lpd.pe/zYvkp
Contenido implícito
Acceso a la justicia
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Tribunal Constitucional
- El acceso a la justicia como contenido implícito de la tutela jurisdiccional protege el acceso a un recurso efectivo y al procedimiento idóneo [Exp. 010-2001-Al/TC, f. j. 10]. Link: lpd.pe/yA5JL
- El acceso a la justicia es un derecho que puede ser limitado; sin embargo, la validez de ello reside en que no se obstaculice irrazonablemente el acceso del particular a un tribunal [Exp. 2070-2003-AA/TC, f. j. 6]. Link: lpd.pe/EGLVp
Derecho a un juez independiente e imparcial
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Tribunal Constitucional
- Magistrado no vulneró imparcialidad al participar en sentencia condenatoria e integrar colegiado que, respaldado por otros dos, anuló la absolutoria [Exp. 01132-2019-PHC/TC, ff. jj. 13-14, 16]. Link: lpd.pe/yb3L3
- La condena por magistrados sin rostro vulnera derecho a un juez competente, imparcial e independiente al impedir conocer al juzgador [Exp. 0258-2003-HC/TC, ff. jj. 2-3]. Link: lpd.pe/ywpGB
Derecho a la prueba
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Tribunal Constitucional
- No admitir ni actuar de manera adecuada medio probatorio ofrecido por el recurrente en proceso judicial vulnera derecho a la prueba [Exp. 03997-2013-HC/TC, f. j. 10]. Link: lpd.pe/EMPQ1
- Rechazo de documentos médicos por estar en inglés vulnera el derecho a la prueba del procesado en casos de prisión preventiva [Exp. 03248-2019-PHC/TC, ff. jj. 82-87]. Link: lpd.pe/EmQY5
- «Prueba diabólica» es aquella que es de difícil o incluso imposible acreditación para el denunciado [Exp. 06135-2006-PA/TC, ff. jj. 6-7]. Link: lpd.pe/2jyK0
Derecho a los medios impugnatorios
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Tribunal Constitucional
- Intervención en el derecho al acceso a los recursos (queja) debe estar debidamente justificada desde una perspectiva formal (legalidad) y material (proporcionalidad) [Exp. 09285-2006-PA/TC, ff. jj. 3-4]. Link: lpd.pe/2jyK0
Plazo razonable
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Tribunal Constitucional
- Derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas forma parte del debido proceso, principio constitucional aplicable a todo proceso en general [Exp. 3778-2004-AA/TC, f. j. 20]. Link: lpd.pe/E3v3B
- Voto de magistrado: Se vulnera al plazo razonable con actuación negligente de jueces que genera duración excesiva de proceso laboral y demora la emisión de sentencia firme [Exp. 03360-2011-PA/TC, f. j. 8]. Link: lpd.pe/Ek8qD
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Tribunal Europeo de Derechos Humanos
- Los Estados tienen la obligación de organizar su sistema judicial de manera que los tribunales puedan cumplir con escuchar casos dentro de un tiempo razonable [Sahiner vs. Turquía, ff. jj. 28-29] Link: lpd.pe/z8B5K
Prohibición de «reformatio in peius»
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Tribunal Constitucional
- La prohibicion de «reformatio in peius» integra el debido proceso y garantiza que el órgano revisor no agrave la situación del apelante en su decisión [Exp. 05975-2008-PHC/TC, f. j. 3]. Link: lpd.pe/EeW1m
«Ne bis in ídem»
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Tribunal Constitucional
- El principio «ne bis in ídem» está implícito en el derecho al debido proceso y posee una doble configuración: versión material y connotación procesal [Exp. 2050-2002-AA/TC, ff. jj. 18-19]. Link: lpd.pe/zQd3g
- «Ne bis in idem» requiere una resolución firme y la concurrencia de sus tres componentes: a) identidad de la persona, b) del objeto y c) de la causa de persecución [Exp. 01887-2010-PHC/TC, f. j. 15]. Link: lpd.pe/ywpWQ
Jurisdicción determinada y juez natural
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Tribunal Constitucional
- El derecho al juez natural exige que la competencia del juez sea determinada a partir de reglas preestablecidas [Exp. 010-2002-AI/TC, f. j. 103]. Link: lpd.pe/yaj1D
- Derecho a no ser desviado de la jurisdicción preestablecida es un derecho de configuración legal [Exp. 1934-2003-HC/TC, f. j. 6]. Link: lpd.pe/E6Mnd
- El derecho a no ser sometido a procedimiento distinto al previamente establecido garantiza que las reglas del juego sean iguales para todos, concretizando el principio de igualdad ante la ley [Exp. 05037-2011-AA/TC, ff. jj. 9, 11]. Link: lpd.pe/EmQwD
- El reemplazo de juez como director de debates por segunda vez constituye una irregularidad procesal pero no significa la violación de la libertad personal [Exp. 01521-2015-PHC/TC, ff. jj. 10-11]. Link: lpd.pe/yg5qY
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Corte Interamericana de Derechos Humanos
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- La persona tiene derecho a ser juzgada por un tribunal competente, con arreglo a los procedimientos legalmente establecidos, y tiene derecho al juez natural, el cual deriva su existencia y competencia de la ley [Barreto Leiva vs. Venezuela, ff. jj. 77-80]. Link: lpd.pe/yg5qY
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo de la Constitución Política. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].