Publicado el 17 de febrero de 2020, en el diario oficial El Peruano.
Formalizan la aprobación de la Directiva Nº 004-2020-OSCE/CD “Reglamento del Régimen Institucional de Arbitraje Especializado y Subsidiario en Contrataciones del Estado a cargo del Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (SNA – OSCE)”
RESOLUCIÓN 032-2020-OSCE/PRE
Jesús María, 13 de febrero de 2020
VISTO:
El Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 001-2020/OSCE-CD – Sesión Ordinaria, suscrita el 3 de febrero de 2020; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, el literal f) del artículo 52 del citado Texto Único Ordenado señala que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE tiene la función de emitir directivas en materias de su competencia;
Que, el artículo 54 del citado Texto Único Ordenado prevé que el Consejo Directivo es el máximo órgano del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo;
Que, de conformidad con el artículo 6 y el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de la Resolución que se emita sobre el particular;
Que, mediante Resolución Nº 275-2016-OSCE/PRE, publicada el 25 de julio de 2016, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 024-2016-OSCE/CD, “Reglamento del régimen institucional de arbitraje subsidiario en contrataciones del Estado a cargo del OSCE”;
Que, mediante Informe Nº D000025-2020-OSCE-DTN de fecha 23 de enero de 2020, la Dirección Técnico Normativa señala que en virtud a los cambios normativos de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, es necesario contar con un instrumento normativo actualizado, acorde a la normativa de contrataciones del Estado vigente, que establezca disposiciones que regulen la organización y administración de los arbitrajes a cargo del régimen institucional de arbitraje subsidiario y especializado del OSCE en materia de contratación pública; proponiendo para dicho efecto la aprobación del proyecto de Directiva “Reglamento del Régimen Institucional de Arbitraje Especializado y Subsidiario en Contrataciones del Estado a cargo del Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (SNA – OSCE)”;
Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo Nº 004-001-2020/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 001-2020/OSCE-CD – Sesión Ordinaria suscrita el 3 de febrero de 2020, el Consejo Directivo acordó aprobar la Directiva “Reglamento del Régimen Institucional de Arbitraje Especializado y Subsidiario en Contrataciones del Estado a cargo del Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (SNA – OSCE)”;
Que, asimismo, en la misma sesión, a través del mismo acuerdo, el Consejo Directivo acordó la derogación de la Directiva Nº 024-2016-OSCE/CD, “Reglamento del régimen institucional de arbitraje subsidiario en contrataciones del Estado a cargo del OSCE” aprobada con Resolución Nº 275-2016-OSCE/PRE;
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo;
Con el visado del Secretario General, de la Directora Técnico Normativa y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificado por Decreto Supremo Nº 377-2019-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; y el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la Directiva Nº 004-2020-OSCE/CD “Reglamento del Régimen Institucional de Arbitraje Especializado y Subsidiario en Contrataciones del Estado a cargo del Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (SNA – OSCE)”, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución, y regirá a partir de la entrada en vigencia del nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE.
Artículo 2.- Formalizar la derogación de la Directiva Nº 024-2016-OSCE/CD, “Reglamento del régimen institucional de arbitraje subsidiario en contrataciones del Estado a cargo del OSCE” aprobada por Resolución Nº 275-2016-OSCE/PRE, a partir de la entrada en vigencia de la Directiva aprobada en la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su anexo en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOFÍA PRUDENCIO GAMIO
Presidenta Ejecutiva
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