El alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo, José Ruiz Vega, interpuso este 30 de marzo una demanda de amparo contra la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Salud y el Congreso de la República para posibilitar la compra de vacunas contra la covid-19.
Dicha acción estuvo a cargo del asesor constitucionalista Juan A. Castañeda Méndez, quien peticionó la inaplicación de los artículos 4 y 5 de la Ley 31091, “Ley que garantiza el acceso al tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad por coronavirus y de otras enfermedades que dan origen a emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud”.
Asimismo, pidió que el Gobierno Central permita a la Municipalidad Provincial de Trujillo accedan y adquieran las vacunas, en virtud del art. 80 de la Ley 2797, Ley Orgánica de Municipalidad, la lesividad causada por el contenido de la Ley 31091 frente a los derechos de la vida y salud fundamentado su procedibilidad a razón del Exp. 2308-2004-PAA/TC y la Resolución 04-2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La acción constitucional enfatiza la idea de que la Constitución no tiene como regla prohibitiva expresa o interpretativa que sustente la restricción en el acceso y adquisición de las vacunas contra la covid-19. Al contrario, desarrolla la idea de que el Estado, en su esquema constitucional descentralizado, cumpla con sus obligaciones de respeto y garantía para asegurar el disfrute y ejercicio de los derechos humanos de las personas con covid-19. Esto incluso mediante la integración de un enfoque interseccional y multidisciplinario, que reconozca y afirme la dignidad humana, la eliminación de todas las formas de discriminación, así como la indivisibilidad y la interdependencia de tales derechos en sus normas, políticas y toma de decisiones, y dentro de todos los poderes públicos de los Estados.
Finalmente, el abogado Juan Castañeda advierte que la demanda se presenta con el fin de garantizar y respetar el ejercicio de los derechos a la vida y a la salud de las personas con COVID-19 (en su esquema descentralizado) frente a la ineficacia del gobierno central.
Así, recuerda –en atención a la Res. 04-2020 CIDH– que los Estados deben velar por la accesibilidad y asequibilidad, en condiciones de igualdad, a las aplicaciones tecnológico-científicas que sean fundamentales para garantizar tales derechos en el contexto de pandemia. El derecho a beneficiarse del progreso científico y sus aplicaciones en el campo de la salud exige que los Estados, de forma participativa y transparente, adopten medidas dirigidas al acceso a los medicamentos, vacunas, bienes y tecnologías médicas esenciales, que se desarrollen desde la práctica y conocimiento científicos en este contexto.
Estos fundamentos que fueron respaldados por la actual procuradora de la Municipalidad Provincial de Trujillo, Dra. Anita Rios Negreiros.
Para descargar la demanda de amparo clic aquí.
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