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Publicado en el diario oficial El Peruano, el 15 de junio de 2020
Actualizan, por segunda vez, el “Padrón de hogares con trabajadores independientes en vulnerabilidad económica beneficiarios del subsidio monetario autorizado en el Decreto de Urgencia Nº 033-2020”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL 109-2020-TR
Lima, 12 de junio de 2020
VISTOS: El Memorando Nº 0254-2020-MTPE/3, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Informe Nº 0789-2020-MTPE/3/17.2, de la Dirección General de Promoción del Empleo; y el Informe Nº 1164-2020-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, cuyos alcances fueron precisados por los Decretos Supremos Nº 045-2020-PCM y Nº 046-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena); plazo que ha sido prorrogado por los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083- 2020-PCM y Nº 094-2020-PCM, hasta el 30 de junio de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del coronavirus (COVID-19);
Que, mediante el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 033-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para reducir el impacto en la economía peruana, de las disposiciones de prevención establecidas en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional ante los riesgos de propagación del COVID – 19, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 036-2020, se autoriza al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a otorgar, de forma excepcional, un subsidio monetario de S/ 760,00 (SETECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES) a favor de los hogares con trabajadores independientes en vulnerabilidad económica, de acuerdo a la focalización que realice, y que no hayan sido beneficiarios del subsidio previsto en el Decreto de Urgencia Nº 027-2020;
Que, el numeral 3.2 del referido artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 033-2020, establece que, mediante Resolución Ministerial del MTPE, a propuesta del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, se aprueba el padrón de hogares beneficiarios del referido subsidio monetario, siendo que el indicado padrón puede ser actualizado mediante Resolución Ministerial de dicho sector;
Que, en ese contexto, a través de la Resolución Ministerial Nº 075-2020-TR y Resolución Ministerial Nº 080-2020-TR, el MTPE aprueba y actualiza, respectivamente, el “Padrón de hogares con trabajadores independientes en vulnerabilidad económica beneficiarios del subsidio monetario autorizado en el Decreto de Urgencia Nº 033-2020”;
Que, mediante el Informe Nº 0789-2020-MTPE/3/17.2, de la Dirección General de Promoción del Empleo se sustenta una segunda actualización del “Padrón de hogares con trabajadores independientes en vulnerabilidad económica beneficiarios del subsidio monetario autorizado en el Decreto de Urgencia Nº 033-2020”, sobre la base de la información proporcionada por el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, mediante Informe Nº 033-2020-TP/DE/UGPPME-CFME, siendo que, producto de esta nueva actualización el referido padrón contiene un total de 773,288 hogares;
Que, mediante Memorando Nº 0254-2020-MTPE/3, el Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, propone una segunda actualización del “Padrón de hogares con trabajadores independientes en vulnerabilidad económica beneficiarios del subsidio monetario autorizado en el Decreto de Urgencia Nº 033-2020”;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección General de Promoción del Empleo, de la Dirección de Investigación Socio Económico Laboral, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 033-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para reducir el Impacto en la Economía Peruana, de las Disposiciones de Prevención Establecidas en la Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional ante los Riesgos de Propagación del COVID-19 y su modificatoria; y el literal d) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Actualización del Padrón
Actualízase, por segunda vez, el “Padrón de hogares con trabajadores independientes en vulnerabilidad económica beneficiarios del subsidio monetario autorizado en el Decreto de Urgencia Nº 033-2020”.
Artículo 2.- Publicación
Dispónese que la presente resolución ministerial se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

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