Fundamento destacado: 5. En el presente caso, este Tribunal aprecia que las actuaciones cuestionadas del Ministerio Público, tales como el requerimiento ante el órgano jurisdiccional de detención judicial contra el actor, el allanamiento con medida de descerraje, el registro domiciliario y personal, y la incautación de bienes en la investigación seguida contra el actor y otros por el delito de organización criminal y extorsión, no generan una afectación negativa, directa concreta en su libertad individual. Por consiguiente, respecto del fiscal demandado resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
EXP. N.° 04544-2024-PHC/TC
CUSCO
JOHINER STEVEN TORRES OSORIO,
representado por CARLOS CONCEPCIÓN
SATAMARÍA OLIVOS -ABOGADO
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, al 1 de julio de 2025, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Domínguez Haro, Gutiérrez Ticse y Ochoa Cardich, ha emitido la presente sentencia. Los magistrados intervinientes firman digitalmente en señal de conformidad con lo votado.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Carlos Concepción Santamaría Olivos, abogado de don Johiner Steven Torres Osorio, contra la resolución de fecha 23 de octubre de 2024[1] , expedida por la Primera Sala Penal de Apelaciones de Cusco de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que declaró infundada la demanda de habeas corpus de autos.
ANTECEDENTES
Demanda
Con fecha 6 de setiembre de 2024, don Johiner Steven Torres Osorio interpone demanda de habeas corpus[2] , y la dirige contra don Percy Luis Vicente Huamán, fiscal a cargo de la fiscalía provincial Especializada contra la Criminalidad Organizada del distrito fiscal de Cusco y contra el procurador público del Ministerio Público. Requiere se ordene la inmediata libertad del favorecido por encontrarse detenido en el calabozo de la DIVINCRI CUSCO. Alega la vulneración del derecho a la libertad personal.
[Continúa…]