Con fecha 18 de junio del 2018, el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Lima, se pronunció respecto a la apelación de la Resolución del Consejo de Ética 089-2016-CE/DEP/CAL, confirmando la sanción planteada contra el abogado Ricardo Ernesto García Chang, y le impuso como medida disciplinaria seis meses de suspensión en el ejercicio de la profesión.
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De la denuncia se desprende que el ciudadano Javier Elías Granda Oré asegura haber contratado los servicios del abogado García Chang, con el fin de que lo patrocinara en un proceso sobre nulidad de contrato de compra venta y otro por estafa, adelantándole la suma de S/. 2800 por concepto de honorarios. Dicho dinero fue depositado en la cuenta bancaria del denunciado letrado, entregándole también la documentación referida al proceso.
Pese a esto, el abogado postergaba la firma del contrato formal, y esto empezó a preocupar al denunciante. Este señala en la resolución que García Chang, ya con todos los documentos en su poder, realizaba con excesiva dilación la fundamentación a presentarse en el proceso judicial. Es así que decide enviarle un correo electrónico para exigirle avances. El denunciado respondió 11 días después, señalándole que requería de mayor documentación, evidenciando su falta de compromiso profesional.
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Ante la desidia del profesional, el denunciante le emplaza teléfonicamente y por vía electrónica a que le devuelva el dinero a la brevedad, reconociendo un monto por las reuniones y la ampliación de un poder a su hermana. El abogado se limitaba a responder con evasivas, asegurándole que pronto le devolvería el monto exigido. Con 26 de febrero del 2013, Granda Oré envía una carta notarial a García Chang, quien responde el 1 de marzo, comprometiéndose a devolverle el monto entregado en cuotas.
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Posteriormente, Granda Oré decidiría recurrir a la conciliación extrajudicial, pero el abogado no se presentaría a ninguna de las dos audiencias, evidenciando poca voluntad para lograr una solución. De ese modo, Granda decidió llevar la controversia a la esfera judicial, llevando el caso al 1° Juzgado de Paz Letrado Barranco Miraflores. Dicho órgano resolvió el 15 de julio del 2014 que el abogado denunciado pague la suma de S/. 1850 a Granda Oré más intereses legales, con costas y costos.
Por estas consideraciones, el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Lima decidió confirmar la Resolución 089-2015-CE/DEP/CAL, que declaraba fundada la denuncia promovida por Javier Elías Granda Oré, aplicando la medida disciplinaria de seis meses de suspensión al abogado Ricardo Ernesto García Chang.
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