Mediante Oficio 061-2020-SUNARP/SN, la Sunarp puso en conocimiento del doctor Mario César Romero Valdivieso, presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, los servicios digitales disponibles para los despachos notariales.
OFICIO Nº 061-2020-SUNARP/SN
Señor doctor
MARIO CESAR ROMERO VALDIVIESO
Presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú
Av. Paseo de la República N° 3565, Oficina 801-802, San Isidro.
Presente.-
Asunto: Servicios digitales disponibles para los despachos notariales
Ref.: Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM
Es grato dirigirme a usted para saludarlo y como es de conocimiento, el Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, que aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional, ha previsto, en el numeral 22 del Anexo 1, al servicio notarial como parte de la primera fase de la “Reanudación de Actividades”, para iniciar progresivamente sus funciones una vez se apruebe el protocolo sanitario sectorial, el plan y registro respectivo, conforme lo señala la citada disposición normativa.
Sobre el particular, considerando que son los despachos notariales –atendiendo el ejercicio de sus funciones señaladas por ley– los principales demandantes de los servicios de inscripción y publicidad de la institución registral, es menester para esta Superintendencia fortalecer las medidas de prevención sanitaria en la relación notariado-registro, por lo que resulta necesario priorizar el empleo de herramientas tecnológicas para que la prestación de nuestros servicios pueda efectuarse de manera no presencial, sin que esto signifique un menoscabo a la seguridad en los respectivos procedimientos.
En ese contexto, queremos poner en conocimiento de su despacho y, por su intermedio, de todos los colegios de notarios de país, los diferentes canales digitales que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos tiene disponibles para la prestación de sus servicios de inscripción y publicidad, entre los cuales, precisamos:
1) El Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP) que permite la expedición y presentación de los partes con la firma digital del notario en el marco de la Ley 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales; a fin de que el registrador efectúe la calificación sobre el documento electrónico con valor legal y emita el pronunciamiento correspondiente, el cual será comunicado al correo electrónico señalado en la plataforma. En el anexo 1 del presente oficio, se detallan todos los actos inscribibles que se pueden tramitar por el SID-SUNARP.
2) El Portal Institucional de la SUNARP, a través de la opción “Servicios en línea”, en el que se puede tramitar las rectificaciones por error material de asientos registrales, la cual es gratuita y no requiera –al igual que el SID-SUNARP– de la presentación de documentos en soporte papel.
3) La presentación electrónica de títulos notariales a través del formulario electrónico contenido en la Plataforma de Servicios Institucional – PSI del módulo “Sistema Notario”, a través del cual se adjunta el título escaneado en formato PDF y se paga los derechos registrales de tramitación. Si bien este canal, a diferencia de los antes citados, demanda la posterior presentación del título en soporte papel para la calificación, dicha modalidad permite reservar la prioridad y, además, facilita las labores de trabajo remoto que esta
Superintendencia viene disponiendo, para la atención oportuna del servicio de inscripción.
4) El Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) mediante el cual se accede inmediatamente al contenido las partidas registrales, efectuar búsquedas en los índices en los diferentes registros jurídicos y solicitar publicidad certificada (compendiosa). Asimismo, a través de este servicio se puede solicitar la reserva de preferencia registral (reserva de nombre).
Por lo expuesto, y recurriendo a la relación de cordialidad y constante coordinación que ambas instituciones venimos manteniendo, en especial durante esta Emergencia Sanitaria Nacional, le solicito pueda hacer llegar la presente comunicación a los(as) señores(as) notarios(as), a través de sus distintos Colegios, a fin de exhortarlos en el uso preferente de los canales digitales para solicitar los servicios de inscripción y publicidad del registro, una vez se dispongan las autorizaciones para inicio progresivo de nuestras actividades.
Sin otro particular, hago propicia la oportunidad de hacerle llegar los sentimientos de mi mayor consideración y estima personal.
Atentamente,
Para descargar la lista servicios digitales disponibles en PDF clic aquí.
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