Sala Mixta acude a domicilio de niños para asegurar su derecho a ser oído [Expediente 00094-2021-0-1605-JR-FC-01]

Sala Mixta acude a domicilio de niños para asegurar su derecho a ser oído

Los miembros de la Sala Mixta Descentralizada de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, conformado por los magistrados Félix Ramírez Sánchez (presidente), Justo Vera Paredes y Julio Gamarra Luna Victoria, dispusieron como prueba de oficio trasladarse desde la ciudad de Huamachuco hasta el distrito del Porvenir en Trujillo, al domicilio de dos (2) menores de edad, a efectos de entrevistarlos y garantizar así el derecho de los mismos a ser oídos, como también verificar el contexto donde habitaban dentro del marco del principio de inmediatez.

Dicha disposición se emitió dentro del marco de un proceso de tenencia sostenido entre ambos progenitores iniciado en el año 2021 (Expediente N° 0094-021-0-1605-JR-FC-01); entendiendo que dicha prueba –para el colegiado– era preponderante para resolver el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia y el conflicto familiar mismo.

La razón de dicha actuación oficiosa a nivel de la segunda instancia, a través de la modalidad de justicia itinerante, radica en la particularidad del caso, el cual requería una intervención inmediata y reforzada por parte de los órganos jurisdiccionales y la necesidad de brindar un verdadero y real acceso a la justicia a los niños, niñas y adolescentes, entendiendo que el sujeto central de dicho proceso de tenencia son dichos niños y no los progenitores; y es que se había verificado a nivel de segunda instancia que el juez de primera instancia no había cumplido con los estándares de neutralidad y privacidad al momento de conferenciar con los niños que tenían en aquel tiempo 5 y 9 años de edad, lo que originó un direccionamiento y aparente manipulación en la conferencia de los mismos, desconociendo el «Protocolo de participación judicial del niño, niña y adolescente”, aprobado por Resolución Administrativa 228-2016-CE-PJ.

Pero lo más grave es que desde que se originó el conflicto familiar y de la entrevista con dichos niños, hasta llegar a segunda instancia habían transcurrido más de 5 años, y los menores, ahora de 10 y 15 años de edad, se habían desligado afectivamente con su madre, tiempo durante el cual no tuvieron comunicación alguna, ni relación afectiva entre ellos, lo que ameritaba que dicho proceso deba ser resuelta con la urgencia que ameritaba el contexto mismo.

Es así que los magistrados tuvieron que acudir a una zona alegada de donde se inició el conflicto y donde funciona la Sala Mixta, en la medida que era el lugar donde actualmente radicaban los ahora adolescentes con su progenitor, quienes no cuentan con recursos económicos para su traslado, rompiendo todo tipo de barreras de acceso a la justicia, cuya finalidad era asegurar que la voz de dichos adolescentes sean realmente escuchada por parte del Poder Judicial.

La entrevista se realizó en un lugar adecuado como es la propia vivienda de los adolescentes, donde se les informó con un lenguaje adecuado y sencillo el motivo de la presencia de dichos jueces en su domicilio, generando luego un clima de confianza para luego dialogar con ellos sobre el conflicto mismo, y recibir su opinión al respecto, y es que quedó claro que el conflicto va más allá de ser visto como un conflicto jurídico, en tanto es un conflicto humano.

Con ello, se demuestra que viene generando un gran cambio en el paradigma de la justicia de los niños, niñas y adolescentes, en la medida que existe una necesidad de tratar dichos conflictos de manera integral, en la medida que dichos conflictos son dinámicos y sensibles a la vez, que requieren para su solución, un análisis multidisciplinario por parte de los jueces y juezas, quienes en todo momento deben romper las barreras de acceso a la justicia que puedan presentarse en un proceso judicial, y es que ello se garantizar un verdadero acceso a la justicia

Para descargar la resolución que justifica la realización de una justicia itinerante por parte de los miembros de la Sala Mixta clic aquí

Para descargar el acta de realización de dicha visita clic aquí

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