Carta abierta al presidente del Poder Judicial
El Presidente del Poder Judicial ha concertado una reunión con el Primer Ministro Vicente Zevallos y la Ministra de Economía María Antonieta Alva para tratar la homologación de los jueces superiores, especializados y de paz letrado del país. Para ejercer presión los jueces del país han decidido PARALIZAR LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA CONVOCANDO A SALAS PLENAS CUYO ÚNICO TEMA DE AGENDA ES SU AUMENTO DE SUELDO. Frente a dicho escenario expresamos o siguiente:
1) EXIGIMOS LA INMEDIATA EMISIÓN DEL DECRETO SUPREMO APROBANDO NUESTRA NUEVA ESCALA REMUNERATIVA CONFORME AL ACTA DE SUSPENSIÓN DE LA HUELGA DEL 2019. Este debe ser el primer punto de agenda en la reunión con la Ministra de Economía pues no es posible que, con estas «gestiones», ponga en peligro nuestra nueva escala remunerativo.
2) EL RECLAMO DE LOS JUECES ES LEGAL, SIN EMBARGO, ES INOPORTUNO E INJUSTO. El incremento salarial de los jueces no constituye un asunto urgente o que ponga en peligro derechos tan importantes como la alimentación, educación o vivienda como es el caso de los trabajadores judiciales. Los jueces perciben sumas superiores a los 8 mil soles mensuales. Los trabajadores judiciales recibimos sumos abismalmente menores. El incremento que exigimos es simplemente una forma de mejorar nuestros injustos salarios que no nos permiten garantizar derechos fundamentales y servicios mínimos; y tampoco reflejan la valorización económica que por la responsabilidad que asimismo frente a la ciudadanía deberían representar nuestros cargos y puestos de trabajo.
3) LAS SALAS PLENAS CONSTITUYEN UN ACTO DE PROTESTA Y HUELGA QUE DEBEN SER DECLARADAS ILEGALES. Conforme al Articulo 94° de la Ley Orgánica de Poder Judicial las Salas plenas no deben ser usadas para tratar los temas laborales de los jueces. Por el contrario sus funciones son en extremo limitadas siendo algunos de ellas designar al Jefe de ODECMA o imponer medidos disciplinarias en última instancia a los magistrados. EN NINGÚN EXTREMO SE SEÑALA QUE PUEDAN SER CONVOCADAS PARA PROTESTAR PARALIZANDO SUS LABORES. En todo caso, el órgano gremial impedido de realizar huelgas es la Asociación Nacional de Magistrados. Por eso razón el Presidente del Poder Judicial debe EMITIR UNA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DECLARANDO ILEGAL LA HUELGA REALIZADA POR LOS MAGISTRADOS. También ODECMA Y OCMA DEBEN VERIFICAR IN SITU LA PERMANENCIA DE LOS JUECES Y PROCEDER E INICIAR LOS PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS. ASIMISMO, EL PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL DEBE INFORMAR A CONTRA LO RIA DE LA REPÚBLICA DESCUENTOS QUE CORRESPONDAN.
4) El SUTRAPOJ-LIMA anuncia que de no agilizarse la emisión del Decreto Supremo reconociendo nuestra Escala Remunerativa, PROPONDREMOS AL COMITÉ NACIONAL DE LUCHA JUDICIAL EL REINICIO DE LAS MEDIDAS DE FUERZA, emplazando al Presidente del Poder Judicial haciendo valer su compromiso expuesto ante las masas judiciales en huelga: LA PRIORIDAD SON LOS TRABAJADORES JUDICIALES.
Lima, 13 de diciembre del 2019
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Que el fiscal acuse sin pronunciarse sobre las pruebas de parte aportadas en la investigación no viola debido proceso ni la tutela jurisdiccional efectiva, pues su admisión y actuación corresponde evaluar al juez en la etapa intermedia en audiencia preliminar [Casación 80-2010, Piura, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)


![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)

![[VIVO] Clase de trabajadores CAS a partir de la vigencia de la Ley 32563 (8 ABR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-GRATUITA-JOSE-MARIA-PACORI-CARI-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Cuántos representantes puede designar un sindicato en la negociación colectiva descentralizada? [Informe Técnico 00541-2026-Servir-GPGSC] Trabajo-negociación colectiva-sindicato-reunión-equipo-laboral-LP Derecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Trabajo-negociacion-colectiva-sindicato-reunion-equipo-laboral-LP-Derecho-218x150.png)

![Tercerización: Suprema declara ilegal prohibición de tercerizar actividades consideradas nucleo del negocio [Acción Popular 30989-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![De conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley, el mecanismo de la cancelación en los procedimientos no competitivos puede ser aplicado una vez que se haya configurado alguno de los supuestos para tales efectos, a partir de la aprobación del expediente de contratación y hasta antes de su adjudicación, que se da como efecto de la aprobación del procedimiento no competitivo [Opinión D000031-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Destituyen a jueza de paz por intervenir indebidamente en desalojo y exceder funciones notariales [Investigación Definitiva 4215-2022-Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)


















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)

![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-100x70.jpg)


