El congresista Carlos Alberto Domínguez de Fuerza Popular presentó el Proyecto de Ley 4029/2018-CR, que busca eliminar el uso de papel en instituciones publicas, a fin de migrar a soportes digitales.
Según indica el texto muchas de las instituciones que promueven estas practicas eco-responsables no practican estas iniciativas en su quehacer diario.
De aprobarse esta iniciativa supondrá un ahorro dramático del presupuesto, ya que se estima que si redujéramos el consumo de papel en 40% anual, esto representaría un ahorro de entre 15% y 20% en costos operativos.
Así también, el proyecto de ley menciona el beneficio que se obtendrá en la lucha contra la deforestación.
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE PROMUEVE LA IMPLEMENTACIÓN PROGRESIVA DEL CERO PAPEL EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Artículo 1.- Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto promover la sustitución y reducción progresiva del uso de el todas las entidades que forman parte de la Administración Pública a través del empleo servicios digitales que forma parte del modelo de Gobierno Digital, con la finalidad de generar beneficios económicos y reducir los impactos ambientales, para que la Presidencia del Consejo de Ministros en el marco de sus competencias, implemente las acciones correspondientes.

Articulo 2.- Ámbito de aplicación
La ley, será acogida por todas las entidades del Estado de les tres niveles de gobierno, en la medida que la promoción de la eliminación del uso de papel está directamente vinculada a los procesos que ejecutan las entidades para cumplir sus funciones y para la prestación o acceso de sus servicios.
Articulo 3.- De la reducción progresiva del papel
Para el cumplimiento de lo dispuesto en la ley, la gestión documentaría de cada entidad, incluye procesos digitales en marco a los lineamientos que emite la Secretaría de Gobierno Digital, identificando los procesos que se realizan en formato impreso y sustituyéndolos por redes digitales de informática u otros equivalentes eficientes y seguros.
Artículo 4. De la comunicación
Los procesos digitales que sustituyan las entidades previa aprobación de cada entidad en el marco de sus funciones son comunicados vía portal institucional y otro medio que permita que los usuarios tomar conocimiento.
Artículo 5. Contenidos Mínimos sobre el uso de papel
Cuando sea imprescindible el uso de soporte impreso dentro de los procesos que ejecutan las entidades del Estado, esta se realiza utilizando los siguientes criterios:
a) Las impresiones y fotocopiados considera el uso de ambas caras del papel.
b) Promoción del uso del papel reciclado; las entidades para el cumplimiento de sus funciones y competencias promueven el uso de papel reciclado.
Las condiciones mínimas para el rehúso de papel será las señaladas por la Secretaria de Gobierno Digital.
c) Las características técnicas de los documentos serán las que disponga la Secretaria de Gobierno Digital.
d) Otros que emita la entidad responsable.
Artículo 6.- De las competencias
La Secretaria de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, es el responsable de emitir los lineamientos técnicos en marco a la implementación del gobierno digital en la Administración Pública.
Artículo 7.- Seguimiento y monitoreo
El seguimiento y monitoreo en la reducción del uso de papel, queda a cargo de cada entidad, debiendo informar anualmente a la Secretaria de Gobierno Digital los logros del mismo.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y FINAL
ÚNICA.- El Poder Ejecutivo a través de la Secretaria de Gobierno Digital y, en marco a la modernización de la gestión del Estado a través de un Gobierno Digital, informará anualmente a la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado del Congreso de la República el avance en la reducción y sustitución del uso de papel por parte de las entidades.

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