Lima, 14 de febrero de 2020.- Mediante Resolución Administrativa Nº 029-2019-FMP/CE/SG, el Fuero Militar Policial dispuso actualizar su sistema de notificaciones, incorporando el uso de medios digitales, para las citaciones y comunicaciones que se realizan en el marco de sus funciones de administrar justicia en el ámbito de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
La resolución, publicada en la separata de normas del diario oficial El Peruano, modifica el reglamento sobre dichos procedimientos en aspectos referidos al domicilio procesal como forma expeditiva de notificación, las modalidades y actos de esta notificación y la notificación por edicto, entre otros.
Precisa, de esta forma, que el órgano jurisdiccional o fiscal, en la primera oportunidad en que pida la comparecencia o concurrencia del imputado o denunciado, lo requerirá para que señale domicilio procesal dentro del radio urbano correspondiente y proponga una modalidad de notificación simple en el domicilio procesal y expeditiva para el resto del proceso.
Entre estas últimas figura la notificación por casilla de los colegios de abogados, correo electrónico del abogado defensor y cualquier medio idóneo, como la notificación telefónica, siempre que estos permitan confirmar su recepción.
Se señala también como modalidades de notificación a aquellas por casilla electrónica militar-policial, por edicto judicial electrónico en el portal web del fuero militar-policial, por lectura, por comisión y la notificación telefónica o por correo electrónico.
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