La jueza del Quinto Juzgado Penal de Lima, Celia San Martín Montoya, concedió la apelación presentada por la Superintendencia Nacional de Migraciones y el Ministerio del Interior contra su decisión de anular el requisito de pasaporte para el ingreso de los ciudadanos venezolanos a Perú, y dispuso suspender esa medida hasta que se resuelva la apelación.
Como se recuerda el 5 de octubre, la magistrada declaró fundado el hábeas corpus interpuesto por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) contra la resolución de la Superintendencia Nacional de Migraciones que estableció el pasaporte como requisito para que los ciudadanos venezolanos ingresen al Perú y ordenó revocar esa medida por el lapso de 30 días.
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Según el Centro Binacional de Atención Fronteriza (Cebaf) de Tumbes el ingreso promedio diario de ciudadanos venezolanos aumentó de 1 300 a 2 000, tras la sentencia judicial que ordenó anular el requisito de pasaporte para entrar al Perú.
Por su parte, Migraciones recordó que se dispuso el requisito de pasaporte para ingresar al Perú debido a que las cédulas de identidad venezolanas pueden ser falsificadas con facilidad, por lo que carecen de medidas de seguridad y de verificación en línea. Así, al momento del ingreso no era posible garantizar la identidad de sus poseedores.