ONPE prioriza al Cercado de Lima para programa piloto del voto digital en las elecciones regionales y municipales 2026 [Resolución Jefatural 000052-2026-JN/ONPE]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 7 de abril de 2026

La ONPE dispuso que los ciudadanos del Cercado de Lima serán el grupo prioritario para el voto digital en las Elecciones Regionales y Municipales del 4 de octubre de 2026, como parte de un programa piloto.

La decisión se basa en facilidades logísticas —como la ubicación de la sede institucional— y en que el distrito no tendrá segunda vuelta, lo que permitirá evaluar mejor el sistema. Además, los miembros de mesa serán seleccionados entre los propios electores de la zona.

Con esta medida, la ONPE busca avanzar en la implementación progresiva del voto digital en el país.


Establecen como grupo prioritario para la aplicación del voto digital en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 a los ciudadanos cuya dirección domiciliaria registrada ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil corresponda al distrito de Cercado de Lima

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000052-2026-JN/ONPE

Lima, 6 de abril de 2026

VISTOS: el Informe Nº 000179-2026-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Informe Nº 000201-2026-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; así como la Hoja de Elevación Nº000027-2026-GG/ONPE de la Gerencia General; y,

CONSIDERANDO:

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales;

Por Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 7 de enero de 2026, la Presidencia de la República convocó a Elecciones Regionales y Municipales para el día 4 de octubre de 2026, a fin de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República;

De acuerdo con el primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32270, Ley que modifica la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, a fin de incorporar el voto digital, la ONPE queda autorizada para determinar el ámbito de aplicación del programa piloto del voto digital, priorizando a la población electoral de peruanos residentes en el extranjero, de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, de las comunidades campesinas, de los pueblos indígenas, así como a otras que, por su naturaleza, considere pertinente;

En observancia de la normativa descrita y mediante el informe de vistos, la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional presenta ante la Gerencia General la propuesta del sector de la población electoral a priorizar para la aplicación del voto digital: los ciudadanos residentes en el distrito de Cercado de Lima;

En líneas generales, la propuesta se justifica en que la mesa de sufragio digital funcionará físicamente en la sede institucional de la ONPE, sito en Jr. Washington Nº 1894, en el distrito de Cercado de Lima, lo que permitirá optimizar las labores de capacitación; en que, en el referido distrito, no se llevará a cabo una segunda vuelta electoral en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026; y en que existen condiciones favorables para la implementación del programa piloto del voto digital, pues, ante un escenario adverso para su aplicación, resultará viable recurrir a un mecanismo de contingencia que salvaguarde el derecho de sufragio de la ciudadanía. A ello, cabe agregar, conforme al artículo 223-C de la Ley Nº 26859, los miembros de la mesa de sufragio digital son sorteados entre los ciudadanos que residen en el distrito donde esta se instalará; por lo que, resulta necesaria su priorización para garantizar su funcionamiento;

Mediante el documento de vistos, la Gerencia General eleva la propuesta a la Jefatura Nacional a fin de que se apruebe mediante resolución jefatural;

Por lo anterior, corresponde emitir la resolución jefatural que incluya a los grupos prioritarios detallados previamente para la aplicación del voto digital en las Elecciones Regionales y Municipales 2026;

De conformidad con lo dispuesto en los literales g) y q) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32270; así como en los literales m), r) y y) del artículo 11 de su Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE y su modificatoria;

Con el visado de la Secretaría General y la Gerencia General, así como de las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional, y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Establecer como grupo prioritario para la aplicación del voto digital en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 a los ciudadanos cuya dirección domiciliaria registrada ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil corresponda al distrito de Cercado de Lima.

Artículo Segundo.- Poner el contenido de la presente resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

Artículo Tercero.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe/onpe y en el portal de Transparencia de la Entidad, dentro de los tres días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
Oficina Nacional de Procesos Electorales

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