La Corte Superior de Justicia de Cusco multó a un abogado por dilatar una audiencia de juicio oral, en la que se evaluaría el caso de su patrocinado imputado por presunto acoso sexual, al interponer constantes recursos de nulidad y reposición.
La audiencia, ocurrida el 11 de enero de 2024, comenzó a las 10:00 a. m. y estuvo a cargo del Tercer Juzgado Penal Unipersonal. Luego de la instrucción del testigo, el letrado presentó recurso de reposición debido a que «la judicatura admitió CDs para que sean valorados en juicio oral».
Asimismo, planteó «la nulidad de unas comunicaciones por chat y también la oralización en un acta de video». La jueza rechazó estos pedidos al señalar que debieron realizarse al inicio de la audiencia.
No obstante, el abogado presentó un incidente de nulidad a la oralización de unos documentos que contenían la comunicación entre la agraviada y el testigo. Por ende, solicitó que se declare la nulidad absoluta, «esperando una resolución ajustada a derecho y no se va aceptar una negativa».
El representante del Ministerio Público, por su parte, pidió rechazar esta solicitud. «Cuando se plantea la nulidad no solo es mencionar o alegar lo que uno es libre de manifestar, sino tiene qué precisar cuál es lo trascendente, cuál es el perjuicio irreparable que no se puede remediar sin que se declare la nulidad de esta admisión», argumentó.
Por otro lado, el actor civil advirtió del uso de recursos dilatorios y expresó que «el abogado desconoce de la mecánica procesal». Terminadas las intervenciones, la magistrada inadmitió el pedido de nulidad y exhortó al abogado a «realizar la defensa conforme corresponde», bajo apercibimiento de multarlo con dos Unidades de Referencia Procesal (URP).
Sin embargo, el letrado presentó un recurso de reposición contra esta resolución. Como argumento, indicó que la nulidad se puede plantear contra los actos procesales que vulneren el debido proceso y la tutela procesal efectiva. Además, manifestó «que su patrocinado está siendo privado del derecho de defensa al principio de contradicción».
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Ante ello, la Fiscalía manifestó que la participación del defensor «parece una alegación ya manifestada» y que, nuevamente, «no supo fundamentar su recurso de apelación«. Sin embargo, la jueza, en una nueva resolución, inadmitió la reposición planteada y la declaró irrecurrible.
El defensor no se mostró conforme con la medida, por lo que solicitó una copia de la audiencia para plantear una acción amparo. A su vez, expresó que en una próxima sesión plantearía la nulidad del acta de visualización de videos y CDs.
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Testimonio del testigo
Durante el testimonio del testigo, el defensor objetó a una pregunta efectuada por el Ministerio Público al considerarla sugerida. Pese a que este pedido fue desestimado, volvió a objetar contra una nueva pregunta de la Fiscalía. Ya que la jueza no dio lugar a su objeción por ser extemporánea, el letrado planteó un recurso de reposición contra esta decisión.
En una nueva resolución, el magistrado inadmitió el nuevo recurso presentado e impuso la multa de dos URP al letrado. Además, dispuso se gire una copia de la audiencia, «desde el momento que ha asumido la defensa el señor abogado», al Colegio de Abogados de Cusco y a la Corte Superior de Justicia de Cusco.
Ante esta decisión, el letrado señaló que, con el sentido de no interrumpir la declaración del testigo, plantearía un recurso de reposición a la multa en la próxima sesión. La jueza indicó que «no hay recurso de imposición contra reposición» y, pese a que garantizó que se realice la intervención frente a este hecho, no era dable que se haga en otra sesión.
El Ministerio Público, frente a este nuevo recurso del defensor, manifestó que no se estaría garantizando una debida defensa a su patrocinado. «Se esta poniendo en indefensión a la parte acusada», expresó el actor civil y requirió al acusado a nombrar a otro defensor.
En una nueva resolución, la jueza inadmitió la reposición con relación a la multa. Además, indicó que, debido a que tenía otra audiencia prevista, no podía continuar con la presente. Por su parte, el acusado decidió mantener al abogado en su defensa.
Casi tres meses después, el 24 de abril de 2024, el Tercer Juzgado Penal Unipersonal declaró consentida la multa contra el defensor.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO
Módulo Penal para la Sanción de Delitos Asociados a la Violencia
Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar — SNEJ Cusco
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL
I. INTRODUCCIÓN
II. ACREDITACIÓN
III. INSTALACIÓN DE AUDIENCIA
JUEZ: No habiendo observaciones por las partas procesales, se INSTALA VÁLIDAMENTE LA PRESENTE AUDIENCIA, pregunta a la especialista de audio que se programo para la presente sesión.
ESPECIALISTA DE AUDIO: Procede a informar que para la presente audiencia se dispuso la notificación del testigo XXXXX XXXXX quien se encuentra en plataforma y XXXXX XXXXX quien quedó válidamente notificado en sesión anterior.
IV. ACTUACION DE MEDIOS DE PRUEBA TESTONIALES
TESTIGO: XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX
JUEZ: Procede a instruir al testigo respecto de declaración. Demas detalles registrados en audio.
DEFENSA DEL ACUSADO: Previamente índica que se le ha notificado con una resolución, porque ha deducido recurso de reposición por que la judicatura admite CD para que sean valorados en juicio oral y también se ha planteado la nulidad, de unas comunicaciones por chat y también la oralización de un acta de video y estando en este estado procesal las nulidades se plantean en primera oportunidad, por lo que solícita oralizar sí nulidad. Demas detalles registrados en audio.
JUEZ: Indica que lo ha debido de hacer conocer en inicio de audiencia porque en este acto ya se ha acreditado al testigo y la defensa no ha hecho mención, se le indica al testigo que se vuelva a conectar desde un dispositivo el cual permita que se le escuche de una manera fluida… Se le concede el uso de la palabra a la defensa del acusado. Demas detalles registrados en audio.
DEFENSA DEL ACUSADO: Indica que va a deducir un incidente de nulidad a la oralización de unos documentos en copia simple el cual contiene comunicación que habría mantenido el acusado y la agraviada y alternativamente también se solícita que estos documentos en copia simple que obran en el cuaderno de debate sean declarados nulos por que se le están dando la calidad de medios de prueba (…) Solicita se declare fundada la nulidad absoluta esperando una resolución ajustada a derecho y no se va aceptar una negativa. Demas detalles registrados en audio.
[Continúa…]
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