MTC: directiva que regula el curso de educación en seguridad vial para ciclistas [RD 31-2021-MTC/18]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 01 de octubre de 2021

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Mediante la Resolución Directoral 31-2021-MTC/18, el MTC aprueba la directiva que regula el curso de educación en seguridad vial para ciclistas.


Aprueban la “Directiva que regula el Curso de Educación en Seguridad Vial para el/la Ciclista y los/las Conductores/as de VMP”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 31-2021-MTC/18

Lima, 16 de Setiembre de 2021

VISTO:

El Informe N° 0160-2021-MTC/18.04, formulado por la Dirección de Seguridad Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;

Que, conforme al literal a) del artículo 16 de la Ley Nº 27181, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, y tiene competencia normativa para dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;

Que, el Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC y modificatorias, tiene por objeto establecer las disposiciones que regulan el uso de las vías públicas terrestres, aplicables a los desplazamientos de personas, vehículos y animales y a las actividades vinculadas con el transporte y el medio ambiente, en cuanto se relacionan con el tránsito;

Que, el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificatorias, establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre, los que se orientan a la protección y la seguridad de las personas y los usuarios del transporte y del tránsito terrestre, así como a la protección del ambiente y el resguardo de la infraestructura vial;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 023-2021-MTC se modifica el Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2001-MTC y el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC con la finalidad de establecer las reglas sobre el uso y circulación de los vehículos de movilidad personal, así como las obligaciones, infracciones y sanciones a los conductores de los Vehículos de Movilidad Personal, a efectos de asegurar que el uso de estos vehículos se realice de manera segura y bajo los principios de sostenibilidad ambiental;

Que, el numeral 319-A.4 del artículo 319-A del mencionado Decreto Supremo, establece que la Dirección de Seguridad Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o la que haga sus veces establece el contenido y duración de las materias del Curso de Educación en Seguridad Vial para el/la Ciclista y los/las conductores/as de VMP; así como, el procedimiento para acceder al referido curso;

Que, de acuerdo al artículo 106 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Resolución Ministerio N° 658-2021-MTC/01, la Dirección de Seguridad Vial, unidad orgánica de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal tiene como una de sus funciones, establecer los estándares de contenidos en materia de seguridad vial, para las capacitaciones y fortalecimiento de capacidades, en el ámbito nacional, regional y local, asimismo, coordina con la Comisión Multisectorial de Seguridad Vial y ejercer su Secretaría Técnica.

Que, por su parte, el Decreto Supremo N° 010-96-MTC y modificatorias, se crea la Comisión Multisectorial de Seguridad Vial que tiene como una de sus funciones, realizar el seguimiento a la implementación de programas de educación y sensibilización u otros que contribuyan a la formación de una cultura vial, así como coordinar con las organizaciones que participan en acciones de seguridad vial para el cumplimiento de sus funciones;

Que, asimismo, la citada norma establece también que los Gobiernos Regionales, en el marco de sus competencias constituirán Consejos Regionales de Seguridad Vial encargado de elaborar los Planes Regionales de Seguridad Vial en armonía con el Plan Nacional de Seguridad Vial y ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política y demás instrumentos diseñados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, mediante el Informe N° 0160-2021-MTC/18.04, la Dirección de Seguridad Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, sustenta la necesidad de aprobación de un Resolución Directoral que aprueba la Directiva que establece disposiciones para acceder Curso de Educación en Seguridad Vial para el/la Ciclista y los/las conductores/as de VMP, en el cual se determina el contenido, modalidad, duración y aspectos técnicos necesarios para llevar a cabo el referido curso de manera eficiente, lo cual contribuye a la reducción de siniestro viables que pueden ser cometidos por los/las ciclistas y conductores/as de VMP;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 025-2021-MTC, que aprueba el Reglamento del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos y establece otras disposiciones, la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébase la Directiva N° 003-2021-MTC/18, “Directiva que regula el Curso de Educación en Seguridad Vial para el/la Ciclista y los/las Conductores/as de VMP”, la misma que, en calidad de Anexo, forma parte Integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral y la Directiva 003-2021 MTC 18, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones(www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO HUGO CERNA CHORRES
Director General
Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal

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