Fundamento destacado: 3.4. En este punto, este Tribunal Supremo debe señalar que el hecho que la demandada haya querido estudiar y trabajar, de ninguna manera constituye razón suficiente para que pierda la tenencia. En esa perspectiva, expresiones como las realizadas en primera instancia: “que hace falta el amor de madre en la señora demandada quien no es capaz de sacrificar parte de sus necesidades personales para mantener contacto permanente con su hija de apenas un año de edad” o “ningún proceso de alimentos que signifique que el demandante no proveía de alimentación a la demandada y su hija como para que la señora madre demandada tenga la urgente necesidad de trabajar y estudiar” son expresiones que deben rechazarse, en tanto denotan una visión patriarcal de la familia que perpetúa un rol de género, en el que se reduce el papel de la madre a ama de casa y pretende condenarla a la pérdida de la tenencia por querer tener educación e incorporarse al mercado laboral. Una sociedad que quiere evitar toda forma de discriminación no puede admitir tales premisas. Ante tal panorama, hizo bien la Sala Superior en enmendar el error aquí anotado, descartar afirmaciones como la aquí anotada y valorar las pruebas existentes en el proceso referidas a lo ocurrido entre las partes desde el nacimiento de la menor, de forma tal que no se advierte vulneración de los artículos 81°, 82° y 86° del Código de los Niños y Adolescentes, en tanto la variación que se propone no se condice con los actuados procesales.
Sumilla: Los pedidos de variación de tenencia que se sostengan sobre la obligación de la madre de posponer sus estudios y su trabajo para cuidar a sus hijos, denotan una visión patriarcal de la familia al perpetuar un rol de género que reduce su papel a ama de casa y al pretender condenarla a la pérdida de la tenencia de su hijo por querer tener educación e incorporarse al mercado laboral. Una sociedad que quiere evitar toda forma de discriminación no puede admitir tales premisas.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA CIVIL PERMANENTE
CASACIÓN N.° 5784-2019, Lima Norte
Variación de tenencia
Lima, treinta de setiembre de dos mil veintiuno
LA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA: vista la causa número cinco mil setecientos ochenta y cuatro de dos mil diecinueve, en audiencia pública llevada a cabo en la fecha y producida la votación con arreglo a ley, emite la siguiente sentencia:

I. ASUNTO
Viene a conocimiento de esta Suprema Sala, el recurso de casación interpuesto por el demandante, José Luis Malaver Urquiza, de fecha 26 de agosto de 2019, contra la sentencia de vista, de fecha 15 de julio de 20192 , que revocó la sentencia de primera instancia, de fecha 8 de marzo de 20193 , que declaró fundada la demanda sobre variación de tenencia; y, reformándola, la declaró infundada.
II. ANTECEDENTES
1. Demanda Mediante escrito de fecha 6 de junio de 20174 , José Luis Malaver Urquiza interpuso demanda de variación de tenencia y custodia legal concedida a Rosali Palomino Salazar, respecto de su menor hija de iniciales K.I.M.P, a través del acta de conciliación N.° 23-2013, de fecha 7 de octubre de 2013.
[Continúa…]

![Impedimento de salida: El patrimonio que acumuló la investigada en su cargo de expresidenta, así como los viajes internacionales realizados en el ejercicio de sus funciones y que su hijo trabaje para la ONU en EE. UU., no constituyen factores determinantes de un peligro de fuga (caso Dina Boluarte) [Exp. 00171-2025-5, ff. jj. 7.2.24-7.2.25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No hay vulneración del debido proceso ni de la tutela procesal efectiva si la denuncia fue admitida, se realizaron diligencias y la recurrente participó e incluso interpuso recurso de elevación [Exp. 00436-2025-PA/TC, f. j. 18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![Derecho de defensa: Cada vez que haya una modificación en la acusación —por devolución—, debe habilitarse nuevamente el plazo de 10 días para que la defensa la absuelva, aun cuando repita sus fundamentos [Exp. 01385-2019-6, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)

![Las boletas de pago de los servidores del Estado se encuentran exceptuados de difusión pública dado que, prima facie, contienen datos de la esfera privada; sin embargo, la remuneración global sí corresponde ser publicitada como parte de la transparencia de la entidades del Estado [Exp. 04880-2024-PHD/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Elecciones generales 2026: diseño y especificaciones técnicas de las cédulas de sufragio [Resolución Jefatural 000199-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/Cedulas-de-sufragio-LPDerecho-218x150.png)
![Elecciones generales 2026: instrucciones de los sorteos de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio [Resolución Jefatural 00198-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/onpe-elecciones-votos-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican las medidas temporales para fortalecer la seguridad en la contratación del servicio público móvil [Resolución 000135-2025-CD/Osiptel] Osiptel](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Osiptel-Normas-legales-LPDerecho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![No puede confundirse la exigencia de completitud y especificidad del relato fáctico de una formalización con una exhaustividad extrema —minuciosa, detallada o pormenorizada— de las circunstancias precedentes, concomitantes o posteriores, las cuales, incluso, pueden integrarse en la acusación, siempre que se mantengan los mismos hechos constitutivos del tipo penal [Exp. 49-2025-54, ff. jj. 57-58]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)

![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-100x70.jpg)
![URGENTE: Suprema anula sentencia que absolvió a los Sánchez Paredes por lavado de activos y ordena nuevo juicio oral [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-aguila-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![[Vídeo] César San Martín: «Me podrán decir de todo, menos que por odio he resuelto los casos»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-CESAR-SAN-MARTIN-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-100x70.jpg)



![[Vídeo] César San Martín: «Me podrán decir de todo, menos que por odio he resuelto los casos»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-CESAR-SAN-MARTIN-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Procede transformar proceso de interdicción a uno de apoyo y salvaguardias si sentencia fue emitida con anterioridad a vigencia de norma [Casación 2958-2018, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/12/procede-transformar-proceso-de-interdiccion-a-uno-de-apoyo-y-salvaguardias-si-sentencia-fue-emitida-con-anterioridad-a-vigencia-de-norma-LPDerecho-324x160.png)