Corresponde a la Policía Nacional Especializada, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental y el propio Poder Judicial, a través de los Juzgados en Derecho Ambiental, investigar, acusar y sancionar a todas aquellas personas naturales y jurídicas que incurran en la comisión de los delitos ambientales, como los delitos de contaminación y los delitos contra los recursos naturales que se encuentran tipificados en los artículos 304 al 314-D del Código Penal.
1. Introducción
El papa Francisco ya se encuentra en suelo chileno y, a partir de esta semana, visitará diversas ciudades de nuestro país. La visita de Su Santidad estará marcada por la defensa de las poblaciones indígenas y de un claro mensaje de esperanza a favor de la protección del medio ambiente.
En efecto, ha sido el propio presidente del Poder Judicial, Dr. Duberlí Rodríguez, quien por ocasión de la apertura del año judicial, ha anunciado la inmediata implementación del Primer Juzgado Especializado en Derecho Ambiental en Puerto Maldonado, la primera ciudad que será visitada por el Santo Padre.
2. Desarrollo del tema
Ya en noviembre de 2017, el Poder Judicial organizó el I Congreso Internacional en Justicia Ambiental, en donde se suscribió el Pacto de Madre de Dios por la Justicia Ambiental y que exhorta a las diferentes entidades públicas y privadas a asumir el compromiso de mejorar y promover el acceso a la justicia ambiental en el país.
La Constitución Política del Estado en su artículo 2 inciso 22, dentro del catálogo de derechos fundamentale, incorpora por primera vez el «derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida». En tal sentido, nuestra carta política ha elevado a nivel fundamental dicho derecho, siendo ello así, el Estado tiene el deber de efectivizar su plena vigencia, así como prever los mecanismos de su garantía y defensa en caso de vulneración a este bien jurídico.
Lea también: El derecho penal ambiental y las dificultades para su aplicación
En tal sentido, corresponde a la Policía Nacional Especializada, a la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental y al propio Poder Judicial, a través de los Juzgados en Derecho Ambiental; investigar, acusar y sancionar a todas aquellas personas naturales y jurídicas que incurran en la comisión de los delitos ambientales, como los delitos de contaminación y los delitos contra los recursos naturales que se encuentran tipificados en los artículos 304 al 314-D del Código Penal.
Los ilícitos penales más comunes son aquellos referidos a la contaminación del ambiente, tráfico ilegal de residuos peligrosos, delitos de minería ilegal, delitos de financiamiento de la minería ilegal, tráfico ilícito de insumos químicos y maquinarias destinadas a la minería ilegal, tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre, tráfico ilegal de especies acuáticas, tráfico ilegal de recursos genéticos, delitos contra los bosques o formaciones boscosas, tráfico ilegal de productos forestales maderables, de alteración del ambiente o paisaje y delitos de utilización indebida de tierras agrícolas.
Urge una adecuada protección al medio ambiente por parte de todas las autoridades, con el fin de que se repriman con severidad todas las violaciones a los bienes jurídicos que provocan la contaminación y depredación de los recursos naturales.
Es importante también precisar que, en las investigaciones penales por los delitos tipificados, será de exigencia obligatoria la evacuación de un informe fundamentado por escrito por la autoridad ambiental, antes del pronunciamiento del Fiscal o Fiscal de la Investigación Preparatoria en la etapa intermedia del proceso penal. El informe será evacuado dentro de un plazo no mayor de 30 días contados desde la recepción del pedido del Fiscal de la Investigación Preparatoria o del juez, bajo responsabilidad. Dicho informe deberá ser merituado por el fiscal o juez al momento de expedir la resolución o disposición correspondiente.
No está demás precisar que poco a poco se debe crear conciencia ambiental y para tal efecto, es necesario repotenciar los Comités de Ecoeficiencia y las Comisiones Distritales de Gestión Ambiental en las 34 Cortes Superiores de Justicia en el Perú, a fin de ingresar a un proceso de modernización vinculado a los Objetivos de Desarrollo Sostenible – ODS, el Acuerdo Nacional y el Plan Bicentenario del 2021.
Según el portal del Ministerio del Ambiente, se precisa que la protección del medio ambiente tiene una historia muy reciente en nuestro ordenamiento jurídico, pues recién la Constitución Política del Estado de 1979 y la actual de 1993 hicieron evidente su protección al más alto nivel.
3. A modo de conclusión
Nuestra carta política ha elevado al nivel fundamental dicho derecho, siendo ello así, el Estado tiene el deber de efectivizar su plena vigencia, así como prever los mecanismos de su garantía y defensa en caso de la vulneración a los bienes jurídicos.
Por tal razón, la implementación del Primer Juzgado Especializado en Derecho Ambiental en Puerto Maldonado y, por ende, en todo el Perú, significa la consolidación de una mejor protección de nuestros recursos naturales, así como también la investigación y posterior sanción a quienes contaminen nuestro medio ambiente. Se corre traslado.
![Fail: Jueces superiores absolvieron a procesado al considerar, erróneamente, que era menor de edad [Casación 250-2022, Selva Central]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-DOCUMENTO-ESCRITORIO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Lo residual no desplaza lo específico: El juez de tutela no puede reconducir de oficio la solicitud hacia el remedio procesal correcto, pues no existe base legal que le permita modificar o suplir la estrategia procesal de las partes [Apelación 148-2025, Huancavelica, f. j. 3.2.]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La exclusión de pruebas irregulares no conlleva una nulidad de la sentencia cuando existe suficiente caudal probatorio lícito [Casación 3737-2023, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El juez debe resolver las apelaciones formuladas en sede constitucional, a pesar de que el recurrente no haya sustentado los agravios correspondientes, en virtud de la especial naturaleza de los procesos constitucionales [Pleno Jurisdiccional Nacional Constitucional y Procesal Constitucional, 2023, p. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/JUEZ-FORMULADAS-CONTITUCIONAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Jurisprudencia del artículo 200.5 de la Constitución.- [Procesos constitucionales]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/BANNER-UNIVERSAL-CONTITUCION-LIBRO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![Negligencia de la Fiscalía: El informe técnico de la SBS y AFP es extemporáneo por gestionarse después de concluida la investigación preparatoria [Expediente 286-2018-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[Balotario notarial] Competencia notarial en asuntos no contenciosos. Bien desarrollado](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/COMPETENCIA-NOTARIAL-CONTECIOSOS-LPDERECHO-218x150.jpg)


![CAS: Solo pueden negociarse condiciones de trabajo permitidas en el régimen CAS; por ende, no es válido homologar beneficios de régimen laboral distinto (como CTS u otros) [Informe técnico 000518-2025-Servir-GPGSC] servidor - servidores Servir CAS - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Trabajadores-Servir-LPDerecho-218x150.jpg)

![¿Si te has desafiliado de tu sindicato te corresponde los beneficios pactados por convenio colectivo? [Informe 000078-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Mediante el contrato por incremento de actividad el empleador puede aumentar la producción por propia voluntad y no por factores exógenos o coyunturales, lo cual debe estar establecido en el contrato y poderse acreditar [Casación 41701-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC: Seis reglas de interpretación constitucional sobre la duración y extinción del CAS, respecto de los artículos 5 y 10.f del DL 1057, modificados por la Ley 31131 [Exp. 00013-2021-PI/TC, f. j. 116]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-22-218x150.jpg)
![Interpretación sobre la Ley de Áreas Naturales Protegidas (Ley 26834): El establecimiento de una «zona de aprovechamiento directo» no implica que esté permitida la extracción a mayor escala de sus recursos, pues no se condice con el objetivo de evitar la extinción de especies de flora y fauna silvestre (caso Reserva Nacional de Paracas) [Acción Popular 19816-2024, Lima, ff. jj. 4.10-4.12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-23-218x150.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Resolución 126-2012-Sunarp-SN) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/TUO-del-Reglamento-general-registros-publicos-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-218x150.jpg)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![CAS: Solo pueden negociarse condiciones de trabajo permitidas en el régimen CAS; por ende, no es válido homologar beneficios de régimen laboral distinto (como CTS u otros) [Informe técnico 000518-2025-Servir-GPGSC] servidor - servidores Servir CAS - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Trabajadores-Servir-LPDerecho-324x160.jpg)



![El juez debe resolver las apelaciones formuladas en sede constitucional, a pesar de que el recurrente no haya sustentado los agravios correspondientes, en virtud de la especial naturaleza de los procesos constitucionales [Pleno Jurisdiccional Nacional Constitucional y Procesal Constitucional, 2023, p. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/JUEZ-FORMULADAS-CONTITUCIONAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![CAS: Solo pueden negociarse condiciones de trabajo permitidas en el régimen CAS; por ende, no es válido homologar beneficios de régimen laboral distinto (como CTS u otros) [Informe técnico 000518-2025-Servir-GPGSC] servidor - servidores Servir CAS - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Trabajadores-Servir-LPDerecho-100x70.jpg)
![¿Entidades públicas están obligadas a entregar las contraseñas de las redes wifi de su titularidad? [Opinión consultiva 007-2025-JUS-DGTAIPD]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/02/wifi-contrasena-entidad-publica-LPDerecho-324x160.jpg)