Publicado el 29 de noviembre de 2019, en el diario El Peruano.
Cesan por límite de edad a Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 122-2019-P-CE-PJ
Lima, 27 de noviembre de 2019
VISTO:
El Oficio Nº 047-I-2019-GG/PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del doctor Vicente Rodolfo Walde Jáuregui, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 497-2002-CNM, de fecha 20 de noviembre de 2002 se nombró al doctor Vicente Rodolfo Walde Jáuregui como Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República.
Segundo. Que el ejercicio del cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial.
Tercero. Que, al respecto, del Oficio Nº 047-I-2019-GG/PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial; así como la ficha del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, documento de identidad y partida de nacimiento, que se adjunta en fotocopia, aparece que el nombrado Juez Supremo nació el 28 de noviembre de 1949; y que el 28 de noviembre del año en curso cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad.
Cuarto. Que, asimismo, es menester tener en consideración que mediante Resolución Administrativa Nº 258-2017-CE-PJ, del 14 de agosto de 2017, se dispuso que el cese por límite de edad, a que se refiere el artículo 107º, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial, se ejecutará el día siguiente en que el Juez cumple setenta años.
Quinto. Que es importante resaltar que el doctor Vicente Rodolfo Walde Jáuregui comenzó la función jurisdiccional como Juez de Primera Instancia titular en el 18º Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima. Mediante Resolución Suprema Nº 104-88-JUS fue nombrado Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; y en virtud a sus competencias profesionales fue nombrado posteriormente como Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República en el año 2002; y a través de la Resolución Nº 359-2010-CNM el Consejo Nacional de la Magistratura lo reincorporó al cargo de Juez titular del Supremo titular.
El mencionado Juez Supremo integró diferentes Salas Supremas; siendo designado como Presidente de la Sala Civil Transitoria y de Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República. Asimismo, integró el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Actualmente se desempeña como Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial.
Por otro lado, ejerció la docencia en diversas universidades; e intervino como participante y expositor en conferencias nacionales y extranjeras.
A lo largo de su carrera profesional, en los cargos que desempeñó en este Poder del Estado, contribuyó a mejorar el servicio de administración de justicia, lo cual merece ser reconocido por el Poder Judicial.
Por estos fundamentos, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 29 de noviembre del año en curso, al doctor Vicente Rodolfo Walde Jáuregui en el cargo de Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República.
Artículo Segundo.- Expresar reconocimiento público, acorde a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, al doctor Vicente Rodolfo Walde Jáuregui por su trayectoria profesional como Juez de este Poder del Estado.
Artículo Tercero.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha generado una plaza vacante de Juez Supremo titular.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y al mencionado Juez Supremo, para su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente
Descargue aquí la resolución
[Nota original 26.11.2019]
La Sala Plena de la Corte Suprema designó a jueza suprema titular Mariem Vicky de la Rosa Bedriñana como nueva jefa de la Oficina de Control de la Magistratura (Ocma), en reemplazo de Vicente Walde Jáuregui.
Actualmente, De la Rosa Bedriñana preside la Segunda Sala Constitucional Transitoria de la Corte Suprema.
La magistrada suprema De la Rosa es abogada por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, magíster en Derecho del Trabajo por la Universidad de San Martín de Porres. Egresada del doctorado en Derecho y de una maestría en Ciencias Penales por la misma casa de estudios.
El cargo del jefe de la Ocma es por tres años.

![Coautoría: No es necesario que cada agente realice todos los actos del delito, sino que aporte una conducta idónea y vinculante para la concreción delictiva (contexto delictivo) [RN 1502-2010, La Libertad, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La pericia de parte que descartó desbalance patrimonial no sostiene la presunción de inocencia, pues: a) se basa en declaraciones juradas legalizadas, unilaterales y no verificadas; b) la certificación notarial valida solo la firma, no el contenido económico [Casación 1724-2019, Ayacucho, f. j. 11] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Dinero-sueldo-soles-lavado-de-activos-penal-LPDerecho-218x150.png)
![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Fundamento de voto: El art. VIII del NCPC ―sobre la interpretación conforme a las sentencias de los tribunales internacionales donde el Perú es parte― resulta inconstitucional, ya que contraviene la Cuarta D. F. T de la Constitución al reducir indebidamente el parámetro constitucional de interpretación del TC (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/FUNDAMENTO-VOTO-ART-VIII-NCPC2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Designan a abogado Roger Vidal Ramos secretario general del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos [RM 0396-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![MEF: lineamientos para la incorporación de ingresos al beneficio extraordinario transitorio (BET) [RD 0016-2025-EF/53.01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![Disposiciones Reglamentarias para la gestión del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes) [DS 234-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Designan a abogado Roger Vidal Ramos secretario general del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos [RM 0396-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-324x160.jpg)


![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Designan a abogado Roger Vidal Ramos secretario general del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos [RM 0396-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-100x70.jpg)
