Resolución publicada hoy, 7 de diciembre, en el diario oficial El Peruano.
Reconocen y felicitan labor de jueces que superaron anticipadamente a la culminación del año judicial, el 100% del estándar anual de producción
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1169-2017-P-CSJLN/PJ
Independencia, veintisiete de noviembre del año dos mil diecisiete.-
VISTAS: La Resolución Administrativa N° 308-2012-PPJ del 10 de julio de 2012, las Resoluciones N° 174 y 419-2014-CE-PJ del 14 de mayo y 17 de diciembre de 2014, respectivamente; la Resoluciones Administrativas N° 170 y N° 185-2016-CE-PJ del 6 y 20 de julio de 2016, y el Informe N° 45-2017-OE-CSJLN/PJ, emitido por el Coordinador de Estadística de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte emitido en la fecha; y
CONSIDERANDO: La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte acorde a su Plan de Gestión para el bienio 2017-2018 supervisa y monitorea constantemente el desempeño de los órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, con el asesoramiento del Coordinador del Área de Estadística, en base al registro de información que los órganos jurisdiccionales ingresan de permanente en el Sistema Integrado Judicial y Formulario Estadístico Electrónico (FEE), en estricto cumplimiento de la Directiva N° 005-2012-GG-PJ aprobada con Resolución Administrativa N° 308-2012-P/PJ. Antes de concluir el presente año judicial, se evidencian avances sustanciales por parte de los magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, motivo por el que en una fecha tan importante como es el día de la conmemoración del aniversario institucional merece poner en relieve los rendimientos más destacados, pues en esencia constituyen muestras objetivas de compromiso institucional, observancia de los acuerdos y medidas adoptadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y de los actos de gestión de la Presidencia de esta Corte, con la perspectiva de mejorar el servicio judicial en la zona norte de Lima. Por ello, con motivo del Vigésimo Tercer Aniversario de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, resulta adecuado reconocer a los jueces que tienen la más alta producción, incluso antes del vencimiento del presente año judicial, teniendo como referencia los estándares de producción anual (100%) establecidos por Resolución Administrativa N° 185-2017-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. En tal sentido, para el fin antes indicado, se han tomado en cuenta los siguientes criterios:
a) Haber superado, de forma anticipada a la culminación de año judicial, el 100% de la meta de producción anual;
b) Haber obtenido mayor producción en relación al estándar preliminar establecido por el máximo órgano de gobierno del Poder Judicial de acuerdo a las disposiciones de visto;
c) Naturaleza de los procesos que se tramitan en el órgano jurisdiccional; y,
d) Haber cumplido con las disposiciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial relativas al mejoramiento y transparencia del servicio judicial, así como las emitidas por la Presidencia de esta Corte a fin de brindar un servicio judicial de calidad. El Presidente de la Corte Superior es la máxima autoridad administrativa en el distrito judicial a su cargo, como tal, tiene la atribución de llevar a cabo una correcta y adecuada política de gobierno, enfocada hacia el mejoramiento de servicios. Con tal fin, dirige la política interna de su distrito judicial y se encuentra facultado para adoptar las acciones correspondientes que permitan optimizar el adecuado control de la labor jurisdiccional conforme lo establecen los incisos 1), 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con lo dispuesto en los incisos 1) y 3), artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 214-2012-CE-PJ.
Acorde a tales consideraciones, la Presidencia, RESUELVE:
RESUELVE:
Artículo Primero.- RECONOCER y FELICITAR la labor de los Jueces que a continuación se detalla por haber superado, anticipadamente a la culminación de año judicial, el 100% del estándar anual de producción:
|
N° |
ESPECIALIDAD |
JUEZ/ÓRGANO JURISDICCIONAL |
PRODUCCIÓN |
% DE AVANCE ESTÁNDAR DE PRODUCCIÓN |
|
1 |
Familia |
Tania Méndez Ancca Juez Titular del Primer Juzgado de Familia de Independencia |
1476 |
199.5% |
|
2 |
Civil |
Adela Cecilia Juárez Guzmán Juez del Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Carabayllo |
1177 |
196.2% |
|
3 |
Penal |
Catalina Juana Llerena Rodríguez Juez del Cuarto Juzgado Penal de Independencia |
490 |
111.4% |
|
6 |
Juzgado NCPP |
Walter Gersiño Cajahuanca Cadillo Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Independencia |
317* |
151.0% |
|
7 |
Juzgados Transitorios |
Rosario Marlene Dávila Arquiñego Juez del Juzgado de Familia Transitorio de San Martín de Porres – Módulo Básico de Justicia de Condevilla |
1384 |
187.0% |
|
4 |
Juzgado de Paz Letrado Civil – Laboral |
Cesar Azabache Rondán Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil-Laboral de Independencia |
1543 |
162.4% |
|
5 |
Juzgado de Paz Letrado |
Ines Mariel Barrón Rodríguez Juez del Sexto Juzgado de Paz Letrado de Comas |
1226 |
102.2% |
(*) Proceso Inmediato, en el caso de los procesos de corrupción de funcionarios y crimen organizado registra un avance del 124%.
Artículo Segundo.- DISPONER que se dé lectura a la presente Resolución Administrativa en el Acto Público a realizarse con motivo de la ceremonia por el Vigésimo Tercer Aniversario de esta Corte Superior de Justicia.
Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Resolución se agregue al legajo personal de cada uno de los Jueces citados.
Artículo Cuarto.- DISPONER que en el plazo de tres días hábiles de publicada la presente Resolución, los Jueces mencionados informen a esta Presidencia, la relación del personal que ha contribuido de manera real y efectiva al porcentaje de avance del estándar de producción alcanzado por el despacho a su cargo, para su oportuno reconocimiento y felicitación en la forma y modo que constituya un estímulo para optimizar las unidades de trabajo, a fin de contribuir a la mejora del servicio judicial en nuestro país.
Artículo Quinto.- PÓNGASE a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Productividad Judicial, Gerencia de Administración Distrital, Jueces mencionados, así como de la Coordinación de Personal, para su registro correspondiente.
RUBEN ROGER DURAN HUARINGA
Presidente
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La empresa aseguradora (incorporada como tercero civil) está obligada a pagar la reparación civil, pero no el total, sino solo hasta el monto de la cobertura de su contrato de seguro [Casacion 2424-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque la declaración de la víctima en cámara Gesell no se haya tramitado como prueba anticipada, puede ser valorada por el juzgador, pues intervinieron el fiscal, el perito psicólogo, la defensa y la madre de la menor [Casación 621-2022, Madre de Dios, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sutran: directiva que regula el procedimiento para acogerse al programa de regularización de sanciones [Resolución de Superintendencia D0000058-2025-Sutran-SP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/condenan-trabajador-sutran-100-yape-multa-LPDERECHO-218x150.jpg)
![PJ implementa el sistema informativo de garantías mobiliarias [RA 000390-2025-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Minsa: relación de productos y servicios prohibidos en farmacias y boticas [RM 734-2025/Minsa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FARMACIA-BOTICA-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)



![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-100x70.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-100x70.jpg)


![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![¿Le corresponde beneficios obtenidos por convenio colectivo antes de la Ley 31188 al personal reincorporado por mandato judicial? [Informe 000635-2023-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-324x160.png)