Para todas aquellas personas que están interesadas en participar como postores en remates de inmuebles del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) les dejamos aquí estas preguntas esenciales antes de ingresar a una subasta pública ¿Te animas a resolver las preguntas?
1. ¿De dónde provienen los bienes a ser rematados?
Provienen de embargos trabados a personas o empresas que han sido sancionadas por vulnerar derechos protegidos por el Indecopi (derecho del consumidor, propiedad intelectual, derecho de la competencia, etc.) o por incumplir con el pago de las multas impuestas por la entidad.
2. ¿Qué debo considerar antes del remate?
1) Identificar el inmueble y verificar las características descritas en la publicación, tales como: tipo debien, porcentaje (%)depropiedad a rematarse, metraje registrado ante la Sunarp, etc.
2) Tener en cuenta el monto con el que se iniciará el remate (precio base).
3. ¿Quiénes pueden ingresar al acto de remate?
El remate es un acto público al que puede ingresar cualquier persona; considerando que, por razones de seguridad para los intervinientes, deberá presentar su DNI original o carnet de extranjería en caso corresponda.
4. ¿Necesito comprar las bases del remate?
No, en el caso del Indecopi no se venden bases, puede ver el detalle de bienes a rematar, así como las condiciones del remate en www.gob.pe/indecopi
5. Si estoy interesado en adquirir un bien ¿Qué necesito para ser postor?
1) Presentar DNI vigente en original o carnet de extranjería en caso corresponda.
2) Entregaral martillero público acargo,antesde iniciarelremate, el 10%del valor de la tasación (oblaje) en efectivo o cheque de gerencia a nombre del Indecopi, como mínimo. En caso no se adjudique el bien, el oblaje será devuelto al participante en el mismo acto.
6. ¿Puedo ser postor en más de un remate?
Si, puede realizar múltiples posturas, siempre que previamente acredite el pago del oblaje para cada uno de los remates en que desee participar.
7. ¿Puedo participar del remate mediante unapoderado?
Sí, siempre que acredite poder suficiente.
8. ¿Qué tengo que hacer luego que me adjudiqué el bien?
1) Cancelar los honorarios del martillero público.
2) Cancelar el saldo del precio de adjudicación.
3) Cancelar la tasa registral que le corresponda por adjudicación (propiedad), una vez emitida la liquidación respectiva por parte del registrador público.
9. ¿En caso no pague la diferencia en el plazo indicado?
En caso el ganador del remate no pague el saldo del precio ofertado por el bien adjudicado, dentro del tercer día (en caso de bienes inmuebles) posterior al remate o en el día (en caso de bienes vehiculares), perderá el monto total del oblaje por concepto de gastos del remate y multa.
10. ¿Y qué sucede con los embargos que pesan sobre el inmueble adjudicado?
El ejecutor coactivo ordenará el levantamiento detoda carga o gravamen registrado ante la SUNARP respecto al bien, con excepción a la medida cautelar de anotación de demanda; se cancelará además las cargas o derechos de uso y/o disfrute, que se hayan inscrito con posterioridad al embargo materia deejecución.
11. ¿Cuánto es el honorario del martillero público?
El honorario del martillero público [1] se calcula de acuerdo con el valor en que se adjudicó el bien y se establece de la siguiente manera

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