Indecopi desaprueba que Grupo Gloria compre empresa azucarera en protección a la libre competencia

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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) le denegó a Agroaurora S. A. C., empresa que conforma el Grupo Gloria, la autorización para adquirir Agrícola del Chira S. A.

Esta desestimación se debió a que la Comisión de Defensa de la Libre Competencia notó una posible consecuencia: la operación generaría una gran restricción comercial en dos mercados de la industria del azúcar en el Perú.

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En detalle

Los mercados involucrados e identificados en la primera fase son el de la caña de azúcar de cañicultores independientes en Piura, Lambayeque y La Libertad, y el de azúcar doméstica en el Perú.

Tras la segunda fase de profundización y corroboración, y aún cuando Agroaurora S. A. C. presentó una propuesta de compromisos para mitigar los riesgos, el mayor órgano de control emitió, el 27 de junio de 2024, la resolución 148-2024/CLC-INDECOPI.

En el documento indicó que la región Lambayeque se vería afectada debido a que el Grupo Gloria acapararía más del 80% de participación en el mercado de la caña de azúcar.

Asimismo, en el rubro del azúcar doméstica, de haberse concretado la operación, el conglomerado hubiera adquirido más del 50% de participación.

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Restricción de competencia

Además, algunas de las marcas del Grupo Gloria, como Agrolmos y Dulce Norte, son semejantes en precios y características a la marca de azúcar que comercializa Agrícola del Chira S. A. (Caña Brava).

Ante este panorama se incrementaría la probabilidad de que la operación, ahora rechazada, restrinja la competencia.

De acuerdo con la Ley 31112, que establece el Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial, es una tarea del Indecopi revisar transacciones que se produzcan en cualquiera de los sectores económicos del país.

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El objetivo es que en la dinámica empresarial se promueva una eficiencia económica en bienestar de los consumidores.

La resolución 148-2024/CLC-INDECOPI, en la cual se avala este impedimento, estará disponible en el portal de Indecopi una vez resueltas las solicitudes de confidencialidad de las partes.

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