En el proceso de hábeas corpus se puede alegar vulneración al debido proceso si existe conexidad con el derecho a la libertad personal [Exp. 03324-2021-PHC/TC, f. j. 3]

Fundamento destacado. 3. En el caso de autos, se demanda a la jueza del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Sede Condevilla –Zarzamoras de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, doña María Verónica Gallardo Bautista. Sin embargo, de los hechos que la sustentan, este Tribunal aprecia que la jueza demandada dictó la sentencia Resolución 23, de fecha 29 de marzo de 2021 (f. 27), por la que los recurrentes fueron absueltos del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de agresiones contra la mujer o integrantes del grupo familiar– violencia psicológica en agravio de menor de edad; y la Resolución 25, de fecha 23 de abril de 2021 (f. 83), que concedió el recurso de apelación contra la sentencia absolutoria. Sobre el particular, se tiene que las citadas resoluciones, en sí mismas, no inciden de manera negativa, directa y concreta en la libertad personal de los recurrentes. Por consiguiente, en este extremo es de aplicación el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.


EXP. N.° 03324-2021-PHC/TC
LIMA NORTE
JOEL HENRY ROMERO REYNOZA Y OTRA

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

En Lima, a los 8 días del mes de abril de 2024, la Sala Primera del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Pacheco Zerga, Monteagudo Valdez y Hernández Chávez pronuncia la presente sentencia. Los magistrados intervinientes firman digitalmente en señal de conformidad con lo votado.

ASUNTOS

Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Joel Henry Romero Reynoza y doña Slhay Stefanny Cuenca Temoche contra la resolución de foja 390, de fecha 25 de julio de 2022, expedida por la Primera Sala Penal de Apelaciones Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, que declaró improcedente la demanda de habeas corpus de autos.

ANTECEDENTES

Con fecha 14 de octubre de 2021, don Joel Henry Romero Reynoza y doña Slhay Stefanny Cuenca Temoche interponen demanda de habeas corpus (f. 1), y la dirigen contra la jueza del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Sede Condevilla – Zarzamoras de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, doña María Verónica Gallardo Bautista; contra los integrantes de la Primera Sala Penal de Apelaciones Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, señores Durán Huaringa, Crisóstomo Salvatierra y Fernández López; y contra el juez del Quinto Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Sede Condevilla, señor Jhonatan Enrique Roque Saavedra. Alegan la violación de sus derechos a la debida motivación de las resoluciones judiciales, al debido proceso, de defensa, a la doble instancia y a la tutela procesal efectiva.

[Continúa…]

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