Siete efectivos policiales fueron detenidos preliminarmente por presuntos cobros ilícitos. La tesis fiscal señala que los agentes solicitaron sumas de 5 000, 15 000 y hasta 30 000 soles a cambio de elaborar actas policiales falsas.
El caso está a cargo de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Norte (Segundo Despacho).
La fiscal provincial Diana Fernández indicó que las diligencias se llevaron a cabo junto a la Policía Nacional del Perú (PNP).
Cuatro de detenidos pertenecían a la División Regional de Inteligencia Lima – Departamento de Búsqueda (DIVREINT LIMA – DEPBUS). Mientras tanto, otros tres formaban parte de la División de Emergencia – Pelotón Cobra (DIVEME).
Las instalaciones, de cada dependencia, fueron allanadas por el Ministerio Público para recabar elementos de convicción.
Los investigados son sindicados por el presunto delito de cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial. Este se encuentra tipificado en el artículo 395-A del Código Penal.
Artículo 395-A.- Cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial
El miembro de la Policía Nacional que acepta o recibe donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, para sí o para otro, para realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones derivadas de la función policial o el que las acepta a consecuencia de haber faltado a ellas, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años e inhabilitación conforme a los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36.
El miembro de la Policía Nacional que solicita, directa o indirectamente, donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, para realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones derivadas de la función policial o a consecuencia de haber faltado a ellas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de diez años e inhabilitación conforme a los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36 del Código Penal.
El miembro de la Policía Nacional que condiciona su conducta funcional a la entrega o promesa de donativo o cualquier otra ventaja o beneficio, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años e inhabilitación conforme a los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36 del Código Penal.
El operativo se realizó en simultáneo en las diferentes unidades policiales del Cercado de Lima, La Victoria y Lima Norte. Contó con el apoyo de los fiscales adjuntos de la Coordinación Nacional Anticorrupción y del Pool del distrito fiscal de Lima Norte.
Asimismo, participaron el coronel PNP Daniel Hernani, de la División de Investigación de delitos Contra la Administración Pública y la División de Inteligencia de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú.
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