FUNDAMENTO DESTACADO: 12. En ese orden de ideas, el asunto litigioso radica en determinar si el cambio de zonificación decretado por la Ordenanza 1247-MML resulta constitucional o no, pues, como toda intervención estatal en derechos fundamentales, debe circunscribirse a lo estrictamente necesario. No obstante lo anteriormente indicado, cabe precisar que así una regulación ocasione un impacto económico adverso en el patrimonio de los particulares, ello no necesariamente es inconstitucional. Sí lo es cuando, por el contrario, esa medida que inexorablemente tienen que tolerar es arbitraria, desproporcionada o irrazonable, o si se vulnera o se amenaza con vulnerar el contenido constitucionalmente protegido de un derecho fundamental.
EXP. N.° 05220-2015-PA/TC
LIMA
EDEGEL SAA
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 26 días del mes de marzo de 2019, el Pleno del Tribunal 4 ‘Núñez, Sardón de Taboada, Ledesma Narváez, y Espinosa-Saldaña Barrera, pronuncia la Constitucional, integrado por los magistrados Blume Fortini, Miranda Canales, Ramos siguiente sentencia, con el abocamiento del magistrado Ferrero Costa, aprobado en la sesión de pleno del día 5 de setiembre de 2017, y con el voto singular del magistrado Blume Fortini, y el voto singular de los magistrados Sardón de Taboada y Ferrero Costa, que se agregan.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por Edegel SAA, contra la sentencia expedida por la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 381, de fecha 17 de junio de 2015, que declaró infundada la demanda de autos.
ANTECEDENTES
Demanda
Con fecha 10 de agosto de 2009, la actora interpone demanda de amparo contra la Municipalidad Metropolitana de Lima. Tal como se advierte del tenor de esta, tiene por objeto la inaplicación de la Ordenanza 1247-MML, que dejó sin efecto el cambio de zonificación introducido por la Ordenanza 1246-MML en la Central Eléctrica Santa Rosa, al no expresar mayor consideración al respecto.
En líneas generales, cuestiona que, sin mayor fundamento, se ha dejado sin efecto el cambio de zonificación de ese inmueble, al pasarlo de Zona de Recreación Pública (ZRP) a Otros Usos (OU), y luego dar marcha atrás. Por ende, considera que esa modificación resulta inconstitucional en tanto vulnera sus derechos fundamentales a la propiedad, a la libertad de empresa, a la libertad de industria, a la libre iniciativa privada y a la libertad de trabajo.
Contestación de la demanda
La Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Municipalidad Metropolitana de Lima considera que la demanda debe ser declarada improcedente o infundada. En cuanto a su procedencia, alega lo siguiente:
– la demanda ha sido presentada de forma extemporánea;
– la demandante es una empresa y lo que denuncia no pone en peligro su existencia;
la presente controversia debe canalizarse a través del proceso de inconstitucionalidad porque se cuestiona la constitucionalidad de una ordenanza municipal en abstracto; y,
– la demanda no encuentra respaldo en el contenido constitucionalmente protegido de
los derechos fundamentales invocados.
En lo concerniente al fondo, arguye que el cambio de zonificación es una facultad edil que no puede ser reputada como lesiva a los derechos fundamentales de la demandante.
[Continúa…]
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