Es nula la disposición de bien social que realiza uno de los cónyuges sin poder [Pleno Jurisdiccional Distrital Civil, Constitucional, Laboral y Contencioso Administrativo de Puno, 2015]

CONCLUSIÓN PLENARIA. El Pleno adoptó la segunda ponencia, que enuncia lo siguiente:

La disposición de bienes de la sociedad conyugal, es nulo cuando uno de los cónyuges dispone sin poder.


TEMA 02

PROBLEMA TEMA DISPOSICIÓN DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

¿Cuáles son las tendencias jurisprudenciales?

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

PRIMERA PONENCIA: La disposición de bienes de la sociedad conyugal, es ineficaz cuando uno de los cónyuges dispone de los bienes sin poder.

SEGUNDA PONENCIA: La disposición de bienes de la sociedad conyugal, es nulo cuando uno de los cónyuges dispone sin poder.

VOTACIÓN: En este acto el señor Presidente de la Comisión de Capacitación, invita a los señores Jueces Superiores a emitir su voto respecto a las dos ponencias.

Primera ponencia: 02 votos.
Segunda ponencia: 03 votos.
Abstención: 00 votos.

CONCLUSIÓN PLENARIA. El Pleno adoptó la segunda ponencia, que enuncia lo siguiente:

La disposición de bienes de la sociedad conyugal, es nulo cuando uno de los cónyuges dispone sin poder.

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